Los condenados por homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo deberán cumplir la pena completa.
El Poder Ejecutivo promulgó hoy la ley que limita las excarcelaciones y salidas anticipadas a condenados por delitos graves.
La norma, que lleva el número 27.375, fue publicada en el decreto 573/2017, que apareció en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Justicia Germán Garavano.
El decreto, que modifica la ley 24.660 de la Ejecución Penal, fue sancionada por el Congreso Nacional el pasado 5 de julio.
En primer lugar el proyecto fue tratado y aprobado en Diputados. Cuando pasó al Senado sufrió modificaciones, por lo que volvió a la cámara de origen.
De acuerdo con la ley, los condenados por delitos de homicidio agravado, delitos contra la integridad sexual, privación ilegal de la libertad coactiva, tortura seguida de muerte y secuestro extorsivo deberán cumplir la pena completa en la cárcel.
El texto original incluía los delitos de homicidio simple y contrabando, pero fueron excluidos en el Congreso.