¿Fin del garanticidio?

La Sala II de la Cámara Federal de Casación estableció que solo un fallo condenatorio interrumpe la prescripción de un delito. El máximo tribunal revocó la decisión. Zaffaroni votó en contra.

CorteLa Corte se aleja de la prédica de Eugenio Zaffaroni. En una causa en la que se investiga si hubo defraudación en la venta de supermercados Norte, la Sala II de la Cámara Federal de Casación había decidido que solo una sentencia condenatoria extingue la prescripción. El tribunal tuvo en cuenta “el derecho a ser juzgado en un plazo razonable y la duración del proceso penal”.
La Corte revocó esa decisión y señaló que ese criterio hubiera hecho que una gran cantidad de causas prescribieran. Se trata de los expedientes anteriores al 2005, cuando se modificó el artículo 67 del Código Penal y se introdujo una serie de hechos que interrumpen la prescripción, como el llamado a indagatoria o la comisión de otro delito.
“El fallo excede el interés individual de las partes y se proyecta a numerosas causas que, iniciadas con anterioridad a 2005, se encontrarían próximas a sucumbir por extinción de la acción penal”, señaló la Corte, en una resolución que lleva la firma de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda. En cambio, no lo suscribieron Raúl Zaffaroni, Carmen Argibay y Enrique Petracchi.
De esta forma, continuará abierto el expediente en el que se investiga una supuesta defraudación en la venta de la cadena de supermercados Norte al Exxel Group en 2001.