Silencio en la noche

 

Jury al Fiscal General | El fiscal general de Mar del Plata ha sido denunciado por su participación directa en delitos de lesa humanidad. La denuncia tiene sustento, y se le dio entrada en el tribunal de enjuiciamiento. Sin embargo, él  sigue en su puesto. Ni siquiera sus pares cuestionan su labor. Lo que es tener poder…

No dicen nada. Ninguno dice nada. Ni el Colegio de Abogados, ni el de Magistrados. Nadie. Ninguno, a pesar de que hubo cambios en la Procuración nacional, y se suponía que nadie estaría dispuesto a ocultar ni a manipular la información que le compete a la sociedad toda.

A pesar de que la denuncia está firmada por los organismos de Derechos Humanos y de investigación social más reconocidos del país, Fabián Uriel Fernández Garello, el fiscal general del Departamento Judicial Mar del Plata, sigue en su puesto. Vivito y coleando. Como si nada. Como si haber tenido una participación directa en la persecución, tortura y desaparición de militantes del Partido Comunista no fuera un crimen lo suficientemente importante como para que te afloje las tuercas del sillón más cómodo del Poder Judicial. Como si hacer espionaje de referentes sindicales y entregarlos al terrorismo de Estado fuera una anécdota.

La presentación ante el secretario del jurado de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios de la provincia de Buenos Aires está firmada por Adolfo Pérez Esquivel, Víctor Mendibil y Roberto Cipriano García como miembros de la Comisión Provincial por la Memoria. Allí se integran una cantidad de organizaciones cercanas, representadas por Nora Morales de Cortiñas por Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora; Gastón Cillier por el Centro de Estudios Legales y Sociales; Estela de Carlotto por Abuelas de Plaza de Mayo; José Ernesto Schulman como secretario de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre; Ernesto Moreau por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos; Adolfo Pérez Esquivel por el Servicio Paz y Justicia; Pablo Abramovich como secretario de la Asociación Judicial Bonaerense; Hugo Blasco por la Federación Judicial Argentina. Juntos dicen que el fiscal Fernández Garello no reúne las condiciones que la Constitución nacional y las leyes determinan para ejercer un cargo como el que ostenta, por su “falta de solvencia moral, idoneidad y respeto por los derechos humanos”.

Dicen llanamente que Fernández Garello “participó” en delitos de lesa humanidad. No dicen sólo que lo supo. Ni que no lo denunció. Ni que no ejerció cuando correspondía las acciones pertinentes a su juramento profesional. Dicen que participó. Y que las pruebas están al canto.

Pero lejos de lo que podría suponerse, la denuncia no ha causado escándalo, y aunque tiene sello de entrada el 22 de diciembre, el fiscal sigue en su puesto hasta que alguien lo saque de allí. No siente la vergüenza necesaria para renunciar.

Sus obras

Durante 2016, la CPM se presentó como querellante en la causa que investigaba el caso de Ana María Martínez, ya que se había decidió propiciar el juzgamiento de las acciones de inteligencia y espionaje ilegal sobre militantes y activistas políticos, gremiales y sociales, que por supuesto apuntaron a su posterior detención, imposición de torturas, desaparición forzada, asesinato, y toda práctica criminal llevada a cabo durante la última dictadura.

El caso Martínez aconteció en 1982, y su cuerpo sin vida fue hallado en el partido de Tigre. Ella pertenecía al Partido Socialista de los Trabajadores, que había sido objeto de infiltración y espionaje por parte de la DIPBA de San Martín, en colaboración con el personal militar del destacamento de Campo de Mayo, cuyo jefe está hoy procesado. Precisamente Fernández Garello era oficial de la DIPBA, con rango de subinspector en Inteligencia de la Policía. Allí realizó tareas de espionaje e infiltración que condujeron a crímenes de Estado, pero además “(…) pudo comprobarse la participación del mencionado oficial subinspector en acciones operativas de persecución, secuestro y torturas, de manera reiterada contra miembros del Partido Comunista”.

La documentación de respaldo está lógicamente resguardada en la CPM, pero aseguran los denunciantes que allí consta la participación del fiscal en la detención ilegal de por lo menos tres militantes del Partido Comunista en julio de 1981, y el posterior secuestro y tortura de uno de ellos en enero del 82, el caso de Jorge Bulacios.

Para comprobar las acciones de la DIPBA en el espionaje sindical, se presentaron memorandos de los conflictos laborales acaecidos en Textil Patagónico, Fiat Concord y Deutz Argentina, así como el registro de pintadas y panfletos. Todos estos elementos ofician de pruebas materiales que permiten verificar cómo eran las acciones de aquella división de espionaje policial, y quiénes eran los que participaban activamente en cada caso: “una suerte de policía política del Estado terrorista”.

Pero Fabián Uriel Fernandez Garello también intervino en la infiltración en organizaciones sociales, como fue el caso de la agrupación de Madres de Plaza de Mayo, cuando sus integrantes se reunieron con autoridades de la Conferencia Episcopal Argentina. El desarchivo de las actuaciones de aquel momento se llevó a cabo a pedido del fiscal de San Isidro Fernando Domínguez.

Dice la denuncia: “No podrá alegarse complicidad. Se trata de una participación directa de quien hoy es un importante funcionario judicial”. Pero no sólo eso, no sólo fue quien fue e hizo lo que hizo en 1981, sino que además necesariamente ha ocultado y falseado sus antecedentes con el fin de acceder al cargo que hoy ocupa. Es decir que sigue faltando a la verdad: “la designación de Fernández Garello no pudo suceder sin una maniobra engañosa o apañada al momento de su designación”.

El reclamo

La denuncia se explaya en el marco legal que da base material a los reclamos, así como en aquel que sostiene no sólo la necesaria intervención de los mecanismos de control, el control que la democracia tiene previsto para el correcto funcionamiento de su sistema judicial: incluye, además, las especificaciones del caso a la hora de determinar la naturaleza del genocidio y de los crímenes de lesa humanidad. A propósito de esto, se ocupan los denunciantes de clarificar que es el Estado quien tiene la obligación de depurar la burocracia estatal de aquellas personas de las cuales hay registro de participación en prácticas represivas durante el terrorismo de Estado. Es decir, el Estado tiene la obligación de excluir de las funciones públicas a las personas concretamente sospechadas de violaciones a los derechos humanos. Y debe hacerlo con el fin de no sostener una sensación de impunidad.

Por todo lo expuesto, dicen los denunciantes que la remoción de Fernández Garello debe de ser urgente, pero a pesar de las pruebas sostenidas, nadie parece haber dado un solo paso. El enjuiciamiento se vincula con lo que hizo, la remoción, en cambio, con lo que nunca debió haber hecho, es decir asumir como fiscal general del Departamento Judicial Mar del Plata. Porque para hacerlo tuvo que haber mentido, negar su trayectoria delictiva.

Firman todos al pie, y la denuncia tiene sello del Jurado de Enjuiciamientos, que efectivamente lo recibió hace ya días. Pero nadie se ha rasgado las vestiduras ni mucho menos. El fiscal sigue gozando de los beneficios de su cómodo sillón, y su despacho preferencial.

Ni hablar de renunciar a sus ventajas exclusivas. Ni hablar de ir preso. Ni hablar de responder al pueblo, no sólo por su pasado sino también por su presente. Por haber usurpado durante años un puesto de primera línea para el cual la Constitución Nacional parece no haberlo calificado. Ni hablar, por último, de las cuentas que le debe saldar a la sociedad, que no ha terminado de enterrar a sus muertos.

 

Al momento de redactarse el presente artículo, la Redacción recibió la información de que mediante carta documento certificada, el fiscal general Fabián Uriel Fernández Garello fue notificado por la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires de la fecha para la formación del juicio político en su contra por la denuncia presentada por diferentes actores de derechos humanos a raíz de su participación en acciones conocidas como delitos de lesa humanidad.