La venganza

Central 934

Panorama judicial | La Cámara de Casación ordenó seguir adelante con una investigación que el fuero local había desestimado. Se trata del posible plan que involucraría a un abogado marplatense en los crímenes de la dictadura. Sería una simple maniobra extorsiva, pero puede haber ocurrido otras veces.

La denuncia parte de un abogado local, Andrés Barbieri, que actualmente se desenvuelve como defensor de algunas personas que se encuentran acusadas de haber pertenecido a la agrupación CNU, y por lo tanto de haber participado de la comisión de crímenes de lesa humanidad. Barbieri, quien revistó en la policía, nunca tuvo funciones de relevancia, y es parte de la trama conspirativa buscar atribuirle el haber estado vinculado al área en la que se desempeñaba Fuster, en la división de inteligencia de esa fuerza.

Barbieri relata que un amigo suyo, Carmelo Impari, también fue policía y actualmente es comerciante. Él fue quien recibió una información importante en el pasado mes de noviembre. Se trata de Fernando Villaverde, un allegado a varias funciones dentro del organigrama del Estado, que lo citó para pedir elementos que pudieran involucrar a Barbieri, a la vez que hizo gala de un gran manejo en la manipulación de la información que determina la vida jurídica de los ciudadanos.

“Me señala que esta persona trabajó en la AFIP y en la ONCAA, integrando, en ambos casos, el gabinete de conducción de los organismos oficiales, contando -debido a su paso por la función pública-, con amplios contactos políticos dentro de las máximas estructuras gubernamentales del Poder Ejecutivo Nacional”, dijo en su denuncia Barbieri, lógicamente preocupado por su futuro.

Fernando Villaverde le dijo a Impari que había un plan de tratar de involucrar a Barbieri en alguna cuestión vinculada con los crímenes de la dictadura militar. Que era un plan trazado por algunas personas que tenían mucho poder, que podían manipular testigos y testimonios, y que hasta habrían adulterado la desgrabación de uno de los Juicios por la Verdad. Según se informa, la reunión terminó cuando Impari le dijo a Villaverde que Barbieri jamás había tenido nada que ver con esas cuestiones, y ni siquiera hubiera podido tener que ver, a juzgar por su edad y la fecha en la que había comenzado a pertenecer a la fuerza policial, determinada por su salida de la academia.

Barbieri ve detrás de este plan al abogado César Sivo, y a un grupo de funcionarios que dependen del ministerio de Derechos Humanos de la Nación, porque eso es lo que ha podido averiguar. Como denunciante, desea dejar en claro, en primer lugar, que está completamente de acuerdo con que los crímenes cometidos durante la dictadura militar deben ser investigados “hasta los tuétanos”, pero también aclara que le resulta inadmisible que se utilice esta oscura etapa de la historia nacional para llevar adelante venganzas personales.

Socios

Para el denunciante, la relación entre el abogado César Sivo y Fernando Villaverde no es nueva. Él les adjudica determinadas maniobras extorsivas anteriores relacionadas con una posible evasión impositiva, que ellos estaban en condiciones de sacar a la luz para perjudicar a quien consideraban enemigo: “(…) En esa misma oportunidad señalaré los detalles de la íntima relación que existe entre Sivo y Villaverde; por ejemplo, cuando hablaron con el entonces juez Prada para formular una denuncia contra el diputado Francisco De Narváez por una supuesta evasión tributaria. ¿Qué le prometieron al entonces Juez Federal? ¿Cómo demoraron y con complicidad de quién, la investigación derivada de las irregularidades en la asignación de subsidios de la ONCAA?

En fin, probaré los efectivos lazos de conexión que existen entre los nombrados Sivo -Villaverde, todo lo cual, da certeza a esta amenaza de carácter extorsivo (…)”.

A partir de aquí, Barbieri considera que la maniobra puede estar orientada a que él se retire de la tarea de defensa de los acusados de pertenecer al CNU, o quizá tenga como fin que cometa otro acto, “que todavía desconozco pero que puedo imaginar”, arriesga.

Por esa razón Barbieri propone que se rastreen las conversaciones telefónicas entre todos los nombrados, y aun que se las grabe, porque de esa manera podrán salir a la luz todos los detalles que él necesitará a la hora de probar sus dichos, según los pasos que requiere una investigación judicial.

En la denuncia efectuada por Andrés Barbieri se solicita que se investigue el accionar del abogado César Sivo y de otros funcionarios de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, toda vez que a su criterio ellos pretendían engancharlo en las causas donde se investiga la represión ilegal, porque cuando era funcionario policial trabajó en la dirección de Inteligencia de la Policía con el comisario Fuster.
Una vez ratificada dicha denuncia, el fiscal interviniente -Pablo Esteban Larriera- solicitó que se convocara a prestar declaración testimonial a Carmelo Impari, antes aun de meritar la denuncia. Pero el juez instructor le dijo que no, le indicó al fiscal que decidiera si él acompañaba o no la movida antes de llamar a nadie. Y Pablo Esteban Larriera, el representante del Ministerio Público Fiscal, decidió que no se iba a jugar: solicitó la desestimación de la denuncia interpuesta, razón por la cual el juez federal de primera instancia, Santiago Inchausti, desestimó las presentaciones realizadas por Andrés Barbieri.
A pesar de esto, el denunciante tomó la decisión de seguir adelante, y aquí sí comienza la maraña de pedidos y conversaciones entre los que dijeron qué se podía -o no se podía- hacer en el ámbito de los procedimientos ante la justicia. En pocas palabras, la cuestión es si una persona puede denunciar un delito de acción pública sin que el fiscal lo acompañe. Ya que Larriera se retiró, Barbieri considera que el juez Santiago Inchausti debe de todas maneras seguir investigando la denuncia, y por esa razón presenta su apelación, tras lo cual el fiscal general Daniel Adler recurre la medida y dice que no hay nada que hacer porque el Ministerio Público no acusa.

Otras instancias

En efecto, al dar respuesta, el fiscal instructor solicitó la desestimación de la denuncia, que fue acompañada por el juez de de instrucción, apelada por la querella, y revocada por la Cámara Federal de Apelaciones. Tras esto, se agregó: “(…) la fiscal general ante esta Cámara Federal de Casación Penal, doctora Irma Adriana García Netto, solicitó que se haga lugar al recurso de casación interpuesto por su colega de la instancia anterior (…)”.
Las circunstancias apuntadas demuestran que no se encuentran reunidas en el caso las condiciones para que el proceso penal pueda ser promovido por el querellante solito. Esto es así, porque en los delitos de acción pública, el impulso inicial de la acción penal necesario para generar la actuación del órgano jurisdiccional en la persecución penal con motivo de una denuncia es potestad del Ministerio Público Fiscal.

Finalmente llega la resolución de la Cámara de Casación, y corresponde a los jueces Mariano Hernán Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos, y no es unánime. Termina por rechazar el recurso de casación interpuesto por el fiscal general marplatense Daniel Eduardo Adler. Las razones son varias, y cada uno fundamenta. El juez Hornos dijo: “cuando hay un particular damnificado constituido en parte querellante y éste impulsa la acción, en contra de la opinión del Ministerio Público Fiscal, la jurisdicción se ve obligada a analizar la viabilidad del pedido, correspondiendo a la querella, en forma autónoma, impulsar los procedimientos al comienzo de un proceso (…) al finalizar la instrucción (…) para obtener su elevación a juicio. Ello, con las limitaciones correspondientes, como por ejemplo no puede delegar la instrucción (…) ni tampoco tiene facultades para acordar un juicio abreviado”.

También lo apoyó Gemignani: “Corte Suprema de Justicia de la Nación ha investido al acusador privado de la autonomía necesaria para requerir y obtener una sentencia condenatoria, esta doctrina judicial vigente implica razonablemente que se encuentra habilitado a impulsar el proceso desde el comienzo de una causa penal, o en la etapa de juicio, sin que sea necesario el impulso del Ministerio Público fiscal”. No estuvo de acuerdo el juez Borinsky,  en minoría y con su propia fundamentación jurídica quizá más conservadora.

De todas maneras, la resolución final de la Cámara echa por tierra la pretensión de Adler de detener la investigación, y da luz verde para seguir adelante.

Pero de la cuestión competa, tan enredada y plagada de tecnicismos y antecedentes judiciales diferentes, queda un sabor extraño para el lector ajeno a las cuestiones que se exponen, que se pregunta:¿cuál es la verdadera razón por la cual cierto sector de la comunidad judicial de Mar del Plata se opone con tanta vehemencia a que una denuncia se investigue? ¿Qué es lo que no hay que saber, qué es tan importante como para que llegue a Casación la pala con la que se lo enterrará? Y finalmente, ¿cuántos más pueden ser los involucrados injustamente en un juicio que afecta cuestiones tan delicadas para la historia nacional por un simple venganza personal o conveniencia política? Si no fuera así, ¿quién habría perdido tiempo en ocuparse de que algo no se investigue?

Todo hace pensar en los señores inquisidores, y su costumbre de ver brujas que había que quemar en cada amante que se le negaba. Increíble, pero real.