España condena a periodista por revelar secretos de crimen

Según el medio Huelva Información, la sentencia contra la periodista es la primera de este tipo que se dicta en España.

Un tribunal de España ha condenado a dos años de prisión por un delito de revelación de secretos a una periodista -cuyo nombre no ha sido revelado- que publicó una serie de artículos con el contenido de las diligencias judiciales del asesinato de una joven en un pueblo de Huelva (suroeste) en 2018, según trascendió este domingo.

Dos periodistas del diario local Huelva Información fueron denunciados por la familia de la víctima por considerar que cometieron un delito contra la intimidad al contar detalles que aparecían en el sumario del caso -de carácter reservado- que instruía un juzgado de la zona.

En la sentencia, la Audiencia Provincial de Huelva absuelve a uno de ellos por considerar que el artículo que publicó no incurría en delito. Por el contrario, condena a su compañera a prisión, a una multa de 18 meses con una cuota de seis euros diarios y a la inhabilitación para el ejercicio de la profesión periodística durante el tiempo de la condena. Además, le impone una indemnización de 30.000 euros (unos 33.000 dólares) para la familia de la joven asesinada.

La sentencia, a la que tuvo acceso la agencia EFE, es la primera de este tipo que se dicta en España, según Huelva Información y Diario de Sevilla, el medio que adelantó el fallo judicial que afecta a esta periodista.

Los magistrados dan por cierto que “se hizo con plural contenido de las diligencias judiciales del sumario que se instruía, de carácter reservado, y las dio a conocer con acotaciones literales a través de diversos artículos”.

El culpable del crimen, Bernardo Montoya, fue sentenciado a prisión permanente revisable en 2021 por agredir sexualmente y asesinar a Laura Huelmo, una maestra de 26 años. En estos artículos se informaba sobre las versiones que había dado el acusado ante el juez y se daban detalles de las lesiones sufridas por la víctima según la autopsia, entre otros datos.

Aunque la información sobre sucesos “es de interés general y tiene relevancia pública”, indica la sentencia, no está protegida por la libertad de información “la divulgación de datos que afectando a la intimidad sean enteramente ajenos a lo ‘noticiable’, excedan de cuanto pueda tener relevancia informativa o puedan calificarse de irrelevantes, gratuitos o innecesarios”.

La periodista se amparó en el secreto profesional para no revelar cómo accedió al contenido del sumario, según la sentencia.