Se dieron a conocer ayer, a tres meses de la sentencia de 6 y 8 años de prisión para los dos ex secretarios de Transporte. Según el escrito, los funcionarios no podían desconocer el “deplorable estado de mantenimiento” del tren.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de la Ciudad de Buenos Aires difundió los fundamentos de la sentencia en el juicio oral por la tragedia de Once, que se conoció el 29 de diciembre de 2015. Según consta en el escrito, que no fue leido debido a su gran extensión, “las autoridades de la compañía tomaron la determinación de que la flota de material rodante a su cuidado prestase servicio en un deplorable estado de mantenimiento, situación que les permitió solicitar la reconstrucción integral del material rodante con fondos del erario público y en beneficio de la empresa Emprendimientos Ferroviarios SA -también controlada por Cometrans-, evidenciándose así la complicidad con los funcionarios públicos del área de transporte”.
En cuanto a Jaime y Schavi, agrega: “Consideramos que Juan Pablo Schiavi y Ricardo Raúl Jaime han prestado un aporte fundamental para la concreción de esta artimaña ya que, en sus respectivas gestiones a cargo de la Secretaría de Transporte de la Nación, tenían la obligación de supervisar el control y la fiscalización de la operación del sistema de transporte ferroviario de pasajeros. Desde ese cargo, cumplían un rol como brazo ejecutor en esta materia de la autoridad de aplicación, y en virtud de ello debían velar por el correcto mantenimiento de los bienes concesionados a las empresas prestatarias del servicio ferroviario y a la vez por una circulación segura de los trenes”.
El tribunal -integrado por los jueces Jorge Alberto Tassara, Jorge Luciano Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu- dio a conocer un texto de 1.415 páginas en las que detalla los argumentos de la sentencia con la que impuso, entre otras penas, 9 años de prisión para el empresario Claudio Cirigliano; 8 años de prisión para Juan Pablo Schiavi y la pena única de 6 años de prisión para Ricardo Jaime, éstos dos últimos ex secretarios de Transporte de la Nación.
Los fundamentos de la sentencia también refuerzan el pedido de investigación al ex ministro de Planificación Julio de Vido, que era el jefe directo de Jaime y Schiavi. “Pese a haberse acreditado una intervención determinante en los hechos de parte Juan Pablo Schiavi y Ricardo Raúl Jaime, quienes durante el ejercicio de sus cargos posibilitaron la creación de riesgos ilegítimos, ello no eximiría de responsabilidad a Julio Miguel De Vido, ya que difícilmente se puede alegar un desconocimiento acerca de las circunstancias que aquí hemos probado”.
El tribunal también explicó la condena al maquinista de la formación, Marcos Córdoba: “Violó reglas de la buena conducción ferroviaria al superar los límites de velocidad máxima establecidos para el recorrido e ingreso a la estación terminal, al disponer la anulación del freno de emergencia conocido como de hombre muerto y al aplicar en forma tardía – y sin los recaudos que ameritaba- un sistema de detención que se presentaba con el fenómeno de freno largo. A través de esos incumplimientos incrementó el riesgo propio de la actividad ferroviaria por encima del permitido, peligro que finalmente se concretó en el resultado causado”.