La mujer fue una testigo clave en la causa por contrabando de armas porque, como secretaria de Yoma -cuñado del ex presidente Menem- había tenido acceso a detalles sobre las negociaciones; murió en extrañas circunstancias.
La Corte Suprema ordenó hoy reabrir la investigación por la muerte de Lourdes Di Natale, la ex secretaria del empresario Emir Yoma, cuñado y ex asesor de Carlos Menem, que había denunciado vínculos con el tráfico de armas a Ecuador y Croacia y murió en extrañas circunstancias.
La Corte apoyó en todos sus términos el dictamen de la fiscal Irma García Netto, quien consideró que Casación archivó “en forma arbitraria” la investigación de la muerte de Di Natale.
Para la fiscal, Casación “convalidó el cierre anticipado de una investigación en la que no se agotaron las posibilidades de reunir pruebas conducentes en un delicado hecho”, y faltando la declaración de la hija de Di Natale, hoy mayor de edad.
El tribunal emitió un fallo donde sostuvo: “Esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones de la señora Procuradora Fiscal subrogante, a cuyos términos se remite en razón de brevedad”, y por ello “se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado”.
“Notifíquese y devuélvanse los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte uno nuevo”, añadió la resolución firmada por Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco, Juan Maqueda y Carlos Fayt, a la que accedió DyN.
Incluso, la presidenta Cristina Kirchner había criticado la investigación tras la muerte del fiscal Alberto Nisman.
“Lo que más me inquieta es que (quien investiga la muerte de Nisman) es la misma Jueza que trató la causa del ‘suicidio’ de Lourdes Di Natale, ex Secretaria de Emir Yoma, quien lo denunció por pago de coimas y fue una figura clave en la venta ilegal de armas. La causa se cerró y Lourdes sigue ‘suicidada'”, escribió la Jefa de Estado.
¿Quién era Lourdes Di Natale?
Lourdes Di Natale fue una testigo clave en la causa por contrabando de armas a Croacia y Ecuador, porque como secretaria de Yoma -cuñado del ex presidente Menem- había tenido acceso a detalles sobre las negociaciones abiertas con esos países en los 90s.
La mujer -que fue esposa del abogado Mariano Cúneo Libarona y había denunciado constantes amenazas-, apareció muerta el 1 de marzo de 2003 en el patio interno de un edificio de Barrio Norte de esta capital y junto a su cuerpo había un cuchillo de cocina.
El deceso ocurrió poco después de que Di Natale declarara en la causa por la voladura de la fábrica militar de Río Tercero, explosión que, según la Fiscalía, habría sido intencional para tapar el faltante de armamento enviado a Croacia y Ecuador.
La causa instruida por el juez Ricardo Farías determinó a los cinco meses del hecho que la mujer cayó cuando quiso cortar un cable de televisión de un vecino, pero hubo serias sospechas: sus huellas no estaban en el cuchillo y tenía en el cuerpo un dosaje similar a un coma alcohólico.
En 2004, la Sala IV de la Cámara del Crimen revocó el archivo de la causa y ordenó reabrirla tomando más declaraciones y cruzando llamados telefónicos.
La jueza Fabiana Palmaghini, nueva magistrada del caso, ordenó una reconstrucción de los hechos pero la causa se cerró nuevamente y en 2012 la Cámara confirmó la decisión ante “la imposibilidad de ahondar por otros medios sobre la hipótesis delictiva que sostiene la querella”.
La familia Di Natale apeló la medida pero Casación no admitió el planteo. Ahora, la Corte hizo lugar resaltando los argumentos de la Procuración, que pide interrogar a la hija de Di Natale.
“No debe perderse de vista que A.C.L. (la hija) es hoy una persona mayor de edad, con todos los derechos y las obligaciones que otorgan las leyes. No veo ningún impedimento para que sea entrevistada por un perito oficial, teniendo en cuenta la importancia que tendría, si finalmente se lo recibiere, su testimonio, más allá de la edad que tenía cuando fue separada de su madre”, sostuvo García Netto en el dictamen de junio al que accedió DyN.
La Fiscalía también destacó que, a criterio de la querella, “el juez no tuvo en cuenta lo aprehendido en la reconstrucción de la caída que, a su entender señalaba que fue un homicidio” por “la imposible ebriedad” con “imposibilidad de movimientos”.
También se destacó “la imposible cortadura de cables de televisión, el cuchillo puesto por quien sostiene la parte que serían los homicidas en el lugar del hecho, sin encontrarse una sola huella dactilar y la falta de daño del cuchillo” y la desaparición “completa de los elementos colectados en la escena del crimen”.