El abogado dio detalles en la 99.9 de un fallo ejemplar en la Cámara Federal de Casación Penal pero advirtió sobre la manera en la que el juez Falcone utiliza un “refritado dogmático“.
Luego de un fallo resuelto en Casación quedó en evidencia como a veces, las causas en ciertos juzgados de Mar del Plata, se generan a partir de un hecho que nunca sucedió. Ese es el caso de los hermanos Méndez que fueron absueltos en una causa donde los acusaban de graves delitos.
En un paso previo, la Corte Suprema de Justicia anuló las condenas que pesaban sobre dos hermanos de Tandil; Emilio Felipe Méndez y Julio Manuel Méndez. Habían sido sentenciados como partícipes del secuestro y asesinato de un abogado laboralista en la última dictadura militar, pero no había pruebas en su contra.
El abogado de ambos, Andrés Arla dio detalles de las novedades que se dieron recientemente a través de la 99.9: “la Cámara Federal de Casación Penal estableció la plena inocencia de los dos imputados y los absolvió de culpa y cargo por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada, tormentos y el homicidio agravado de la víctima, Carlos Alberto Moreno. Después los fundamentos del fallo hay que integrarlos con la sentencia del fallo de la Corte Suprema del 22 de diciembre de 2020 que ordenó la revisión íntegra de la sentencia que a su vez había sido mal revisada por la misma Cámara de Casación Penal con otra integración”.
A partir de la revisión que se realizó, hubo un voto, el de Carlos Rosenkrantz que marcó la tendencia de lo que luego se determinó: “se planteó una cuestión central que es la acreditación de la participación de los hermanos Méndez en los hechos imputados porque la corte había delimitado el objeto procesal en diciembre. Rosenkratz tuvo un voto más abierto y profundo, con mucho coraje ingresó al fondo del asunto y dijo que había una gran arbitrariedad en el fallo del Tribunal Oral y utilizó la palabra elucubración al respecto de la acusación de los hermanos Mendez”.
Lo que a partir de ahora y más allá del fallo favorable le preocupa al Dr. Arla es que este mecanismo para imputar personas se sigue empleando: “hay una estructura que quedó vigente que es la fórmula de la teoría que se utiliza en ese tribunal para juzgar estos delitos. Una fórmula dogmática o de refritado dogmático que en un capítulo de la sentencia se llama “la superación del pasado a través del derecho penal”. El Dr. Falcone tiene una mirada muy particular de como juzgar estos delitos”.
La interpretación del juez ha sido un tema preocupante porque se van a seguir formulando causas de este tipo: “la teoría de Falcone es una vuelta de tuerca más y en un punto aparece un fritado selectivo que deriva en una nueva dogmática que tiene más que ver con otro Código Penal y otra Constitución pero no para la que tenemos nosotros. Es algo para discutir. Se armó una fórmula peligrosísima al margen del derecho y eso sigue vigente”.