“Si se desafecta a los jubilados del impuesto a las ganancias, no movería la recaudación”

El Defensor del Pueblo de la Tercera Edad, Eugenio Semino, se refirió en la 99.9 a las medidas que adoptó la semana pasada el gobierno nacional respecto del impuesto a las ganancias. “El haber jubilatorio es un salario diferido, ese trabajador ya aportó durante su vida activa al sistema y en su momento fue afectado por éste y otros impuestos. Técnicamente se habla de una doble imposición”, opinó.Eugenio-Semino

Las medidas tomadas por el gobierno de Mauricio Macri durante la semana pasada respecto del denominado Impuesto a las Ganancias parecían haber generado una recepción positiva. Sin embargo, a medida que pasaron las horas comenzaron las críticas.
El sector de los jubilados es uno de los que tuvo una análisis particular de las medidas y el Defensor del Pueblo de la Tercera Edad, Eugenio Semino, indicó en la 99.9 que “un impuesto cuyas categorías quedan congeladas en 15 años, cuando se generan modificaciones favorece a algunos y afecta a muchos otros”. También advirtió que “hay un tema central que es cambiar la impronta del impuesto desde el punto de vista legislativo variando las que quedaron fijas a través del tiempo y efectuar a algunos sectores que no deberían estar afectados directamente como los jubilados”.
Hay varias diferenciaciones que quiso marcar Semino en su análisis y una de ellas es que “el haber jubilatorio es un salario diferido, ese trabajador ya aportó durante su vida activa al sistema y en su momento fue afectado por éste y otros impuestos. Técnicamente se habla de una doble imposición. Lo que observamos es que hay más de 100.000 nuevos jubilados afectados por esta medida”.
Lo que cambia ahora tiene que ver con la medición del salario mínimo y lo que representa para una persona jubilada, en comparación de aquél que está activo en el mercado laboral y tiene una familia a cargo: “había jubilados exceptuados del impuesto que eran los que ganaban hasta 15.000 pesos en agosto de 2013. Estos jubilados, a partir de ahora, quedan afectados porque se deroga ese decreto. Eso implica que aquellos que superen el mínimo no imponible de 18.800 pesos y no tengan carga de familia estarán gravados por el impuesto a la ganancia. Lo de los 30.000 pesos tiene que ver con el salario bruto para aquellos que tienen carga de familia”, explicó.
En consecuencia, teniendo en cuenta estos atenuantes, pretenden que el gobierno acomode la norma para este caso puntual, un paso meramente administrativo: “no sólo hay que pensarlo para los jubilados nacionales, sino en los institutos provinciales también. Lo que planteamos es que se haga una rectificatoria para exceptuar al sector y no se lo afecte”. 
Otra solución que pensó Semino pasa por sacar a los jubilados de esta norma impositiva, ya que prácticamente no afectaría el dinero recaudado: “si se desafectara al sector de este impuesto, no movería en lo más mínimo la recaudación. Eso es porque los jubilados ganan poco en Argentina. Con buena predisposición, se puede resolver fácilmente”, aclaró.