Ingresó a la Unidad Regional 1, pero tras recibir su documento de identidad por la Ley de género, fue trasladada.
María Julieta Morales es travesti e ingresó a la Unidad Regional 1 por robo en banda. Tiempo después conoció al amor de su vida en el pabellón que compartían en la cárcel y luego de un romance apasionado con su novio, decidieron contraer matrimonio.
A los pocos meses se realizó una operación de mamas y recibió su nuevo documento nacional de identidad gracias a la Ley de igualdad de género, pero tuvo que ser trasladada a la prisión de mujeres en la Unidad Regional 4 y a partir de ese momento empezaron los inconvenientes y pedidos de traslado.
Morales indicó en varias oportunidades que era maltratada por el personal de esa Unidad Regional como así también por parte de sus compañeras de celda y solicitó un hábeas corpus para ser enviada nuevamente al penal donde había conocido al hombre de sus sueños.
La Corte de Justicia de Salta, después de estudiar su caso, decidió no hacer lugar al pedido y determinó que Morales continúe alojada en dicha Unidad.
La mujer había recurrido a la Justicia debido a supuestos agravios, pero la Corte determinó que “si bien cuenta con el documento de identidad, nombre de sexo femenino y que pese a tener operación de mamas, no se encuentra operada en sus genitales por lo que conserva las características físicas sexuales masculinas, no habilita la vía extraordinaria del hábeas corpus, toda vez que no constituye un agravamiento de las condiciones de detención sino que se traduce en un nuevo cambio de nombre, identidad y sexo para poder regresar a la Unidad Regional 1”.
La Corte consideró que ese pedido debe ser resuelto por el Juez Natural, que en ese caso sería la ExCámara Tercera en lo Criminal.
Cabe recordar que el traslado a la Unidad 4 se efectuó como consecuencia del pedido expreso de la defensa del cambio de nombre, identidad y sexo el que fue resuelto por la mencionada ExCámara, a cuya disposición se encuentra la condenada.
Antes de la solicitud, María Julieta había comentado que padecía excesos, acosos, violencia sexual de las otras detenidas, como así también de golpes por parte de los policías, pero esas graves acusaciones jamás fueron denunciadas por la prisionera.
La Justicia determinó que el nuevo traslado no podía ser tal por ser, bajo la Ley, una mujer con documento nacional de identidad y además, se sospechó que el requerimiento tuvo como único fin volver a compartir la prisión con su actual marido, quien continúa detenido y cuya identidad no fue dada a conocer.
Finalmente, en la resolución, a la que tuvo acceso El Tribuno en exclusiva, la Corte de Justicia salteña agregó que “no surge de las constancias incorporadas en autos que se hayan amenazado o vulnerado en forma manifiestamente arbitraria derechos de raigambre constitucional”.
“Que siendo ello así, no se verifica en autos agravamiento ilegítimo alguno de las condiciones de privación de libertad cuyo cese inmediato pueda ordenarse y que se ponga en funcionamiento la garantía constitucional del artículo 88 de la Constitución de la provincia, por lo que corresponde desestimar la apelación deducida”.
“Por ello, la Corte de Justicia resuelve no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto a fojas 49 y 59/60 y luego mandar que se registre, notifique y, oportunamente, bajen los autos”. Firmada, al final de la resolución, por diferentes jueces.
¿Qué es un hábeas corpus?
El hábeas corpus es una palabra muy usada en todas las prisiones del mundo.
Este término proviene del latín hábeas corpus (“tendrás tu cuerpo libre”).
El concepto de hábeas corpus identifica al derecho que posee todo ciudadano que se encuentra detenido y a la espera de comparecer de manera inmediata y pública ante un tribunal o una autoridad. Los jueces, al oír el testimonio del detenido, determinan si el arresto es legal o ilegal y, por lo tanto, pueden decretar que finalice.
El hábeas corpus, por lo tanto, constituye una institución de orden jurídico que busca evitar los arrestos arbitrarios y que garantiza la libertad personal del individuo.
El recurso suele emplearse para impedir abusos por parte de las autoridades ya que obliga a dar a conocer la situación del detenido ante un juez.
Cuentan los expertos que el hábeas corpus se remonta a la época de los romanos, cuando su objetivo era exhibir al hombre libre que era detenido por otra persona.
Esta herramienta jurídica, por lo tanto, estaba enfocada a los casos en los cuales se violaba la libertad entre ciudadanos y no frente a decisiones de los gobernantes.
En lo que se refiere al ámbito social, político y jurídico, posiblemente uno de los términos más nombrados y a la vez con un mayor número de acepciones es el de libertad.