El abogado Martín Ferrá analizó la causa del primer juicio por jurados en Mar del Plata donde fue declarado “no culpable” Roberto Echarri por el crimen de Faustino González. El argumento fue la defensa propia, pero el letrado manifestó que “con el trabajo de la fiscal Andrea Gómez, se determinó que no hubo agresión armada en contra del imputado, primer requisito que pide la ley”.
La sentencia en el primer juicio por jurados realizado en Mar del Plata, ha dejado muchos temas para el análisis. El abogado Martín Ferrá se encargó de leer íntegramente la causa para llegar a distintas conclusiones que luego volcó en la 99.9.
“Desde el inicio me llamaba la atención que el agresor usara un arma de fuego y luego de un intercambio de palabras, se producen dos disparos en el pecho de la persona que murió en el acto”, indicó sobre el crimen de Faustino González a manos del imputado Roberto Echarri.
En las informaciones vertidas públicamente, faltaban detalles importantes que luego, en la lectura de la causa se ratificaron: “no encontraba el primer requisito de la legítima defensa que es la agresión ilegítima. Para autorizar a una persona a matar a otra, la ley pide que haya como primer requisito una agresión sin derecho hacia la persona. Eso no trascendía y con el trabajo de la fiscal Andrea Gómez, se determinó que no hubo agresión armada en contra del imputado”, aclaró Ferrá.
También brindó algunos detalles del fallecido que de todas maneras no justifican la decisión: “se habla de una víctima alcoholica crónica, de 70 años y con una personalidad violenta. Hay una separación personal de su concubina y un inmueble donde en el mismo predio había dos viviendas, una adelante del imputado y otra atrás de la víctima. Había discusiones constantes, pero de ahí a la legítima defensa hay una distancia imposible de cubrir”.
Lo grave es que, aún con estas inconsistencias, no se puede reclamar en ningún lado este fallo: “cuando el veredicto es “no culpable”, la ley de juicio por jurado determina que no es apelable, los familiares de las víctimas no pueden recurrir la sentencia. Nos deja a las claras las falencias del sistema de enjuiciamiento”; sentenció el abogado.
La aparición en escena de los 12 jurados, le quita poder de decisión al juez que es una persona formada en la ley para dar su opinión sobre casos graves. “Se aniquiló la figura del juez juzgador y se lo convirtió en un mero tasador de penas que elige un número dentro de la escala penal al delito imputado. A mí me llevó 6 años y 4 meses formarme en la Facultad de Derecho y acá los ciudadanos que son jurados y los obliga a ir el gobierno provincial, en 15 minutos de instrucciones que le da el juez, el abogado defensor y el fiscal, tienen que evaluar una conducta jurídica o anti jurídica de un hecho que sucedió hace un año y además, no pueden ver la causa”, opinó el Dr. Ferrá.
También agregó luego que “otro de los defectos del sistema es que interviene un solo juez, mientras que en el juicio oral común en este tipo de delitos, deben ser juzgados por tres jueces con conocimientos técnicos, jurídicos y que conocen la ley. Reducimos esa capacidad de observación en los delitos más graves y más complejos”.
Uno de los principales puntos de análisis tiene que ver con que esta forma de enjuiciamiento se termina aplicando en delitos complejos donde se requiere una específica formación para el análisis de cada punto, según lo indicado por el abogado. “Los delitos más graves de nuestro sistema penal son juzgados por personas que desconocen el derecho cuando tendrían que juzgarse con el mayor grado de precisión, conocimiento y capacidad jurídica”, dijo.
Si bien estas cuestiones deben ser revisadas, en el caso puntual del juicio a Echarri, lo que deduce Ferrá es que “ha sido una estrategia, si este caso iba a un juicio oral, el imputado habría salido condenado. Se aprovecharon las bondades del sistema de juicio por jurados y el resultado fue favorable para el imputado y su defensa”.