La mujer también se opuso a que se quedara con sus tíos; fue entregada a otra familia.
La Justicia de la provincia aceptó el pedido de una madre de no vivir ni tener vínculo con su hija, que nació como consecuencia de una violación. La decisión la tomó el Juzgado de Control, Niñez, Juvenil y Penal Juvenil de Cosquín. Las identidades de las involucradas no se difundieron. Tampoco, la edad de la mujer, aunque sí se sabe que la beba es una recién nacida
La niña está bajo la protección de sus tíos maternos. Sin embargo, la madre no quiere que esté cerca de la familia y, por lo tanto, la Justicia modificó también la guarda.
El fallo se conoció porque el fiscal federal Maximiliano Hairabedian lo contó en sus redes sociales. No es la primera vez que da cuenta de decisiones judiciales que marcan diferencias en algunos aspectos.
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“El drama se hizo más delicado y complejo porque los tíos de la beba querían tenerla y esto generó conflictos con la madre. El juez le dio la razón a la mujer y resolvió que la beba debe ir con otra familia”, se señala la serie de posteos del fiscal.
La decisión final de la Justicia se basa en que “al permanecer la niña junto a su familia extensa (tíos maternos), lo haría en un ámbito en el cual cotidianamente se visualizaría su origen y el rechazo de su madre”.
La resolución judicial indica que la permanencia de la niña viviendo a pocas cuadras de donde reside su familia de origen, “más aún al lado de uno de sus hermanos”, no asegura “el normal desarrollo de cualquier niño, menos aún el gozo y uso pleno de sus derechos, como el de desarrollarse en un ambiente saludable”.
Agrega que mantener a un niño o una niña en la familia biológica “no debe ser un imperativo sin límites, sino que su interés superior es una valla que ese objetivo no puede traspasar” y detalla que, en la medida en que no resulte un beneficio para la beba y su interés superior exija que no permanezca en ese ámbito, “debe procurarse otra alternativa de cuidado, entre las que se encuentra la institución de la adopción, lo que es coincidente con la voluntad manifiesta de la madre”.
En esa línea, la Justicia determinó que corresponde la permanencia de la menor “con tinte definitivo en [un] ámbito ajeno al de origen, con su correspondiente derivación al servicio de adopción, que le asegure una familia que la albergue en un seno saludable y [en] el ejercicio pleno de sus derechos”.