Defenderse solo

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Lenta justicia | Recién condenan a los autores del crimen del taxista Luis Severians, cuando todo el mundo habla de la ausencia del Estado en la defensa de la seguridad de la población. Nadie nos cuida, y las sentencias llegan cuando ya nadie recuerda el hecho. Tarde, siempre tarde.

Tras una semana compleja en lo que refiere a la seguridad en la provincia de Buenos Aires, se vuelve a instalar la discusión que parece no tener fin: hasta qué punto resulta ilegítima la justicia por mano propia, cuando el Estado se vuelve invisible.

En continuado, canal por canal de televisión, se hablaba de que un carnicero de Zárate mató a un joven con su auto, luego de resistir un asalto y perseguirlo hasta atropellarlo. El asaltante quedó arrinconado contra un poste, y fue agredido por los vecinos de la zona, y por el mismo damnificado en el robo.

La carnicería en cuestión está situada en Echevería y Suipacha, en Zárate, y allí irrumpieron dos delincuentes armados, que habían llegado al negocio en una motocicleta. Redujeron al empleado, le sustrajeron el dinero de la caja y se dieron a la fuga. En la huida, según fuentes policiales, efectuaron dos disparos. Hoy los vecinos aseguran que Zárate es una zona liberada.

Unos días antes, un médico había abatido a su asaltante luego de recibir un culatazo en la cabeza. Pero los hechos no sucedieron en el interior de la vivienda, lo que hubiera aclarado bastante la figura legal de la legítima defensa, sino en la vereda. Y el médico había tenido que buscar su arma para disparar al delincuente. Para algunos, estas acciones son las únicas que quedan para defenderse de una inseguridad creciente. Para otros, son homicidios simples.

Pero, ¿qué hubiera pasado si la persecución la hubiera hecho la policía en vez del carnicero? ¿Qué pasaría si el médico hubiera sabido que la justicia se iba a ocupar de encontrar al ladrón y de restituirle su coche a la brevedad? Seguramente la reacción sería otra en una sociedad cuidada por el Estado.

Para mostrar la lentitud enorme, la impericia, y hasta la desidia que rigen en el Poder Judicial, sólo hace falta dar algunos de los ejemplos que vienen a la mano.

Aunque parezca mentira, recién este mes el Tribunal Criminal 1 terminó por condenar a los primos César y Milton Luna, autores penalmente responsables del homicidio en ocasión de robo que se produjo aquel 1 de noviembre de 2008. Sí, 8 años atrás.

Los condenados contaron que habían ido a bailar a La Cumbre aquella noche, y que Milton fue quien se ocupó de ocultar el arma de César, para que pudieran ingresar, junto con Nair Dafne Poli.

A la salida, abordaron el taxi de Severians, en el que se dirigieron hasta Juan B. Justo y 180, y luego hasta Magallanes y 214, donde descendió la tercera pasajera, Poli. Una cuadra más adelante, los dos hombres atacaron al taxista. Milton, que iba adelante, lo golpeó para obtener la billetera, y se bajó corriendo con el botín. No conforme con eso, César continuaba apuntándole desde el asiento trasero, y cuando el taxista le dijo que no tenía más dinero, le disparó dos veces en la cabeza.

Al instante ambos fueron hacia la casa de Nair, y una vez allí, Milton se cambió de ropa, y decidió armar un ardid para desorientar a la policía: regresó al lugar del hecho y llamó él mismo al 911, tras lo cual hasta se presentó a declarar como presunto testigo. Simultáneamente, María Espinoza fue quien se encargó de tomar el arma con un repasador, y a partir de allí intentar varias estrategias para hacerla desaparecer. Finalmente la desarmó y desechó las piezas en diversos sitios, una vez que las hubo limpiado con alcohol.

Mientras tanto, César se dirigió corriendo a su propia casa, donde ingresó diciendo “lo maté”. La testigo Nair Dafne Poli terminó golpeada y alojada en una clínica psiquiátrica, después de que ella y sus hijos fueran amenazados por los asesinos.

Por estas razones, y después del juicio abreviado, el juez Aldo Carnevale procedió a condenar a César Luna -hoy alojado en la Unidad Penal 15 de Batán- a la pena de 14 años y 8 meses de prisión. A Milton Danilo Luna -quien se encuentra en la UP 44-, a 13 años de prisión. Y a María Susana Espinoza, a un año y medio en suspenso, por encubrimiento. Todos están detenidos desde hace aproximadamente un año.

Ahora bien: el juicio abreviado implica un acuerdo de las partes ante el reconocimiento del hecho, que permite un ahorro de tiempo y recursos ante un crimen evidente. Pero en este caso, la condena llega cuando la familia y el abogado han trabajado durante 8 años, bastante más que los funcionarios del Poder Judicial.

Los trabajadores

El abogado Rubén Legler había anunciado el proceso hace poco más de un mes, e indicó que llegaba después de una “situación irregular” en lo judicial: hubo una persona falsamente acusada del delito, que sin embargo estuvo presa durante un año y medio. Luego fue absuelta tras un juicio fallido.

“Fue mucho trabajo”, dijo el abogado, cuando daba a conocer la manera en que él y la familia tuvieron que encargarse de reflotar una línea de investigación que la fiscalía había descartado por completo: esos eran los verdaderos culpables, y tras el cúmulo de pruebas, no pudieron más que detenerlos. Hoy los primos Luna -uno de los cuales era agente del Servicio Penitenciario- llevan apenas un año en prisión, es decir que gozaron de 7 de libertad después del crimen, cuando creían que la culpa la pagaría otro.

Cuando Legler relataba ante la 99.9 la detención de uno de los Luna en Entre Ríos, lo calificó como uno de los presuntos autores del crimen de Luis Severians en 2008, pero por supuesto, no estaba seguro de que llegaría a la condena. La segunda línea de investigación que por fin estaba siguiendo la justicia en el caso del crimen del taxista Luis Severians, estaba empezando a dar sus primeros resultados positivos.
En aquel momento, Legler también develó que uno de ellos pertenecía al Servicio Penitenciario. Pero sabía que era difícil dar con el prófugo, habida cuenta de que había pasado mucho tiempo desde que se había planteado esta hipótesis de culpabilidad, a la cual la fiscalía nunca dio sustento: “se perdió mucho tiempo, esta línea de investigación estaba hace 5 años en poder de la fiscalía; pero nunca se investigó. Lamentablemente, hoy, a 7 años del homicidio, estamos dando aleluyas por haber detenido a uno de los presuntos autores”, decía.

En ese sentido, Legler recordó otro caso: “hace dos años hubo un doble homicidio y el asesinado también fue un taxista, y quedó en la nada. La familia del señor está destrozada, y no se quieren presentar en la causa por la falta de respuestas en la investigación del hecho. A los 6 meses, la fiscal les dijo que la línea de investigación no había avanzado y archivaba la causa. Hay que tener coraje para archivar una causa con dos personas asesinadas”.

Otro más

El juez Pablo Galli avaló el acuerdo de las partes para resolver la condena de Jorge Arnaldo Ibarra, quien fue sentenciado a la pena de diez años de prisión, por resultar autor penalmente responsable de los delitos de homicidio en grado de tentativa agravado por la relación de pareja con la víctima, violencia de género y mediante el empleo de un arma de fuego, portación ilegítima de arma de fuego de uso civil, coacción agravada por el uso de arma de fuego, privación ilegal de la libertad agravada y desobediencia. Asimismo, se le endilgaron los delitos de amenazas, lesiones leves agravadas por la relación de pareja y por ser cometidas mediando violencia de género, desobediencia, amenazas y coacción, hechos cometidos todos en perjuicio de Paola Inés Cervetta.

Según reza en el fallo, se dio por acreditado que el 23 de junio de 2015, alrededor de las 19.45, Ibarra concurrió al Instituto Gastronómico Argentino (IGA), de calle Alem 987, donde se encontraba trabajando su expareja Paola Inés Cervetta. Estaba desobedeciendo así la orden impartida por el Juzgado de Familia, que le impedía acercarse y tener contacto personal, por interpósita persona o por cualquier medio de comunicación, con la mujer.
Pero como la restricción es un papel, el acusado arribó al lugar con la intención de matarla, portando un revólver calibre 32 con cuatro proyectiles intactos en su interior.
Una vez adentro, cerró la puerta con llave y se la llevó. Fue en busca de Cervetta, que se encontraba en la cocina junto a sus alumnos, y cuando la mujer advirtió la presencia de Ibarra, intentó escapar por una salida de emergencia que desemboca al patio. Allí fue alcanzada por el imputado, quien la tomó del cuello con violencia. Con el arma de fuego en sus manos, la privó ilegítimamente de su libertad y la condujo al interior del Instituto, al tiempo que le manifestó: “dale, Paola, metete adentro; dale que te voy a matar”.

También amenazó al resto de los presentes para obligarlos a que abandonaran el lugar y los dejaran solos: les arrojó la llave de la puerta, al tiempo que les gritaba: “tomá Vero la llave, salgan todos, vamos váyanse, porque los quemo; si no se van, la mato a ella”. Decía estas cosas a la vez que los apuntaba con el revólver que portaba.
En ese mismo momento, el alumno Armando Luis Cocina tomó una cuchilla, y logró sorprender a Ibarra por la espalda. Lo desarmó y le dio un golpe en el brazo, momento que aprovechó Cervetta para escapar en el instante de distracción. Mientras tanto, los dos hombres se trenzaron en lucha, hasta que finalmente, con la ayuda de otros alumnos, Cocina logró maniatar al atacante e impidió que pudiera consumar el homicidio de la mujer.

Entonces, si la mujer ya había sido amenazada y era evidente que su expareja la agrediría, ¿cuál es la protección que le ofrece el Estado? Un papelito. El que dice que no la vaya a matar, que no se le acerque. Y que si no lo cumple, lo van a acusar de desobediencia. ¿Será que el Estado considera que siempre va a haber uno que agarre la cuchilla y la defienda del agresor armado?¿Será que hay que arreglárselas solo? No parece ser un buen mensaje.