El juez Luciano Savignano de Pergamino fue quien dictaminó la medida cautelar que suspende el cobro de dos impuestos en la boleta de la luz que datan de 30 y 50 años de recaudación aunque el dinero no iba a los destinos anunciados inicialmente: “entre los dos tributos se habla de un 15,5% de la base imponible, se ha recaudado mucho dinero y se debe revisar”.
La justicia de Pergamino dictaminó una medida cautelar que suspende el pago de dos impuestos en la boleta de la luz que tenían, en uno de los casos casi medio siglo de recaudación, sin tener un destino comprobado concreto. El encargado de tomar esa resolución fue el juez Luciano Savignano que habló en la 99.9 y explicó que “el 30 de marzo se dictó una medida cautelar suspendiendo el cobro de esos dos impuestos porque los propósitos para los que fueron instituidos no estarían cumpliendo el cometido para el cuál fueron creados. El Dr. Honores solicitó que fuera extensiva a todos los habitantes de la provincia y se tomó la determinación de hacerlo”.
También destacó que se trata de algo momentáneo y que tendrán que seguir trabajando para llegar a una resolución final en el tema y que de manera permanente se suspenda el cobro: “la suspensión es provisional hasta que sea revocada o se tome una sentencia definitiva. Cuando hay un fuerte indicio de razón para quien lo solicita, se acciona de esta forma. El estado aquí es una parte y el otro los peticionantes, pero lo que se resuelva tiene que ser atendido por el estado”, agregó luego el magistrado.
Será en su propio juzgado donde tramite el resto de la causa, por lo que será también el encargado de analizar la prueba que se pueda obtener y poner sobre la balanza la validez del cobro de estos impuestos: “la cuestión de fondo se decide en este juzgado, se produce la prueba y luego se dicta una sentencia que puede coincidir o no con la cautelar”.
Claro que hay un sector que abogará por que no se termine revocando la posibilidad de cobrar los impuestos: “la fiscalía se opuso a lo dictaminado con una serie de argumentos como la potestad tributaria del estado, la presunción de legitimidad de los actos del estado, pero todo será sometido en materia de prueba”, aclaró Savignano.
Hasta el momento se ha recaudado mucho dinero y buscan que se compruebe la utilización del mismo para los fines acreditados en su origen, algo que no parece factible: “entre los dos tributos se habla de un 15,5% de la base imponible con impuestos que datan de más de 30 y 50 años por lo que se ha recaudado mucho dinero y se debe revisar. Estos dos cargos en algunas cuestiones no se aplican porque hubo fallos de la justicia de la Nación que había referido que para algunos casos no eran aplicables”, finalizó.