Con apoyo del FPV, el Gobierno logró en Diputados dar media sanción a la ley del arrepentido

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El proyecto fue aprobado casi por unanimidad: 194 votos a favor y sólo 5 en contra; continuaba anoche el debate de otra iniciativa clave, sobre la extinción de dominio

En Brasil, la delación de un ex director de Petrobras, devenido en arrepentido cuando la justicia constató su participación en el caso de corrupción más escandaloso de ese país -conocido como operación Lava Jato-, provocó la detención de una treintena de políticos, funcionarios y empresarios del más alto nivel.

¿Será José López, el ex secretario de Obras y Servicios Públicos del kirchnerismo, el arrepentido argentino que revele el entramado de corrupción con la obra pública que investiga la Justicia? ¿Hablará López, hoy detenido por intentar esconder casi nueve millones de dólares en un monasterio? Ambos interrogantes sobrevolaron el debate de ayer en la Cámara de Diputados. Nadie anticipó una respuesta, pero en lo que sí coincidieron los legisladores es en que la Justicia contará con la herramienta adecuada: una ley del arrepentido para casos de corrupción. Ayer, la Cámara de Diputados apuró su tratamiento y le dio media sanción casi por unanimidad.

Al cierre de esta edición, la Cámara baja también avanzaba a toda velocidad en otro proyecto anticorrupción: el que establece la extinción de dominio, que permite que aquellos bienes de origen ilícito puedan ser recuperados por el Estado sin necesidad de una condena previa de la persona acusada. Esta iniciativa, a diferencia de la del arrepentido, generaba objeciones serias en la oposición. “Es inconstitucional porque viola el derecho de propiedad consagrado en la Constitución”, alegaban en el kirchnerismo.

“Pactos de silencio”

El apoyo fue contundente: 194 votos positivos frente a cinco negativos. Salvo los bloques de izquierda y el diputado kirchnerista José Ciampini, las restantes bancadas -incluido el Frente para la Victoria (FPV)- votaron a favor.

“Con esta ley se abre la posibilidad de que algunos pactos de silencio sean rotos”, exaltó la diputada Gabriela Burgos (UCR), presidenta de la Comisión de Legislación Penal.

En líneas generales, la iniciativa -que se basó en un anteproyecto de la Oficina Anticorrupción- propone beneficiar con una reducción en su pena a todo aquel imputado que brinde información “precisa, útil y verosímil” que le permita a la Justicia avanzar en una investigación. No podrán acogerse a esta figura aquellos funcionarios susceptibles al proceso de juicio político (como el presidente, los ministros del Poder Ejecutivo o los jueces que integren la Corte Suprema); tampoco podrá aplicarse en las causas sobre delitos de lesa humanidad.

“El objetivo es lograr que las investigaciones judiciales lleguen a las máximas consecuencias -enfatizó Luis Petri (UCR), presidente de la Comisión de Seguridad-. No estamos dando un beneficio para que el arrepentido quede libre de culpa y cargo; estamos otorgando beneficios procesales, que no contemplan la posibilidad de eximirse de la pena.”

Justamente, el kirchnerismo confirmó su apoyo al proyecto una vez que el bloque oficialista aceptó, durante la redacción del dictamen, que el arrepentido no pudiera beneficiarse de la extinción de la pena. Por lo tanto, el principal beneficio procesal será la suspensión de la acción penal y la reducción de un tercio del mínimo a la mitad del máximo de la pena de que se trate. A quien fuere condenado a prisión perpetua la pena podrá reducírsele hasta 15 años de prisión.

Asimismo, el oficialismo aceptó eliminar del proyecto la figura del “colaborador eficaz”, otro reclamo del FPV. Con este instituto se pretendía que no sólo los arrepentidos en una causa, sino también imputados en causas conexas pudieran proveer información útil para una determinada investigación. Esto quedó finalmente sin efecto.

En rigor, la figura del arrepentido ya existe en nuestro Código Penal, ya que está contemplada para los delitos de privación ilegítima de la libertad, trata de personas, secuestros extorsivos, lavado de dinero, terrorismo y narcotráfico. Con este proyecto se pretende extender el instituto a otros delitos, como contrabando, asociación ilícita, prostitución, pornografía infantil y delitos contra el orden económico y financiero.

Pero el aspecto más innovador del proyecto tiene que ver con los casos de corrupción: el arrepentido puede brindar información útil en causas de enriquecimiento ilícito, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, enriquecimiento ilícito, exacción ilegal, prevaricato y fraude contra la administración pública.

Desde la izquierda, Miriam Bregman planteó sus dudas sobre la eficacia de la herramienta. “Con esta ley, José López vuelve a su casa”, advirtió.

Claves de la propuesta

Un proyecto que fue promesa de campaña del oficialismo

Se le podrá reducir la pena a toda persona imputada cuando durante la sustanciación de un proceso brinde información o datos precisos, comprobables y verosímiles

El proyecto que se giró al Senado propone extender la figura a delitos como los cometidos contra la administración pública, entre los que se encuentran el cohecho, el tráfico de influencias, la malversación de caudales públicos, el enriquecimiento ilícito, la exacción ilegal, el prevaricato, el fraude contra la administración pública. También se podrá aplicar en casos de asociación ilícita y falsificación de monedas y títulos

El beneficio procesal para el arrepentido consistirá en la suspensión de la acción penal y la reducción de un tercio del mínimo a la mitad del máximo la pena que se trate

Será reprimido con prisión de cuatro a diez años aquel arrepentido que proporcione información falsa

El acuerdo entre el arrepentido y el fiscal de la causa deberá ser homologado por el juez interviniente

No podrán acogerse a esta figura aquellos funcionarios susceptibles al proceso de juicio político (el presidente, los ministros del Poder Ejecutivo o los jueces que integren la Corte Suprema); tampoco podrá aplicarse en las causas sobre delitos de lesa humanidad

La figura ya existe en nuestro Código Penal, ya que está contemplada para los delitos de privación ilegítima de la libertad, trata de personas, secuestros extorsivos, lavado de dinero, terrorismo y narcotráfico