Fernando Soto: «La aprobación de la ley de reiterancia y el juicio en ausencia es un cambio histórico»

El Director Nacional de Normativa y Enlace Judicial del Ministerio de Seguridad habló en la 99.9 sobre la importancia de estas modificaciones que fueron aprobadas.

En la última sesión desarrollada en la legislatura nacional, se aprobaron la Ley de Reiterancia y de Juicio en Ausencia que pasan a ser herramientas que permiten cambios profundos en el accionar judicial.

Así lo destacó en la 99.9 el Director Nacional de Normativa y Enlace Judicial del Ministerio de Seguridad Fernando Soto: «tiene consecuencias en las provincias y se aplica en las provincias. En lo que son delitos federales, por ejemplo drogas, en la ciudad de Buenos Aires más de la mitad de los robos son cometidos por gente que vive en provincia de Buenos Aires y que están llenos de antecedentes, causas en trámites, condenas, incluso rebeldías, capturas, evasión a la autoridad, resistencia a la autoridad. Todas esas pautas, inclusive no cumplir una perimetral, una causa de familia, son las que el juez va a evaluar ahora en esta ley para darle o no la libertad. Va a tener impacto, es un cambio histórico, se vuelve la reincidencia del código penal en 1991. Reiterancia es otra cosa, pero también se modificó. La reincidencia es cuando alguien tiene una condena firme y suma otra condena firme. El código penal dice no se le puede dar la libertad y eso lo cumplen todos. Pero por Zaffaroni en el 84 se dijo «esperen», para que haya reincidencia tiene que haber una condena firme a prisión, cumplida parcial o totalmente en prisión. No basta que sean suspenso o multa o inhabilitación y que también tenga que haber cumplido total o parcialmente pena prisión. Nadie la ha declarado reincidente. Ahora con una segunda pena, la que sea, va a la cárcel y no sale. Estos cambios son fundamentales porque se aplica inmediatamente».

Hay muchos aspectos que además se analizaron y votaron y que considera Soto que también serán muy buenas para la sociedad: «otro cambio que hicimos y salió en esta ley es que cuando alguien tiene una condena, además de ser reincidente y reiterante, se le unifican las condenas. Por ejemplo, si lo condenan a seis años y en otra causa a cinco años deberían darle 11 años. Los jueces en un sistema que se llamaba de composición, le bajaban la pena. En vez de tener 11, con dos condenas firmes, con prueba confirmada por cámara, en un caso de una condena de seis y otro proceso de cinco, por ejemplo, le daban ocho, le bajaban varios años la pena. Ahora se va a ser que los presos cumplan la condena y que no puedan salir cuando cometan nuevos delitos».

En otro orden, agregó que hay una modificación importante para la ley antimafia: «es la que organiza al estado frente a los delitos violentos del crimen organizado. Hoy en día el estado está desorganizado frente al crimen organizado. Ahora la justicia federal y la provincia intervienen en forma conjunta. Se declara un territorio con una investigación especial y por delitos que están especificados; directamente actúan con las fuerzas provinciales de seguridad y con todos los fiscales federales y la provincia. Cuando se encuentran bienes con un fundamento verosímil, que es proveniente de un hecho ilícito, una estancia, un campo, un auto, lo que fuera, se lo decomisa anticipadamente, se remata y se usa. Si llegan a ser absueltos, se le devuelve el bien. Si el bien no está, por lo que fuera, se le devuelve el valor del bien, no la indemnización ni el lucro cesante del daño moral. Esto hace que en vez de tener autos que se pudren, que le faltan cosas a lo largo de los años, en una playa policial, eso se use para la fuerza de seguridad, para los hospitales, que el dinero se use para la salud, para la educación, para la seguridad. Un cambio también fundamental, histórico. La plata de los chorros y de la corrupción tiene que volver a la gente».

Respecto del paso que se ha dado para el juicio en ausencia, también señaló que será algo muy importante: «por ahora, se aplicaba sólo los casos de terrorismo, de lesa humanidad, los del tratado de la Corte Penal Internacional, delitos internacionales y terrorismo. ¿Pero qué pasaba? Se quedan prófugos. El terrorista tiene una organización internacional como Hamas y no hay convenios de extradición con esos países, por lo tanto quedan prófugos. Las causas prescriben. Ahora no, con todas las garantías se les da la posibilidad de designar un defensor aún en ausencia, aunque esté fugado. Y si no lo designa, se le asigna uno de oficio, se notifica a él, a los familiares, a los allegados, pueden controlarlo y se guarda todo el registro de prueba, 100 años en vídeo, todo el juicio. Y si llega a demostrar que él, por alguna razón, efectivamente no se enteró o no pudo participar por algo que le impidió ejercer ese derecho y no porque se fugó, se puede revocar la sentencia. La condena no es necesariamente una condena, puede ser una absolución, pero por lo menos se puede llegar a un juicio oral».

Lo que tienen claro es que fueron contra una ideología establecida que tiene detrás una estructura de negocios y por eso es más valioso ya que es difícil poner estos temas en debate: «en todos los casos donde uno toca estas cuestiones, siempre atrás hay millones de dólares, invariablemente. La ideología en realidad es un discurso, un escudo para justificar el robo. Y la sostienen porque es el negocio, es terrible. Estoy convencido que en las elecciones esto empezará a cambiar, porque para que la Argentina, nuestros hijos, nuestros nietos tengan un país como tenían nuestros abuelos, que haya un cambio».