El abogado cuestionó en la 99.9 un fallo de la Justicia Nacional del Trabajo que ordenó un embargo millonario contra una pesquera marplatense por casi 5 millones de dólares. “No se sabe cómo llegan a ese monto, es una sentencia desastrosa”, afirmó.

El abogado Oscar Gerez, representante de una empresa pesquera exportadora de Mar del Plata, cuestionó con dureza el fallo de un juzgado nacional del Trabajo que ordenó un embargo cercano a los 5 millones de dólares en el marco de una demanda iniciada por un trabajador que había sufrido un grave accidente en 2019 y que ya había percibido una indemnización por la vía administrativa.
“Son temas por ahí un poco técnicos, pero voy a tratar de ser lo más claro posible”, comenzó explicando Gerez en diálogo con la 99.9, antes de detallar el derrotero legal del caso.
Según indicó, la Ley de Riesgos del Trabajo establece que, tras un accidente, intervienen las comisiones médicas que determinan la incapacidad y calculan la indemnización tarifada mediante una fórmula legal. “Una vez que se determina ese monto, el trabajador tiene la opción de aceptar o no ese monto. Puede también optar por las normas del derecho común, o sea, reclamar una reparación integral”, explicó.
En este caso, el trabajador accidentado —quien perdió una mano en una operación de pesca— cobró la indemnización fijada por la comisión médica. “Cuando la comisión médica le determinó la incapacidad, él recibió exactamente 15.155.850 pesos en agosto de 2021. Eso desde el punto de vista jurídico implicaba cerrar la vía civil, porque aceptó la indemnización tarifada y la cobró”, sostuvo.
Sin embargo, la demanda continuó por la vía judicial en la Ciudad de Buenos Aires. Gerez cuestionó que el expediente se tramitara en ese fuero y no en Mar del Plata: “El trabajador era de acá, la empresa es de Mar del Plata, se accidentó en un barco de Mar del Plata. ¿Por qué están reclamando en la Justicia Nacional de Trabajo?”.
La explicación, según el letrado, está en que también fue demandada la ART —con domicilio en Capital Federal— lo que habilitó esa competencia. “Lógicamente lo hacen adrede, porque saben que es un fuero absolutamente permeable a cualquier tipo de reclamo y a cualquier tipo de indemnizaciones, por extravagantes que sean”, afirmó.
El fallo, dictado por el juez titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 38, fue calificado por Gerez como “desastroso”. “No puedo calificarlo de otra manera”, remarcó.
Uno de los principales cuestionamientos es la falta de fundamentos para arribar al monto final. “Nadie sabe cómo llega a ese monto. Estamos hablando de casi 6 mil millones de pesos, que hoy representan casi 5 millones de dólares. No hay discriminación de rubros indemnizatorios, es un monto que toma al azar el juez”, denunció.
Además, criticó el mecanismo de actualización aplicado: “Determina que tiene que ajustarse por IPC desde mayo de 2019 hasta ahora y además le suma un interés puro del 6% anual. Así llegamos a casi 5 mil millones de pesos y a 4 millones 700 u 800 mil dólares”.
Para Gerez, esa metodología contradice la jurisprudencia de la Corte Suprema. “La Corte lo viene repitiendo hasta el cansancio: no se puede aplicar el IPC porque implica declarar la inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad, que prohíbe en forma expresa los procesos indexatorios”, advirtió.
El abogado aseguró que la aplicación de estos índices genera distorsiones significativas: “Cuando vos aplicás el índice de precios al consumidor a un valor en pesos de hace cinco o seis años atrás, se traduce en una suma que casi se dobla en dólares. No solamente es una condena millonaria, sino que es un negocio financiero fabuloso”.
También denunció lo que calificó como una “virtual rebeldía” de la Cámara Nacional del Trabajo frente a los fallos del máximo tribunal. “La Corte anula un fallo por aplicar índices indexatorios y ordena dictar uno nuevo. ¿Sabés qué hacen? Aplican otro índice, el RIPTE. Están en una virtual rebeldía”, señaló.
Incluso, afirmó que algunos magistrados sostienen que los fallos de la Corte no son obligatorios. “Algunos dicen ‘a mí no me obligan las sentencias de la Corte Suprema, es una pauta moral’. Es una forma disimulada de decir ‘yo hago lo que se me antoja’”, cuestionó.
Más allá de la discusión técnica, Gerez puso el foco en las consecuencias concretas del embargo. “Te traban las cuentas bancarias de una empresa que tiene más de un centenar de personas trabajando. Yo me pregunto: ¿cómo hace esta empresa para pagarle el salario a los 150 empleados si tiene todos los embargos sobre las cuentas? La mandás a la quiebra”, advirtió.
En ese sentido, fue categórico: “Esto es un secuestro económico que manda a la quiebra a la empresa”.
Para el abogado, el problema excede este caso puntual y se inscribe en un escenario más amplio de inseguridad jurídica. “Si hay un desconocimiento absoluto de la historia, además del desconocimiento jurídico y de la prudencia. Un juez cuando emite un pronunciamiento tiene que ver cuáles son los efectos que produce”, reflexionó.
Finalmente, sostuvo que este tipo de resoluciones impactan no sólo en la empresa involucrada sino en todo el entramado productivo. “Cuando vos decidís una cuestión que no solamente va a afectar ese caso, sino que probablemente va a afectar a otros, tenés que medir las consecuencias. Acá directamente la mandás a la quiebra”, concluyó.