En el marco de las acciones de fiscalización el organismo que conduce Guillermo Michel concluyó el análisis del proceso de importación de equipamiento y determinó que la empresa de origen chino no tributó los valores correspondientes a software y licencias, tal como debía hacerlo.
La Dirección General de Aduanas (DGA) reclamó US$ 28 millones a la fabricante china de celulares Huawei por tributos no percibidos, y decidió aplicarle una multa de $407 millones.
El organismo tomó la medida luego de que el área de empresas vinculadas de la Aduana realizara un análisis del valor de las importaciones de la filial argentina de la firma asiática. El procedimiento concluyó con el dato de que la filial argentina de Huawei importó equipos (hardware) para desarrollos tecnológicos en el país a su matriz de China.
Los equipos forman parte de contrataciones globales denominados “Sistemas”. Esta característica supone la existencia de especificaciones técnicas que hacen inescindible el hardware, el software y los derechos de licencias, lo que conlleva a la compra de forma integral como requerimiento ineludible.
Al respecto, la Aduana precisó que no pueden comprarse los equipos (hardware), sin adquirir al mismo tiempo el software ni cancelar previamente los derechos de licencia a la matriz.
Según el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), antecesor de la Organización Mundial de Comercio (OMC), que suscribió Argentina a partir de las leyes 23.311 y 24.425, cuando el comprador (importador) está obligado a pagar además del precio convenido para las mercancías una suma de dinero adicional denominada “canon, derecho de licencia o simplemente regalía” en retribución del derecho a usar esa creación intelectual de la otra parte, esa suma de dinero “integra el valor a los fines aduaneros”.
En este caso, la Aduana determinó que la empresa de tecnología tenía pleno conocimiento de los derechos de licencia que estaba obligada a pagar por la importación de las mercaderías, según la firma de los contratos respectivos.
Por otra parte, tenía conocimiento de la existencia y el quántum de esa obligación, negando dicha circunstancia en los formularios “Declaración del Valor en Aduana” (OM-1993/1-A). Sin embargo, sólo declaró el valor de los equipos, sin incluir en la base de los tributos aduaneros el valor del software y de las licencias.
Por ello, la Aduana formuló denuncias administrativas por la declaración inexacta de la empresa que generó un perjuicio fiscal, en los términos del artículo 954 inciso a) del Código Aduanero, y reclama una diferencia de tributos de US$ 28 millones, aplicando una multa de $ 407 millones.