Ana Clara Pérez Ballester mantuvo su cargo tras el jury en su contra donde declararon los familiares de la víctima. La misma decisión fue tomada para la asesora de menores Elisa Catán.
El viernes, luego de dos semanas de un intenso jury en su contra, la Justicia de La Pampa absolvió en la Cámara de Diputados provincial de Santa Rosa a Ana Clara Pérez Ballester, la magistrada que durante la pandemia le entregó a Lucio Dupuy a sus asesinas. Pérez Ballester había sido acusada de mal desempeño en sus funciones luego de haberle otorgado la tenencia de Lucio a su madre, Magdalena Espósito Valenti y a su pareja, Abigaíl Páez, hoy condenadas a prisión perpetua por el asesinato y el abuso sexual del chico.
Así, la jueza fue reinstalada en su cargo, en medio de aplausos por la lectura del fallo, cruzados por gritos e insultos. “¡Se hizo justicia!”, clamó una voz. “¡Mataron a un chico!”, respondió otra, indignada.
La misma decisión fue tomada para la asesora de menores Elisa Alejandra Catán, acusada junto a Pérez Ballester. Catán no estuvo presente en la sala, tras una situación de salud de un familiar. Tampoco asistió el procurador general subrogante que encabezó la acusación, Guillermo Sancho.
Ramón Dupuy, abuelo de Lucio y testigo en el proceso, fue uno de los primeros en llegar al recinto legislativo, acompañado de su familia. Al oír el veredicto, le gritó a los jueces: “¡Asesinos!”. Cintia Dupuy, tía de la víctima, quien escuchó todo el fallo de pie, lanzó: “Ustedes hacen esto por plata”.
La audiencia finalizó de manera tensa, con cruces entre los familiares de Lucio y los allegados de las funcionarias que estaban ubicados en la grada de enfrente. La jueza Pérez Ballester, que al escuchar el fallo se abrazó con su abogado defensor y rompió en llanto, se retiró en medio de un cordón policial dispuesto alrededor del sector de estacionamiento.
Los Dupuy, por su parte, se fueron entre expresiones de enojo y tristeza y sin hacer declaraciones, al igual que el resto de las partes.
Las funcionarias intervinieron en los expedientes por la tutela y el cuidado personal del niño, tramitados entre marzo de 2019 y noviembre de 2020, un año antes del crimen. Llegaron al debate acusadas de “incumplimiento reiterado de los deberes inherentes al cargo” e “incompetencia o negligencia reiterada, demostrada en el ejercicio del cargo”, según la imputación en su contra.
El tribunal del proceso estuvo compuesto por el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Fabricio Luis Losi; las diputadas provinciales María Larreta y María Valderrama Calvo; y las abogadas Silvina Garro y María Gaccio.
Los hechos que dieron inicio al jury de ambas funcionarias empezaron luego de la separación de Espósito Valenti y Christian Dupuy, el padre de Lucio. Como la madre estaba sin empleo y el padre trabajaba en la ciudad bonaerense de Luján, la tenencia de su hijo se convirtió en un tema a resolver hasta que, a fines de 2018, surgió la propuesta para que el chico viviera con sus tíos paternos en General Pico. Aquella fue una decisión de común acuerdo entre todas las partes. De esta manera, Lucio fue recibido por Maximiliano Dupuy y Leticia Hidalgo en el seno de su familia.
En aquel entonces, Espósito Valenti le otorgó una autorización a los tíos ante el Juzgado de Paz de Santa Rosa, para que temporariamente se hicieran cargo de los cuidados de Lucio. Posteriormente, Hidalgo solicitó la guarda judicial de su sobrino. Fue el 27 de marzo de 2019. Lo hizo porque se lo exigieron desde el jardín de infantes donde concurría el niño. Así, 21 días después, Pérez Ballester dispuso que se le tomaran declaraciones a los testigos ofrecidos por la tía, para comprobar su idoneidad como posible tutora. Y a pedido de Catán, el Juzgado ordenó la realización de un estudio socio-ambiental que no reveló ningún indicio de violencia.
En consecuencia, el 2 de julio de 2019, con el visto bueno de Catán, la jueza le otorgó la tutela a Hidalgo. “Todo fue normal hasta que la mamá pidió tener otra vez a Lucio”, dijo la tía la semana pasada, en el inicio del proceso. Eso fue en “octubre o noviembre de 2019″, recordó sin precisiones Maximiliano.
La historia del jury que terminó en absolución
Espósito Valenti reclamó la tenencia de su hijo explicando ante la Justicia que había formado una pareja con una mujer llamada Abigaíl Páez, que había alquilado un departamento y que había comenzado un emprendimiento de venta de tortas. Ese reclamo derivó tiempo después en discusiones y violencia con los Dupuy.
Hidalgo relató que Espósito Valenti la amenazaba: “Me decía que me iba a pasar de todo…. Lucio no era un nene que pidiera irse con su mamá. Yo le dije que no se lo iba a devolver. Mi marido también le dijo que no, entonces ella fue a denunciarnos y la Policía nos sacó al nene”.
Llegado el 5 de febrero de 2020 se inició un expediente de cuidado personal. La primera audiencia de mediación para intentar arribar a un acuerdo se iba a producir el 13 de marzo siguiente, pero Hidalgo no pudo presentarse porque días atrás había sido madre de mellizos. Ya a fines de junio, las partes acordaron un régimen de visitas que, sin embargo, no prosperó. Posteriormente, el 17 de julio de 2020, la madre se presentó otra vez en la Justicia y requirió que se deje sin efecto la tutela. Para ese entonces, la relación entre ella y los tíos estaba signada por los escándalos y las acusaciones cruzadas.
En época de plena pandemia, con restricciones a la circulación, Magdalena se llevó a Lucio a Santa Rosa y el chico nunca más regresó con sus tíos. En ese contexto, la Justicia volvió a intervenir para darle un cierre al conflicto.
El 28 de agosto de aquel año se realizó una nueva audiencia entre las partes en pugna por Lucio. Allí se llegó a un acuerdo y Espósito Valenti se quedó definitivamente con su hijo. Los tíos explicaron luego que accedieron porque ya no soportaban la situación y quisieron proteger a Lucio, que con cuatro años fue testigo de varios momentos desagradables que incluían la presencia policial.
El acuerdo fue revisado por Catán, que nuevamente dio su visto bueno. Así, Pérez Ballester finalmente lo homologó el 4 de noviembre de 2020.
Tras analizar el caso, la Procuración les objetó a Pérez Ballester y Catán una serie de omisiones, entre ellas, no haber citado a declarar al padre en ambos trámites y no haber dado lugar a que Lucio se expresara en el expediente de cuidado personal.
El tribunal, finalmente, no coincidió con la parte acusatoria.