El presidente Alberto Fernández aprobó el nuevo organigrama de la Administración Pública Nacional. No incluye los cargos extraescalafoonarios. Se habilita ahora el nombramiento de cientos de secretarios y subsecretarios.
El presidente Alberto Fernández aprobó el nuevo organigrama de la Administración Pública Nacional, que comprende a los 21 ministerios, 84 secretarías, 169 subsecretarías y decenas de organismos, entes y empresas públicas descentralizadas.
La medida se tomó por el Decreto 50/2019, publicado este viernes en el Boletín Oficial, y que lleva la firma del jefe del Estado y del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.
Fernández tiene injerencia directa sobre la Secretaría General con 4 subsecretarias (Coordinación, Asuntos Políticos, Planificación, Gestión Institucional), Casa Militar, la Secretaría Legal y Técnica, la Secretaría de Asuntos Estratégicos y la Secretaría de Comunicación y Prensa.
Al mismo tiempo, se creó la “Unidad de Gestión de la Sostenibilidad de la Deuda Externa” para gestionar la sustentabilidad de la deuda pública externa y dependerá de la Secretaría de Finanzas. “Esta Unidad iniciará un proceso de consultas generando un canal de diálogo con los distintos participantes y agentes del mercado en línea con los objetivos propuestos por el Ministro de Economía”, resaltó Economía.
En esta instancia, “la Secretaría de Finanzas invita a las instituciones financieras y asesores financieros a participar del proceso de interacción que permita recuperar la sostenibilidad de la deuda pública externa como parte del programa macroeconómico integral de la República Argentina”, destacó el Palacio de Hacienda.
Con la definición del nuevo esquema de los ministerios queda expedito ahora el camino para designar a los secretarios y subsecretarios de las respectivas carteras.
Según la norma, los ministros y secretarios podrán solicitar al Presidente “la creación de los cargos extraescalafonarios que resulten necesarios para el cumplimiento de las funciones asignadas a cada Jurisdicción y a las Entidades actuantes en su órbita”. Es que el organigrama no tienen en cuenta las dependencias que no se encuentran dentro de la estructura jerárquica formal y, por lo tanto, no se rigen por el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), a pesar de que tienen atribuciones similares a las secretarías, subsecretarías y coordinaciones.
Por lo tanto, el decreto aclaró que “hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones vigentes y personal” hoy vigentes.
Asimismo, el artículo 5° remarcó que la nueva conformación organizativa “comprende las transferencias de las unidades organizativas estructurales vigentes con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios, bienes, dotaciones y personal con su actual situación”.