La puesta en vigor de la norma 27.362 fue dispuesta mediante el decreto 329/2017, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano.
El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto de promulgación de la ley votada por el Congreso que excluye de la aplicación del denominado 2×1 a condenados por delitos de lesa humanidad.
“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley N° 27.362, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 10 de mayo de 2017”, señala el Decreto 329/2017 firmado ayer por el presidente Mauricio Macri, antes de emprender su gira por Asia.
De esta manera, el Gobierno dio los pasos formales para intentar cerrar la polémica desatada tras el fallo de la Corte Suprema de Justicia que benefició con el 2×1 al represor civil Luis Muiña, lo que generó una multitudinaria marcha a Plaza de Mayo.
Entre martes y miércoles, el Congreso había sancionado la ley interpretativa para excluir del beneficio de la reducción de pena a represores casi por unanimidad, con un solo voto en contra, el del diputado salteño Alfredo Olmedo.
Ocho días después del polémico fallo, el Presidente criticó la decisión de la Corte y manifestó su satisfacción por la “celeridad del Congreso en resolver el vacío legal” que había dejado el kirchnerismo en torno a esta cuestión.
En el primero de sus tres artículos, el texto señala que “de conformidad con lo previsto en la ley 27.156, el artículo 7º de la ley 24.390 ‘derogada por ley 25.430’ no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional”.
Luego, en el segundo, precisa que “el cómputo de las penas establecido en su oportunidad por el artículo 7° de la ley 24.390 ‘derogada por ley 25.430‘ será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella ley”.
Finalmente, el tercer punto de la norma aclara que “lo dispuesto por los artículos anteriores es la interpretación auténtica del artículo 7° de la ley 24.390 ‘derogada por ley 25.430‘ y será aplicable aún a las causas en trámite”.
El proyecto de ley se ideó rápidamente en el Parlamento luego de que el miércoles 3 de mayo la Corte Suprema de Justicia, con los votos de los ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, concediera el beneficio del 2×1 al represor Luis Muiña.
En ese marco, el martes la Cámara de Diputados le dio media sanción a la iniciativa, en tanto que un día después el Senado la aprobó definitivamente para que finalmente el Gobierno la promulgara.
El fallo del máximo tribunal del país obtuvo un fuerte rechazo político y social que derivó en una masiva manifestación el miércoles en Plaza de Mayo que se replicó en todo el país.