Un fallo tan débil como forzado | La decisión del juez Rafecas de rechazar la denuncia del fiscal Nisman es tan endeble y direccionada que pone en evidencia una intencionalidad.
Basta leerla para entender que se buscó generar un hecho político que pusiese a la Presidente a salvo de situaciones seguramente inoportunas.
Aún para quienes creíamos que en la imputación de Nisman a la jefa de estado existía por lo menos apresuramiento -seguramente había que probar primero las responsabilidades de protagonistas inferiores en la escala institucional para luego llegar a la cúpula del poder- la desestimación de la causa suponía una instancia por lo menos lejana.
Y es que todos los argentinos escuchamos parte de las grabaciones, reconocimos en ellas la voz de personajes muy cercanos al poder y percibimos que el relato tenía al menos tintes de verosimilitud. Y cuando esto ocurre, la justicia no pude menos que investigar.
Y es importante en este punto recordar que investigar no significa condenar y que de la instrucción bien puede surgir que aquella persona señalada en la denuncia sea absolutamente inocente, aún en el caso en el que se haya cometido algún delito.
Tal vez Rafecas le permitió a Cristina un momento de tranquilidad política, pero tal vez la haya condenado a la duda eterna si es que la Cámara no resuelve, como sería lógico, que la investigación siga adelante.
Aunque en la administración de justicia esto no sea tan excepcional, no deja de llamar la atención en el fallo del juez que el rechazo de la denuncia ya sea anunciado en los primeros párrafos del mismo.
Dice de entrada Rafecas que: “habrá de adelantar aquí que, del análisis de ellos y de los acompañados al momento de la presentación de la denuncia, inhiben el inicio de un proceso penal por cuanto, conforme será expuesto a continuación, no sólo dejan huérfano de cualquier sustento típico al hecho descripto como una supuesta maniobra de “encubrimiento” y/o “entorpecimiento de la investigación” del atentado a la AMIA destinado a dotar de impunidad a los acusados de nacionalidad iraní, sino que por el contrario, tales evidencias se contraponen de modo categórico al supuesto “plan criminal” denunciado“.
La afirmación es de una liviandad asombrosa y tal vez sólo se pretendía tapar una realidad que al menos requerirá una explicación que esperemos exija la Cámara: en 254 hs. en las que estuvo la causa en su poder, el juez sostiene haber escuchado 900 hs. de grabaciones aportadas por Nisman.
Fácticamente imposible y demostrativo al menos de un prejuicio de quien se disponía a fallar. Seguramente ese prejuicio es el que lo llevó a iniciar su dictámen rechazando sin más todos los elementos en su poder.
Pero tal vez la tergiversación más evidente de la realidad se da cuando se refiere a la eventual responsabilidad de Cristina Fernández de Kirchner en la cuestión.
“Sobre la situación de la jefa de Estado, Rafecas empieza: “Respecto de la Dra. Fernández de Kirchner, la situación es igualmente alarmante, en cuanto a la ausencia de elementos de prueba, que respalden la grave imputación que aquí se ha formulado”,sostiene.
Según el juez, la única prueba que hay sobre la mandataria son “tres conversaciones telefónicas en las cuales, de un modo u otro, se alude a la Sra. Presidenta de la Nación”.
Y concluye que “no hay un solo elemento de prueba, siquiera indiciario, que apunte a la actual Jefa de Estado respecto -aunque sea- a una instigación o preparación (no punible) del gravísimo delito de encubrimiento por el cual fuera no sólo denunciada sino también su declaración indagatoria requerida”.
¿Puede seriamente sostener Rafecas que las afirmaciones de D’Elía y Kahalil no suponen al menos un indicio?; ¿no debió al menos investigarse si estas eran producto de una fanfarronada, un intento de hacer negocios con la situación o realmente por orden de la mandataria?.
Frente a la gravedad de la cuestión -se trata nada menos que de ocultar una atentado terrorista que costó la vida de 85 personas- no parece serio dejar sin recorrer todos los caminos e investigar todas las sospechas que puedan cruzarse al legislador.
Para el derecho argentino “indicio” es todo rastro, vestigio, huella, circunstancia y en general todo hecho conocido, mejor dicho debidamente comprobado, susceptible de llevarnos por vía de de inferencia al conocimiento de otro hecho desconocido.
Y la única forma de comprobar debidamente el indicio que suponen las grabaciones aludidas es…investigar.
Con respecto a D’Elía, el juez trata de minimizar todo lo actuado durante el tiempo de la investigación de Nisman y lo hace con tal torpeza que es aquí en donde seguramente queda más en evidencia la intencionalidad previa en la exculpación.
Porque miente Rafecas cuando dice que “”D’Elia no tiene relación ni contacto demostrado ni con (Ramón Allan Héctor) Bogado, ni con (Fernando) Esteche, ni con (Héctor Luis) Yrimia. Sólo con Khalil, con quien conversa en numerosas ocasiones”. Las pruebas fotográficas y fílmicas de la estrecha colaboración del piquetero del poder con el líder de Quebracho en la organización de actos públicos y manifestaciones son tan públicas que tratar de ignorarlas suponen seguramente uno de los puntos más torpes de su resolución.
Resolución que también ignora las declaraciones de Esteche afirmando estar en la Jefatura de Gabinete “negociando mi situación judicial”(sic), lo que al menos requeriría una explicación.
La conclusión es a nuestro juicio muy clara: tal vez Nisman se haya apresurado en pedir la indagatoria de la Presidente y debió probar antes sin duda alguna que las pruebas aportadas se correspondían con hechos reales; pero el fallo de Rafecas también se adelanta a los pasos jurídicos ordenados por nuestra legislación y cierra sin más una causa que al menos hubiese requerido una instrucción seria y escalonada, desde abajo hacia arriba, para deslindar responsabilidades.
Estamos convencidos que así lo va a ordenar la Cámara ante la eventual apelación de Pollicita. Sería muy perjudicial para la relación del ciudadano con la administración de justicia que todo esto quedara en el olvido sin avanzar en medida de prueba que pongan a cada uno en su lugar.
“Cada uno en su lugar”...algo tan lógico en la vida diaria como imposible en la Argentina institucional.