El dueño de todo

Central 969
Patrimonio municipal | Una costosa escultura fue donada a esta ciudad por parte de un empresario. La donó, pero no la entregó. La obra no está en la plaza en la que debería, sino en un predio privado. ¿La mentira sirvió para evitar tasas?

Las crónicas del 2 de noviembre de 2015 hablan de que la escultura “Mujer Reclinada”, de Fernando Botero, se convirtió en la vedette del entonces recientemente inaugurado Paseo Aldrey Cultural y Comercial. Y de la manera en la que los visitantes que llegaron hasta el predio –comprendido por las calles Alberti, Sarmiento, Garay y Las Heras- se sorprendieron al ver culminada la obra de restauración de la vieja terminal y los miles de metros cuadrados de la flamante construcción.
Claro que ninguno perdió la oportunidad de retratarse con la obra de arte ubicada en la plaza cívica, espacio que funciona, textualmente, “como una especie de conexión entre lo nuevo y lo histórico del sitio donde hace unos años funcionaba la terminal de ómnibus”. Qué bien. Pero el problema es que, ni entonces ni ahora, nadie se preguntó cómo es que la costosa obra había llegado allí.
Resulta que durante el 2015, se aprobó una ordenanza que daba forma legal al acuerdo establecido entre la municipalidad del Partido de general Pueyrredon y la empresa Editorial La Capital SA, por el cual, tras la presentación de los valores del artista Fernando Botero, “el municipio expresa su intención de aceptar la donación de una de sus obras”. Y establece además que el patrocinante -que así es como mencionan al empresario Florencio Aldrey Iglesias- la ofrece para ser emplazada en el espacio público llamado Plaza del Milenio, es decir el que se encuentra comprendido entre las calles Moreno, Belgrano, Buenos Aires y el Boulevard Patricio Peralta Ramos, “espacio público de carácter emblemático de la ciudad de Mar del Plata”, dice. ¿Usted la vio? No, porque Aldrey Iglesias la donó y se la quedó en su negocio. Es decir que “los beneficios para la promoción cultural, turística y social de la ciudad” que expresa el documento, se los quedó él, porque la obra no ha ingresado al patrimonio municipal. Y su precio es de 900.000 dólares, que pagó el donante -según queda establecido-, y que se hizo además cargo de los costos de traslado y seguro. Claramente, lo pagó porque era para él.

El pacto

Queda aclarado que el beneficiario de la donación es el Municipio”, reza el acuerdo, por lo cual esta municipalidad se comprometió a “entregar toda la documentación necesaria para favorecer su importación definitiva y despacho de aduana”; es decir que esta obra llegaba con todas las facilidades, y no pagaba impuestos porque era un regalo. Firmó el ex intendente Pulti, y la ordenanza subsiguiente se registró en noviembre de 2013 bajo el número 0-15 884.
La señora de bronce tiene más de tres metros de largo, y es una obra del artista colombiano de fama mundial Fernando Botero. Fue instalada allí gracias a la donación del diario La Capital, que se la regaló a sí mismo, porque está en el paseo del dueño. En el país sólo existe otro trabajo de Botero: “Torso Masculino”, instalado en el Parque Thays de la ciudad autónoma de Buenos Aires.
Claro que se trata de uno de los artistas más famosos en la escultura. El colombiano Botero nació y fue criado en Medellín, y actualmente es uno de los nombres más importantes en el mundo del arte gracias a su estilo particularísimo. Abstractas pero detalladas, las pinturas modernas y más populares de Botero describen nuestro mundo en proporciones distorsionadas, o en un estilo “gordo”. Sus pinturas también suelen ser muy ricas en color. Pero aun sin ser un experto, cualquiera que ve hoy una de las esculturas de enormes mujeres de cuerpos redondeados sabe que está ante una obra del autor, o inspirada en su original estilo.
Ahora bien. No es esta la única “Mujer reclinada” que Botero ha realizado. Pero sí esta es la que aparece boca abajo. De hecho, no queda claro si se trata de un original o una réplica. Aunque, si la maniobra hubiera permitido pagar esta cifra descomunal por una copia, estaríamos frente a otra clase de figura legal.
Hay muchos lugares del mundo en donde se puede ver el arte de Botero, incluyendo la Plaza Botero en Medellín, donde 23 esculturas del autor dominan el espacio público visitado por cientos de turistas. En la misma plaza se encuentra el Museo de Antioquía, que alberga una gran cantidad de obras de Botero. En Bogotá se pueden visitar el Museo Botero y el Museo Nacional. En este último se encuentran algunas de las primeras obras del escultor. El tratamiento exagerado en sus proporciones de la figura humana es hoy una de las características inconfundibles de su obra, que ha sufrido pocas variaciones desde sus comienzos.
En la actualidad, Botero vive entre París, Nueva York y Bogotá. Precisamente por esa razón, por tratarse de un autor contemporáneo, la importación de sus obras se encontraría normada por lo establecido por la Ley de importación y exportación de obras de arte, la 24.633. La misma establece que el único beneficio de obtener la autorización de la importación es el beneficio impositivo: “comprende obras de arte contemporáneas, o de artistas fallecidos en los últimos cincuenta años”.
Pero además indica: “Para gozar del beneficio establecido por el Dto 279/97, (reducción del 50 % del Impuesto al Valor Agregado) y de la exclusión del pago de la Percepción del IVA y del Impuestos a las Ganancias, determinado por la Res. AFIP Nº 234/98, los importadores de obras de arte deberán presentar la Declaración Jurada de Aplicación de Franquicia – Dto Nº 279/97. Este beneficio se aplica únicamente a las mercaderías clasificadas en las partidas 9701, 9702 y 9703, estén o no comprendidas en la Ley 24.633. (Pinturas y dibujos, hechos totalmente a mano; artículos manufacturados decorados a mano “collage” y cuadros similares; grabados, estampas y litografías originales; obras originales de estatuaria o escultura, de cualquier materia)”.
Se indica además que es necesario acompañar el original de la licencia de exportación o la declaración jurada de aplicación de franquicia emitida por la Dirección de Artes Visuales (antecedentes del autor, fotos, planilla anexa con detalle de las obras) debidamente consignado al peticionante, y además factura comercial original o copia autenticada ante escribano público. Pero, “de tratarse de una donación u obsequio se deberá presentar Declaración Jurada con los datos (Apellido, Nombres, Domicilio, etc.) del donante u obsequiante”, lo cual seguramente facilita mucho las cosas: no se trata de un coleccionista que se compra una obra monumental de tres metros y toneladas de bronce porque está alimentando su colección personal, sobre la cual obviamente debería pagar una caterva de impuestos, sino de un benefactor que se la va a regalar a un pequeño municipio de Sudamérica.

Sin tributos

Reza la ley: “Las franquicias para el ingreso de obras de arte por la vía del equipaje acompañado será de 300 U$S (vía marítima o aérea) y 150 U$S (vía terrestre o fluvial). Estas franquicias no rigen para el equipaje no acompañado. Si la obra de arte supera dichos importes, deberá pagarse un tributo único del 50% sobre el excedente. De optarse por no abonar el tributo único, y en caso de tratarse de mercadería alcanzada por la Ley N° 24.633, se gozarán de las exenciones de esta última, pero deberán abonarse los demás tributos no contemplados en ella. De hacer uso de la reducción del 50 % del IVA y de la exclusión de los regímenes de percepción de las Resoluciones Generales (DGI) Nros. 3431/91 y 3543/92, y sus modificatorias, tendrá que tramitarse la Declaración de Aplicación de Franquicia ante la Dirección de Artes Visuales. Si la obra de arte no está alcanzada por la Ley N° 24.633, no gozará de las exenciones que en la misma se prevén. De no contar con la Declaración de Aplicación 5 de Franquicia, el interesado deberá ingresar la mercadería a Depósito completando el Formulario OM-1629/A”.
Pero Aldrey se la compró él solito. Y lo hizo en un momento en el que regía el cepo sobre el dólar, que no valió para él porque pudo pagar casi un millón de dólares por la “Mujer reclinada”. Eso sí,  para comprarla tuvo que sacar un crédito de BAPRO.
Según parece, la entidad crediticia mandó a un empleado al Hotel Provincial con la papelería de un crédito pyme, promocionado a tasas del 18% anual para la firma Emprendimientos Terminal SA. Nadie entendía bien cómo a semejante empresa se le concedería un crédito pensado para pymes y micropymes. Pero bueno, cuando las órdenes son esas, nadie pregunta nada.
El pobre empleado le tuvo que advertir a Florencio Aldrey Iglesias acerca de que debía describir detalladamente propiedades, créditos en curso, deudas bancarias en los espacios del formulario, y luego firmar la aceptación de adhesión. La indicación no fue demasiado bien recibida por el empresario ahora devenido importador de obras de arte que regala y se queda, porque dicen los testigos que primero le gritó, y luego cruzó las páginas, en las que no puso un solo dato. Solamente exigió que se le evitara la molestia, y estampó una gigantesca firma señalando que “él y sólo el” es el dueño de todo.
Pero el crédito era, en pleno cepo, por un millón y medio de dólares a sola firma con papelería irregular. ¿Le sobraron 600.000? Negocio redondo.
Es decir que Aldrey tendría entre sus bienes una obra muy costosa, que funciona como atractivo de su espacio comercial privado, por la cual pagó una cifra enorme con un crédito del Estado a a sola firma pensado para Pymes. Pero encima dijo que la donaba para una plaza, es decir que desde el 2013 no paga impuesto a los bienes personales por la propiedad de la escultura, porque teóricamente no es suya. No figura en su patrimonio, pero tampoco en el patrimonio público.
Un negocio redondo. Porque –como gritaba el empresario ante el pobre mandadero del BAPRO-, él es el dueño de todo. Pero de todo en serio.

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