Una comisión especial, que debate y elabora el anteproyecto de reforma para que sea aprobado por el Congreso, ya contempla que el grooming y la circulación de pornografía infantil tengan penas más altas
La difusión no consentida online de material íntimo, modificaciones en la penalización del grooming y la pornografía infantil en Internet y nuevos delitos informáticos podrían ser incorporados al nuevo Código Penal, según se anticipó en las últimas horas desde el Ministerio de Justicia de la Nación.
La Comisión de Reforma del Anteproyecto del nuevo Código Penal ya decidió “elevar las penas de los delitos por medios informáticos como el grooming y la pornografía infantil”, se informó a través del portal oficial Justicia 2020. Si bien aún no se conoce la redacción final, el abogado Marcos Salt, titular del Programa Nacional contra la Criminalidad Informática del Ministerio de Justicia, adelantó los aportes que realizó a la Comisión en relación a delitos relacionados con Internet.
“Como el Código Penal se reformó en 2008 -explicó el funcionario-, nuestra idea es que no resulta necesario cambiar todo, sino corregir los tipos penales existentes teniendo en cuenta algunos cambios acaecidos desde entonces y la experiencia práctica de diez años de aplicación. También, sumar algunas acciones que no se previeron en aquel momento”.
Entre las propuestas del equipo que coordina Salt se incluyó el groming, y lo que sugirieron “es modificar la redacción (de la ley 26904), clarificando situaciones que resultan conflictivas para la jurisprudencia con la redacción actual, y también el aumento de la pena”.
En cuanto a la pornografía infantil, desde la cartera de Justicia se precisó que propusieron modificar el artículo 128, “previendo como punible con una pena menor la mera tenencia de pornografía infantil”, y aumentar así la pena cuando “se produjere, financiare, ofreciere, publicare, facilitare, divulgare o distribuyere”.
Según explicó Salt, se plantearon “penas agravadas para casos especiales, como cuando la conducta se realiza con fin de lucro, o utilizando menores de 13 años o supuestos de autores especiales como padres, tutores, una autoridad religiosa de cualquier culto o un educador”.
El equipo de Justicia recomendó, además, incluir tipos penales nuevos “para abarcar phishing (obtención bajo engaño de claves, datos personales, datos financieros o confidenciales de un tercero) y suplantación de identidad con la finalidad de cometer delitos o causar perjuicio a terceros”, explicó Salt.
El daño informático es otro aporte del Programa, “ya que al tipo penal básico se le adiciona un tipo agravado para diversos supuestos, esto es, cuando se haya afectado a un número indiscriminado de sistemas informáticos o hubiera perjudicado el funcionamiento de servicios públicos esenciales o la provisión de bienes de primera necesidad”. Y, también, “cuando afecte al sistema informático de una infraestructura crítica conforme al marco normativo vigente, o el daño hubiera creado una situación de peligro grave para la sociedad”.
Otra propuesta fue en relación a la llamada “porno venganza”, que no es otra cosa que difundir, revelar, enviar, distribuir o de cualquier forma poner a disposición de terceros imágenes, grabaciones de audio o audiovisuales de naturaleza sexual, producidas en un ámbito de intimidad.
La Comisión, creada como se dijo para la nueva redacción del Código, anunció que retomará sus tareas el próximo 7 de febrero para seguir con las rondas de presentación del anteproyecto, antes de darle estado legislativo.