La abogada de la Asociación de Vïctimas del Terrorismo (AVT) en España, Carmen Ladrón de Guevara habló en la 99.9 sobre el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que obliga al estado español a indemnizar por malos tratos a los etarras condenados por el atentado en el Aeropuerto de Barajas. “Existe hasta un manual de la organización terrorista para que sepan como deben actuar”, remarcó sobre estas presentaciones.
La reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que condena a España a indemnizar por malos tratos a los etarras condenados por el atentado de la T4 en el aeropuerto de Madrid-Barajas por lo que indican como un uso desmedido de la fuerza en la detención de estas personas, generó la reacción inmediata de quienes se encargan de defender los derechos de las víctimas.
La abogada española Carmen Ladrón de Guevara como representante de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) repudió esta medida en la 99.9 indicando que “siempre que hay decisiones judiciales en estos términos, mi primera visión va hacia las víctimas. Esta vez quise ir más allá desde el punto de vista jurídico para mostrar porque no estamos de acuerdo con la sentencia”.
Este tipo de presentaciones por parte de las personas que llevan adelante atentados es sistemático, pero esta vez la condena hacia el estado español es considerado por la letrada como un exceso que no se puede soslayar: “en siete ocasiones respecto de las denuncias de torturas que presentan los integrantes de ETA cuando son detenidos, algo que es sistemático porque existe hasta un manual de la organización terrorista para que sepan como deben actuar, hay pronunciamientos donde Estrasburgo condena al estado español por no investigar estas denuncias. La novedad es que ahora va más allá y entra en el fondo de la cuestión diciendo que se utilizó violencia extralimitada en la detención y no estaba justificada. Dice expresamente que no es tortura pero se podía incluir como un trato degradante”.
Si bien Ladron de Guevara explicó que hubo un necesario uso de la violencia, ya la justicia española se dedicó a investigar el caso absolviendo a quienes hicieron las detenciones: “fue una detención violenta porque las dos personas en cuestión se resistieron, uno de ellos intentó sacar un arma, intentaron huir y los agentes de la Guardia Civil se vieron en la obligación de correrlos. Uno de los agentes debió abalanzarse sobre uno de ellos para que no se escaparan. Fruto de ello se provocaron lesiones. El Tribunal Supremo estableció que no hubo tortura y la fuerza ejercida era propia de su deber, por lo tanto los absolvió”.
Esto genera que el fallo sea aún peor porque sobrepasa una jurisdicción que no le corresponde: “el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no tiene competencia en la jurisdicción penal, pero si dice que hubo tratos inhumanos y degradantes deja fuera la sentencia del Tribunal Supremo. Por eso creo que se han excedido, se están comportando como una instancia superior cuando no lo son”, definió la abogada.
Ahora irán en búsqueda de una revisión de este fallo porque para ella está muy claro el escenario: “esperamos que se recurra esta sentencia y llegarles a los miembros del Tribunal para explicarles como ha sido el caso. Es evidente que no hubo uso excesivo de la fuerza”, finalizó.