Declaró la nulidad de diez conjueces que había designado el Gobierno para integrarla, tras la renuncia de Raúl Zaffaroni . La causa es que no tienen acuerdo de los dos tercios del Senado.
Con las herramientas legales que tiene a su alcance, la Corte Suprema cerró ayer el paso al intento oficial de forzar su ampliación de cinco a nueve jueces. El tribunal, por unanimidad, resolvió declarar la nulidad de la lista de los diez conjueces designados por el Gobierno para integrarla. Lo hizo por no contar esa lista con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado, como exige la Constitución en su artículo 99, inciso 4°.
De esta forma, como anticipó Clarín en exclusiva el viernes pasado, la Corte desarticuló el intento de la Presidenta de forzar el reemplazo del renunciante Eugenio Raúl Zaffaroni, quien se jubiló en enero, y eventualmente de impulsar luego la ampliación del tribunal sin tener el respaldo necesario en el Senado.
La decisión de la Corte, firmada por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton y Carlos Fayt, se produce una semana después de que se frenara por falta de apoyo la postulación del abogado kirchnerista Roberto Carlés como sucesor de Zaffaroni. Al mismo tiempo, sigue vigente la intención del Gobierno de llevar de cinco a nueve los miembros de la Corte, con el fin de colocar allí jueces afines que sigan en el cargo luego de que Cristina Kirchner deje la presidencia en diciembre.
La resolución de la Corte sucede, además, el día después de que por decisión del fiscal Javier De Luca, miembro de la agrupación oficialista Justicia Legìtima, quedase derrumbada la acusación de encubrimiento a iraníes por el ataque a la AMIA, que el fallecido fiscal Alberto Nisman había presentado contra la Presidenta.
La Corte, en su decisión, sostuvo que el nombramiento de los jueces de acuerdo con el procedimiento constitucionalmente establecido es uno de los pilares esenciales del sistema de división de poderes. Y agregó que la Constitución exige la participación del Poder Ejecutivo y Legislativo en la designación de los magistrados del Poder Judicial, con el fin de lograr un imprescindible equilibrio político.
Según consignó el Centro de Información Judicial (CIJ), “la Corte destacó que la reforma constitucional de 1994 puso especial énfasis en este objetivo y por ello, introdujo dos modificaciones fundamentales. Por una parte, incorporó al procedimiento de selección y nombramiento de los jueces federales la participación del Consejo de la Magistratura con el fin de atenuar la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en la propuesta y amortiguar la gravitación político-partidaria”. Y, por otra parte, “para limitar esa discrecionalidad, consolidar la independencia del Poder Judicial y reforzar el equilibrio político que debe primar en la integración de la Corte Suprema, se dispuso que los jueces designados para integrarla deberían contar con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presentes del Senado”.
Por todo esto, sostuvo la Corte, “teniendo en cuenta los principios republicanos que motivaron estas modificaciones, el Poder Ejecutivo no pudo aprobar una lista de conjueces para reemplazar en situaciones excepcionales a los ministros de la Corte que no hubiera contado con el voto de la mayoría de dos tercios exigida en el texto constitucional”.
Agregó que la conducta asumida por el Poder Ejecutivo no podía justificarse por el sólo hecho de que la intervención de estos conjueces fuera excepcional y limitada a unas pocas causas, ya que en esas situaciones actuarían como miembros del máximo tribunal y su intervención no sería distinta a la de los jueces titulares.
Según la Corte, “admitir lo contrario implicaría reconocer que todos los cuidados adoptados por los constituyentes para asegurar el principio de independencia del Poder Judicial de la Nación –cimiento en que se apoya nuestra organización constitucional– pueden ser burlados a partir de una interesada interpretación de una norma de rango inferior”.
La lista de los conjueces avalados en junio pasado por el Poder Ejecutivo está integrada por los abogados León Arslanian, Tomás Hutchinson, Ernesto Marcer, Héctor García Cuerva, Arístides Corti, Carlos Cárcova, Walter Huggias, Gustavo Ferreira, Ricardo Nissen y José Chirico, la mayoría de ellos vinculados directa o indirectamente con las posturas del gobierno nacional.
La sentencia de la Corte aclaró que su decisión no implicaba emitir juicio respecto de las condiciones profesionales o personales de los abogados de esa lista.