La Corte de Apelaciones de Milán confirmó un fallo de primera instancia que benefició a un sindicalista acusado de violencia sexual contra una azafata. La justificación es que la mujer tardó 20 segundos en negarse a tener relaciones.
Hace un año un tribunal de Roma absolvió al portero de una escuela de cine que abusó de una estudiante de 18 años porque le había tocado la cola “solo” durante 10 segundos. Ahora, la Corte de Apelaciones de Milán dejó libre a un sindicalista que abusó sexualmente a una azafata porque la mujer supuestamente tardó 20 segundos en dejar claro que no quería mantener relaciones con él.
El fallo confirmó la sentencia de primera instancia de un tribunal de Busto Arsizio, en el norte de Italia, en 2022.
Maria Teresa Manente, responsable de la oficina legal de la asociación “Differenza Donna” (Diferencia Mujer), que patrocinó a la víctima, anunció que apelará el fallo ante el tribunal de Casación, máxima instancia judicial del país. “Esta sentencia atrasa 30 años”, denunció.
Cómo fue el caso que escandaliza a Italia
El caso se remonta a marzo de 2018 cuando una azafata, cuyo nombre no trascendió, se dirigió al sindicalista Raffaele Meola, encargado de los asuntos gremiales del aeropuerto de Malpensa, en Milán. La aeromoza necesitaba asesoramiento por una situación laboral, según la prensa local.
Según denunció la mujer, Meola cometió “violencia sexual” durante la reunión.
La azafata hizo la denuncia, pero la justicia de Busto Arsizio, en la provincia de Varese, absolvió al acusado. La titular del tribunal de primera instancia, Nicoletta Guerrero, dijo que en el proceso “se le creyó a la víctima”, pero que no se logró probar el hecho.
Ahora, la Corte de Apelaciones de Milán avaló el fallo en primera instancia.
Según La Stampa, para los jueces la mujer tuvo 20 segundos de pasividad cuando ocurrió la agresión y esa “demora” echaría por tierra la denuncia.
“Esta sentencia nos retrotrae 30 años y reniega de toda la jurisprudencia del Tribunal Supremo que desde hace más de diez años afirma que un acto sexual, realizado de manera repentina, sin contar con el consentimiento de la mujer, es un delito de violencia sexual y debe ser juzgado como tal”, dijo Manente.