Psiquiátrica

 

Causa Lucía Pérez | Una vez más, la defensora oficial solicita el sobreseimiento de los tres acusados por el crimen de la adolescente. No hay pruebas que sostengan la versión que llevó a la prensala fiscal Sánchez, quien padece una afección mental. ¿En qué manos estamos?

La licencia psiquiátrica de la titular de la Fiscalía N°8, María Isabel Sánchez, vuelve a abrir interrogantes sobre su actuación, sus decisiones, o los errores que puede haber cometido. Un año después del homicidio que estremeció a la opinión pública, la ciudad vuelve a preguntarse si la agente fiscal estaba en condiciones de decisión sobre el destino de cualquier acusado, toda vez que no pudo demostrar la mesura necesaria, ni la prudencia, ni siquiera el conocimiento de los principios elementales de la jurisprudencia. No supo que, para que una autoridad arriesgue una afirmación, debe de haber una prueba contundente que la sostenga.

La hipótesis de un técnico eviscerador de la policía, el oficial José Luis Badami, había hecho estragos en el expediente. Èl se expresaba sin rigor científico, con vocabulario coloquial, y sin embargo, la justicia le había dado peso probatorio. Al declarar postuló que el cadáver “no olía a nada”, y más imprecisiones que no ameritan ser destacadas. Pero fue quien introdujo la idea del cuerpo lavado post mortem como forma de borrar los rastros.

Las macanas ya están todas hechas. Recordemos que dos días después de la muerte,la fiscal Sánchez realizó una desafortunada conferencia de prensa en la que dio por certificadas circunstancias claves del hecho, a pesar de que los mismos peritos habían dejado todo pendiente de nuevas pericias: instaló de manera irresponsable la idea de que la joven había sido empalada, y su cuerpo, lavado. También que la habían obligado a consumir drogas hasta hacerla perder la conciencia para luego someterla sexualmente.

Tan temeraria fue su exposición, que la Cámara de Apelaciones llegó a aseverar:“la última hipótesis de la fiscal (a la que se aferra el particular damnificado en su escrito reseñado) luce más como una expresión de deseos a acreditar -sin que sepamos cómo lo haría- durante el juicio (ya que el plazo de la IPP está agotándose)”.

Recientemente, la Cámara de Apelación confirmó que el caso de Lucía Pérez irá a juicio oral, tal como lo había resuelto meses atrás el juez de garantías Gabriel Bombini. En aquel momento, el magistrado había determinado la necesidad de que se realice el proceso oral, en virtud de lasdiferencias surgidas en torno a la causa de muerte. Los imputados son Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, pero ahora la defensa solicita la absolución de los tres, ya que, según fundamenta, ninguna de las figuras legales invocadas se encuentra precisamente probada.

El desastre

Sánchez ya había tenido cuestionamientos por su labor en causas resonantes como la de la desaparición del arquitecto Fernando Lario, expediente del que fue apartada, y el homicidio de Pablo Bello.Ahora, la misma fiscal acusó a Farías y Offidani de abuso sexual seguido de muerte agravado por el suministro de estupefacientes y femicidio, y a Alejandro Maciel por encubrimiento agravado con la imputación subsidiaria de abandono de persona seguido de muerte. Así era su relato. Indicaba que los dos primeros hombres habían pasado toda la mañana del 8 con la joven, hasta su muerte en la sala barrial de Playa Serena,adonde arribó a  las 14:30. La menor ingresó sin signos vitales, y fueron en vano los esfuerzos de los médicos del lugar.

Recientemente, la nueva pericia realizada por especialistas de la Suprema Corte puso en duda los datos que la fiscal había expresado en conferencia de prensa. Ella ni siquiera asistió el día que los profesionales informaban de sus conclusiones. El juez tomó este informe como una opinión más, sin considerar que se trataba de una junta de prestigiosos especialistas cuya opinión debe ser vinculante y definitiva.

La defensa fundamenta su pedido de sobreseimiento, e indica que muchas de las afirmaciones del juez no pueden probarse. Por ejemplo, que el auto de Offidanise usara habitualmente para vender estupefacientes. Ni siquiera que los hubiesen vendido en otra ocasión. Acepta que consume, y por eso es que hubo hallazgos en el allanamiento a su casa.Para la defensa, el rol de Offidani sólo fue trasladar a Lucía y a Farías hasta la casa del barrio sur donde sucedieron los hechos que hoy se discuten.

Hubo varios estudios forenses que adelantaron diferentes hipótesis, tanto en lo que respecta a la causa de la muerte como a las circunstancias que la rodeaban. Todas quedaron sujetas a nuevos informes periciales de carácter histopatológico. Sin embargo, Farías y Offidani fueron detenidos al día siguiente de la muerte, mientras que Maciel estuvo oculto varios días hasta que fue hallado en un hotel de Santa Clara del Mar.

Peritos

La junta médica de peritos de la Corte Suprema de Justicia -pedida tanto por la fiscal como por la defensa- determinó que la muerte de Lucía se debió a asfixia por causas tóxicas, y negó la posibilidad de determinar si fue abusada sexualmente, por lo que María Laura Solari se dirigió al Juzgado de Garantías N° 5 y solicitó la absolución de Farías, Offidani y Maciel “al no haberse acreditado la exteriorización material de los delitos de abuso sexual seguido de muerte, agravado por el suministro de estupefacientes, en concurso ideal con femicidio y encubrimiento agravado”.De no aceptarse lo anterior, la abogada solicita se suspenda la medida de coerción, es decir la prisión preventiva, que fuera solicitada sobre una acusación que da por negada.

Las críticas que recibió la actitud asumida por la fiscal -que no escucha los peritajes- no son nuevas. Desde un principio, los diversos participantes en el expediente la cuestionaron; en primer lugar por la demora en la investigación, y además por no haber concurrido inmediatamente al lugar del hecho para obtener registros de gran valor en la causa, ni haber recabado en persona testimonios que resultarían significativos. Permitió que el personal policial condujera inicialmente la pericia, ya que los agentes fueronquienes recibieron la declaración testimonial de los sospechosos.

Pero lo más grave es que la fiscal es directa responsable de la exposición pública que le dio al caso, a escasos días de sucedido el desgraciado episodio, y de arrojar detalles que resultaron conmocionantes para la sociedad de todo el país, cuando esas circunstancias no pudieron ser luego corroboradas ni descartadas. La fiscal las enunciaba como certezas, y por eso el juez dijo que la representante había tenido “impropias apreciaciones subjetivas, apartándose de reglas básicas de deontología en la actividad fiscal”.Sánchez dijo: la drogaron y la empalaron.

La primera e inmediata autopsia fue realizada por Claudia Carrizo, quien finalizó su presentación diciendo: “sólo quienes estuvieron en el lugar pueden dar cuenta de lo sucedido. Sí puede haber tenido relaciones sexuales consentidas, pero no sé qué más pasó hasta no tener las restantes pericias”. Como causa de muerte indicó paro cardiorrespiratorio, ad referéndum de pericias solicitadas, con dos hipótesis probables: reflejo vasovagal o sobredosis.Los estudios histopatológicos no fueron concluyentes, por lo que se solicitó un nuevo informe. Esta vez es Adalberto Bonvicini quien concluyó que la muerte se había producido por un procedimiento asfíctico, y quepodría deberse a sofocación: en una persona que ha consumido cocaína, podría estar disminuida la conciencia.

Luego fue Natalia Corti la médica que, tras evaluar los estudios previos, afirmó: “nos hallamos frente a una causal de muerte indeterminada, toda vez que no se ha encontrado ningún elemento patognomónico (característico) en el cuerpo de Lucía Pérez que pueda ser fehacientemente indicativo de una muerte por una causal determinada, puesto que todos los hallazgos son ciertamente inespecíficos, pudiéndose presentar en más de un escenario posible”.

Fue por eso que la abogada defensora -con el apoyo de la fiscalía y el juez de garantías- solicitó la realización de una junta médica interdisciplinaria, que estuvo constituida por los peritos de la Suprema Corte de Justicia, para esclarecer la verdad material de los hechos acontecidos.Y así sucedió: el informe fue firmado por las médicas forenses Silvina Cabrera y Gabriela Tinto, el bioquímico Sebastián de los Reyes y la perito patóloga Cecilia Villoldo. Todos ellos dijeron: no se observan lesiones que indiquen un empalamiento, y a la vez “no se observan lesiones paragenitales ni extragenitales presentes habitualmente en sometimientos sexuales”. Dijeron que, si bien no es posible descartar que haya habido abuso sexual, tampoco se puede afirmar lo contrario.

Ante la hipótesis de la muerte por asfixia tóxica, se les planteó una pregunta formulada por la fiscal: ¿es posible pensar que el consumo de estupefacientes más la falta de alimentos sumados a la actividad sexual produzcan un síncope mortal? Los peritos concluyeron que sí, y agregaron “fundamentalmente por la cocaína”.

La junta médica también fue consultada acerca de si este procedimiento de lavadose había realizado, y respondió simplemente que no. De esta manera, tanto el cuerpo técnico como Natalia Corti concluyeron que no se había logrado establecer con certeza la causa de muerte de Lucía Pérez, pero sí se postula como probable una congestión con edema pulmonar de causa tóxica. Ante la imprecisión, no puede aplicarse la figura del femicidio, que entre otras condiciones requieredolo directo. El dolo eventual lo descarta.

Resta ahora ver cuál es la respuesta seria y profesional que puede dar a los hechos la justicia local. Por lo pronto, una joven murió en las peores circunstancias y ni siquiera mereció una investigación seria de su fallecimiento. Aunque sea por respeto.