Noticas falsas | El diario de la ciudad mintió en relación con el testimonio que brindaron dos exfuncionarios de la comuna en una causa judicial. Ahora, la justicia ratifica que corresponde el derecho a réplica
El fallo de primera instancia estaba firmado por la titular del juzgado civil y comercial n°6, Gabriela De Sábato, y obligaba al Diario La Capital a otorgar derecho a réplica a los abogados Alejandro Vicente y Gustavo Gil de Muro. La jueza indicaba que habían publicado datos e información falsa que involucraban a los abogados, en el plazo en el cual se desempeñaban como funcionarios del gobierno de Carlos Fernando Arroyo.
El propio Vicente prestó declaraciones a la 99.9, y afirmó: «cuando un medio de comunicación contiene información inexacta o agraviante para una persona se pide derecho a réplica. A raíz de no haber sido admitido el pedido extra judicial que le hicimos al diario, le dimos lugar a la acción judicial. Recientemente la Sala 1° de la Cámara Civil y Comercial ratificó el fallo de primera instancia e incluso amplió algunos aspectos del mismo».
Explicó además que se trata de notas aparecidas en La Capital entre diciembre de 2019 y mayo del 2020, y que se refieren a una denuncia de Sergio Goransky contra el exintendente Arroyo. En el medio se vertía periódicamente información sobre la causa, pormenores del trámite procesal, y se hacía referencia a posibles irregularidades respecto de un decreto en la concesión de Playa Grande.
En este período, el diario insistía en vincular constantemente a los funcionarios con esa denuncia. Dice Vicente que desfiguraron los hechos y cambiaron algunas cuestiones primordiales: en carácter de qué habían sido citados a prestar declaración. Ese es el eje.
La mentira más grande publicada fue decir que ellos —a través del testimonio brindado— habían incriminado al ex intendente: «Hicimos la presentación judicial en octubre del 2020, y el juzgado de primera instancia admitió que la rectificación sería sobre 3 artículos donde se había chequeado que la información allí volcada era incorrecta. Ahora la Cámara amplió aún más el fallo, por lo que ahora La Capital debe habilitar el derecho de respuesta publicando en su versión digital y de papel un artículo donde se salvaguarde el buen nombre de ambos»”.
Los antecedentes
Los dos abogados se presentaron ante la justicia diciendo que hace más de 28 años tramitan centenares de procesos judiciales, juntos y separados, en diferentes instancias procesales. Han ejercido cargos electivos, ya que Vicente fue consejero directivo del Colegio de Abogados de Mar del Plata entre 2000/2002 y 2014/2018. Gil de Muro, por su parte, fue director de la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires en el periodo 2012/2016.
Ambos expusieron frente al tribunal que nunca habían sido denunciados ni demandados, y resaltaron que han ejercido cargos en la función pública sin que implicaran incompatibilidades con el ejercicio profesional de abogado, ya que Vicente fue asesor letrado municipal desde el año 1993 hasta el año 1998, inclusive. Durante la gestión del intendente Katz, fue director general de Legal y Técnica. En la gestión del intendente Arroyo se desempeñó como secretario de Gobierno. Ha cumplido mandato como representante graduado en el máximo órgano de gobierno de la Universidad Nacional de Mar del Plata, como asambleísta universitario por la Facultad de Derecho, en representación del claustro de graduados.
Por su parte, Gil de Muro explicó que ha sido relator del Honorable Concejo Deliberante, abogado en la Subsecretaria Legal y Técnica del municipio, y luego ocupó esa subsecretaría.
Ambos reclamaron ante el tribunal por este agraviante desarrollo periodístico. Entendieron que cada nota publicada tenía un contenido que excedía el marco mismo de las declaraciones testimoniales que estaban brindando, que existía una evidente animosidad, y que además se les ponían apodos, como “el tucumano” cuando se referían a Gil de Muro, o “el inmolado” cuando hablaban de Vicente. Dijeron que hubo conjeturas tergiversadas, hechos inexactos, datos agraviantes, e información imprecisa o con doble sentido que, además de estar reñida con la verdad, la adecuada redacción y el buen gusto, afectaba la dignidad, el honor y el buen nombre profesional de ambos.
Hubo una nota en particular, la del 19 de febrero de 2020, en la que a pesar de haber sido varios los testigos citados en la investigación penal, sólo se puso énfasis en el testimonio de estos dos abogados, sin contar mucho acerca de las razones del conflicto. Por eso dijeron que la información no fue objetiva ya que se puso en un segundo plano el eventual interés público de la noticia. A los responsables del medio periodístico parece es serles indiferente la posible inexactitud o falsedad de esos datos.
Publicar la réplica
Por todo lo expuesto, la jueza falló a su favor, y estableció lo que debía hacer Editorial La Capital diario, que resultó la parte vencida: «publicar la réplica, conforme se dispuso en los considerandos, en el plazo de diez días de quedar firme la presente sentencia, bajo apercibimiento de imponerse una multa, en caso de incumplimiento». La razón es clara: el medio periodístico aparece como muy informado sobre los avatares de la investigación, por lo que necesariamente conocía la denuncia, conocía la convocatoria a declaración testimonial y, en consecuencia, no podían ignorar el testimonio de Goransky que no presenta sospechas sobre los dos abogados funcionarios y testigos.
Dice el fallo: «La noticia en este aspecto aparece como inexacta y da origen a réplica (como rectificación), conforme el alcance que infra se establecerá. Amalgamando la libertad de prensa del demandado con el derecho a la honra de los actores, y considerando que estamos en presencia de una publicación que informa sobre una causa penal donde se investigan hechos delictivos atribuidos a ex funcionarios públicos (que no son los actores), brindando información que no se adecua con la verdad, la viabilidad del derecho a réplica se encuentra configurada». Ahora la Cámara viene a reafirmar todo lo anterior.
Estas publicaciones, según los implicados, los difamaban a ellos así como al ex intendente Arroyo: «usaron esa figura para desprestigiarnos aún más de lo que se hizo durante 4 años de estigmatizar al gobierno de Arroyo. Estamos conformes con que hayan visto ese pequeño gran detalle», declaraba Vicente.
Así queda en claro nuevamente que desde el medio periodístico se conocían perfectamente los detalles de la investigación penal, pero se obvió intencionalmente que la denuncia de Goransky había dejado a salvo el nombre y honor de Vicente y Gil de Muro, y había afirmado que eran personas con las que no tenía reproches.