Sensatez

Gracias a la reciente resolución del Tribunal de Casación, detuvieron al asesino confeso de Melina Briz. La investigación había sido declarada nula en 2012 ya que un tribunal entendió que la policía de Balcarce había ejercido coacción. tapaFue en un hotel de la zona de la terminal de ómnibus, que la DDI local pudo por fin detener a Ariel Troncoso, ex novio y asesino confeso de la joven balcarceña Melina Briz, ultimada en febrero pasado. Melina había desaparecido en la misma ciudad de Balcarce. Preocupada, su madre radicó una denuncia policial el 12 de febrero, y allí dio referencias de quiénes eran los allegados a la joven, que podían ser entrevistados en el marco de una averiguación de paradero. Entre estas personas se encontraba Ariel Troncoso, de unos 40 años. Aunque la familia no supo que estaba manteniendo una relación sentimental con Melina, ahora se había enterado por las amigas de la chica, por ellas habían conseguido su número de teléfono, y los datos del vehículo en el que se movilizaba. Por supuesto que la policía comenzó a realizar su trabajo según el protocolo previsto, y todas las personas cercanas a la víctima prestaron declaración al día siguiente. Entre ellos Ariel Troncoso, y también su hermano Juan Carlos, quien ya en ese momento ofreció el celular de Ariel y su chip, afirmando que quedaban en manos de su abogado, César Sivo. La fiscalía interviniente, a cargo de Rodolfo Moure, solicitó una orden de allanamiento para el domicilio de Troncoso, así como de registro para su automóvil, es decir que hasta el momento todo transcurría de acuerdo a los pasos previstos. Mientras estas acciones se realizaban, Troncoso permanecía presente, quizá como una forma de demostrar interés por lo acontecido a su novia. Quizá con otra motivación. Lo cierto es que se quedó en la comisaría de Balcarce por unas 16 horas, pero no privado de su libertad ni en calidad de sospechoso, sino como uno más de los testigos que brindaban información. En un momento imprevisto, Ariel Troncoso rompió en llanto, y en presencia del segundo jefe departamental, comisario Inspector Eduardo Perique, y de otros policías, abrazó a su hermano Juan Carlos y afirmó: “Me mandé una macana con Melina”. De inmediato, el comisario Martín Luna llamó por teléfono al fiscal Moure, que se apersonó en la seccional. A su llegada, ya estaba allí el defensor oficial Eduardo Carmona, que debió interrumpir su licencia para hacerse cargo de la grave situación. Moure determinó recién entonces la detención de Troncoso por razones de urgencia, por el delito de homicidio, como así también que se recibiera la declaración testimonial de todos aquellos que estaban presentes en el momento en que Troncoso se había quebrado. Entre ellos, tres funcionarios de la policía.

Lo perverso

Eran las cuatro de la mañana del 14, cuando Troncoso pasó a estar detenido. Hasta ese momento había entrado y salido de la comisaría las veces que había querido, a la vez que les preguntaba a los familiares si había alguna novedad sobre Melina. A las pocas horas, el peor de los finales: apareció el cuerpo sin vida de Melina Briz, en un camino vecinal que conduce a Mechongué. Troncoso se negaba a declarar ante la fiscalía. Pero inmediatamente, su abogado defensor presentó la excusa de la coacción psicológica: dijo que su defendido había permanecido demasiadas horas en la seccional, y por lo tanto su declaración carecía de valor. Recordó que nadie está obligado a autoincriminarse, y que a Ariel no se le habían leído sus derechos, además de que no estaba su abogado para asistirlo. En primera instancia, el juez de garantías no atendió estos reclamos, que a cualquiera le hubieran resultado descabellados ante un asesino confeso. Pero Sivo siguió adelante y fue hasta la Cámara de Apelaciones a plantear ante la Sala 2, integrada por los jueces Marcelo Madina y Walter Dominella, a lograr la nulidad, a partir de cuestionar la elaboración de un acta en la que simplemente se dejó constancia del momento en que Troncoso rompió en llanto. La Cámara de Apelaciones hizo lugar al reclamo, y respaldó la figura de la coacción psicológica: afirmó que el ahora imputado no había prestado declaración legalmente, y que a todas luces había sido coaccionado psicológicamente para hacerse cargo del crimen de su novia, simplemente con la presencia policial permanente, lo cual parece que se inscribe en una figura llamada coacción inherente. A partir de allí se iniciarían sumarios administrativos a los policías presentes cuando Troncoso confesó, además de una sanción al defensor oficial por haber trabajado cuando estaba de licencia. En el mismo dictamen, la Cámara apartaba de la causa al fiscal Moure, porque a su juicio se encontraba totalmente probada su parcialidad: insinuó que en su apuro por resolver el caso, entró en connivencia con el defensor oficial para encubrir el mal accionar de la policía. Pero esto no es todo: lo más grave de la resolución es que es tan abarcativa que sólo le falta prender fuego la causa. Declararon nulos todos los documentos que se inscriben en ella; algunos, imposibles de reproducir. Entre ellos, los informes de ADN que habían dado positivos, no solamente el del semen encontrado en la vagina del cadáver, sino también el de la piel hallada bajo sus uñas. Además, dejaron sin efecto el acta realizada por el médico legista en la que dice que Troncoso tiene arañazos en el cuello y una mordedura humana en el brazo que data de tres días atrás. Para los jueces, fue ilegal porque el imputado contó la manera en que el crimen se había producido. Pero eso tampoco es todo. Como anularon toda la causa, anularon también el acta de defunción de Melina Briz: había que exhumar el cadáver y volver a determinar su muerte. En este estado de cosas, la familia Briz y su abogada, María Adelina Martorella, sólo tenían una esperanza: que un tribunal de Casación viniera a poner cordura sobre la locura de la decisión de la Cámara de Apelaciones de Garantías, y restituyera el proceso de investigación a su estado original.

Una buena

Cuando el 27 de diciembre Casación volvió la causa a su estado original, fue posible hablar de realidad incontrastable: Melina está muerta. También todos veían que, a estas alturas, el prófugo Ariel Troncoso había tenido tiempo de sobra para planear su fuga; incluso, según le informó a la familia una llamada anónima, de gestionar un documento falso que le podría haber permitido llegar a donde le diera la gana. Inmediatamente, el fiscal Mariano Moyano se ocupó de activar la orden de captura nacional e internacional, y de notificarla a la Dirección Nacional de Migraciones, en un intento de evitar que Troncoso se perdiera para siempre, ya que estaba más que alertado de que su situación volvía a complicarse. La abogada de la familia expresaba su preocupación por la posible fuga en entrevista concedida en la emisora 99.9, a la vez que destacaba la reciente resolución de la Cámara de Casación, firmada por los magistrados Víctor Violini y Ricardo Borinsky. La oportuna respuesta de los jueces vino a determinar por fin que aquella presentación de Troncoso en la comisaría de Balcarce se había realizado en el marco de la convocatoria a todos los allegados que pudieran dar información sobre la averiguación del paradero de la víctima: no era un detenido en ese momento. Por lo tanto, no pudo haber coacción sino en todo caso colaboración del hoy imputado: Melina Briz estaba desaparecida, no se había llevado ropa ni su medicación para el asma, lo cual sumaba gran preocupación en su entorno. Casación determinó también que los funcionarios policiales actuaron en ejercicio de sus funciones, y que estaban habilitados para recibir informaciones útiles para proseguir la investigación. Además, podían ellos mismos informar al detenido sus derechos al momento en que el fiscal ordenó la detención: “No encontramos espacio para hablar de prácticas autoritarias apartadas del sistema”, agregaron. Además, el dictamen es muy claro respecto de dejar a un lado aquellos detalles que no hacen al foco de la cosa. A su criterio, un allegado se había atribuido el crimen y poco más había que decir: “No pone ni quita que uno de los policías intervinientes se aviniera a responder reclamos periodísticos y hablara de careos inexistentes en contraposición (…) con lo expuesto por el titular de la dependencia”. Así, la intervención de este máximo tribunal permitió que se pusiera en marcha el mecanismo que el sistema prevé para hacer justicia: la detención del responsable confeso para su procesamiento.

Sentencia del Tribunal de Casación que acepta el reclamo de la familia Briz: permite detener a Troncoso y restituiral fiscal Moure en la causa.

Sentencia del Tribunal de Casación que acepta el reclamo de la familia Briz: permite detener a Troncoso y restituir
al fiscal Moure en la causa.

Sensatez, al menos eso. Nada más que sensatez, ya que Melina Briz fue estrangulada y no se puede hablar de noticias alentadoras. Sobre todo cuando, merced a la decisión equivocada del Tribunal de Apelaciones, los padres tuvieron que pasar por el horror de reconocer una vez más el cadáver, que fue exhumado después de diez meses de la muerte. Solamente sensatez, que era lo que hacía falta para permitir que siguiera adelante el proceso, y detener al asesino confeso de una chica de 18 años.

El daño es irreversible. Pero por lo menos hay una nota de cordura que permite que el responsable esté detenido. Quizá sea hora de volver a revisar los ejes éticos del derecho, y que algún abogado entienda que defender al pupilo no quiere decir hacer cualquier cosa. Aun la tarea justa de dar derecho de defensa a quien se reconoce culpable requiere de la sensatez que nos diferencia de cualquier otro animal. Si es ese el objetivo, quizá ya no estemos tan lejos.