La Justicia de Colombia limita las intervenciones televisadas de Petro por vulnerar el pluralismo informativo

El Alto Tribunal ha dictaminado que el presidente ha hecho un «uso inadecuado de la prerrogativa de la alocución televisada».

El Consejo de Estado de Colombia ha dictaminado una resolución este jueves en contra de lo que ha considerado un «uso inadecuado» de las intervenciones presidenciales en televisión, y ha decidido así restringirlas las llamadas alocuciones del presidente del país, Gustavo Petro, a fin de evitar una «vulneración del derecho a la información» de los colombianos.

«La Sala ha concluido que el presidente y la Presidencia de la República han hecho un uso inadecuado de la prerrogativa de la alocución televisada», ha determinado el alto tribunal, según la nota publicada en la web. «Esta conclusión se ha basado en la falta de justificación de los temas tratados, así como en la frecuencia, reiteración y duración de las intervenciones», ha explicado, aseverando que «tales prácticas desconocieron la garantía del pluralismo informativo, que forma parte esencial del derecho fundamental a la información».

En esta línea, el Consejo ha señalado a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) por permitir «el uso indebido de la figura de la alocución presidencial» pese a tener las facultades para evitarlo. «Esto tuvo como efecto el monopolio de las fuentes informativas disponibles en la televisión que utiliza el espectro electromagnético, tanto en canales nacionales públicos y privados, así como regionales, locales y comunitarios», ha considerado.

La Sala ha incidido de este modo en que las alocuciones presidenciales deben estar sustentadas por los criterios de excepcionalidad y urgencia que, según la jurisprudencia constitucional colombiana, «deben regir las alocuciones presidenciales como garantía del principio democrático y del pluralismo informativo». Estos principios son la «justificación suficiente», la «no recurrencia» y la «limitación temática y temporal», ha enumerado la corte.

En consecuencia, el tribunal ha ordenado a la entidad reguladora que adopte medidas para regular el uso de la intervención presidencial y que expida antes de 2026 «un marco regulatorio que garantice el pluralismo e imparcialidad informativa», que «deberá incluir los mecanismos idóneos para futuras vulneraciones del derecho fundamental a la información por el uso de esta prerrogativa».

«Ningún servidor público, elegido o no por voto popular, incluido el Presidente de la República, posee poderes ilimitados que le permitan ejercer de manera arbitraria, desmedida o irrazonable las funciones que la Constitución y la ley le atribuyen», ha aseverado el Consejo.

Petro denuncia censura
No lo ha visto así el presidente Gustavo Petro quien, a través de varias y breves publicaciones en la red social X (anteriormente conocido como Twitter) ha aquejado una «censura» por parte del Consejo.

«Censura y simple censura», ha sentenciado el mandatario, que se ha preguntado, retóricamente, «¿Qué miedo a que hable?». «Eso se llama censura al presidente elegido por el pueblo», ha agregado en otro mensaje.

En su primera reacción, no obstante, el presidente ha ido más allá y ha denunciado que «el Consejo de Estado quiere dar su golpe de Estado: censurar al presidente». «No sé podía pensar diferente, creen que porque hablo, gano», ha replicado, sosteniendo que «podemos ganar pensando».