El fallo beneficia a 600 personas en Mendoza. Las empresas fueron condenadas por no darles atención a los afectados. Ahora, la Comisión Nacional de Transporte debe fijar el monto. Quejas de empresarios.
Un fallo inédito de la Justicia Federal en Mendoza obliga a indemnizar a cerca de 600 pasajeros que quedaron varados en mayo del año pasado por un paro de choferes de larga distancia. La demanda presentada por la ONG Protectora Defensa del Consumidor se centró en la falta de información, abandono de los pasajeros y la pérdida de los pasajes en la mayoría de los casos.
El paro que comenzó el 2 de mayo de 2013 se sintió en todo el país. Fue convocado por la Unión Tranviarios Automotor (UTA) en reclamo de mejoras salariales. En Mendoza, hubo turistas que quedaron varados 20 horas en la Terminal de Ómnibus y tuvieron que ser asistidos por el Gobierno de Mendoza. Fueron alojados en un polideportivo, en colchones sobre el piso, para que durmieran bajo techo. Hubo piquetes alrededor de la terminal y las quejas de los pasajeros no tuvieron respuestas porque las empresas de transporte y la delegación local de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte, cerraron sus oficinas. No había a quién reclamarle.
“Los habían dejado tirados en la Terminal, no se les había dado alojamiento, alimentos ni información. Fue todo un fin de semana de desidia”, dijo Mario Vadillo, referente de Protectora.
Desde las empresas, hubo quejas. Gustavo Gaona, vocero de la Cámara Empresaria de Larga Distancia, dijo que “no hay antecedentes de un fallo así” y afirmó que la resolución es injusta hacia las empresas.
En los fundamentos del fallo se relatan las horas caóticas del paro convocado por la UTA: “hubo una cancelación intempestiva del servicio, las boleterías se cerraron y no había comunicación en los medios masivos sobre el tiempo en que se volvería a prestar el servicio”. La presentación remarca que se sucedieron quejas por la no devolución de los pasajes, la falta de atención de la delegación Mendoza de la CNRT y el estado de abandono de pasajeros en tránsito: “(hubo) personas con escasos recursos, que debieron permanecer a la intemperie, hasta tanto recibían de sus hogares dinero para solventar sus requerimientos mínimos, que no fueron brindados por las empresas”.
En primera instancia, la jueza Olga de Arrabal ordenó obligar a la CNRT a dar información a los pasajeros sobre sus derechos. Pero el abogado de Protectora dijo que decidieron apelar a la Cámara Federal porque la empresa “debe hacerse cargo de llevar al pasajero a destino sano y salvo”.
El fallo que ordena la indemnización, firmado por los integrantes de la Sala B de la Cámara de Apelaciones, Hugo Echegaray, Roberto Naciff, y Juan Antonio González Macías, encomienda al ente regulador del transporte a cuantificar la compensación económica y “obligar (a las empresas) a resarcir, hasta el valor máximo que indica el art. 40 bis de la ley 24.240”. El monto, según la ley de Defensa del Consumidor, puede equivaler, como máximo, al valor de cinco Canastas Básicas del Indec (calculada en 577 pesos por persona por mes). Es decir, que cada pasajero podría cobrar hasta $ 2.885.
La sentencia fija el deber de informar a través de los medios de comunicación y personalmente, tanto el lugar en cada uno de los destinos frustrados y horarios como fechas para hacer los reclamos, la documentación que deberán presentar los damnificados y el plazo para cobrar el resarcimiento.
Para las empresas de transporte que operan en Mendoza, el fallo los pone “casi en un default técnico” si tienen que costear solos los gastos de los pasajeros varados por un paro. El empresario Mauricio Badaloni, del Grupo Andesmar, dijo que la Justicia no responde a sus denuncias por la rotura de coches y otros daños que han sufrido en este tipo de paros, donde se ven damnificados porque “cada butaca que no se vende es una pérdida”.
Para la ONG, “esto es un gran precedente de lo que es dejar a un consumidor como rehén”, dijo Vadillo, el abogado de Protectora.