Antipáticos

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Los fiscales Pizzo y Berlingeri apelaron la medida que sobreseyó a Alveolite por abuso de autoridad, en la clausura de un comercio local. Para ellos, el funcionario deseaba concretar el procedimiento por otras razones: los papeles estaban en regla.

La jueza de garantías Lucrecia Bustos había decidido sobreseer al subsecretario de Control de la comuna, Adrián Luis Alveolite, junto a Mónica Bargas y Gustavo Tonello en la causa iniciada por abuso de autoridad y falsedad ideológica de instrumento público, a pesar del requerimiento de elevación a juicio que plantearon los agentes fiscales de Delitos Económicos. Dijo que, cuanto mucho, la actitud de los funcionarios podría calificarse de “lacónica y antipática”, pero que a su criterio no había elementos suficientes para considerar que lo que hicieron fuera contrario a lo establecido por la norma.
La investigación impulsada por el ministerio público tuvo relación con la inspección de un pequeño comercio de ropa femenina denominado Carolina, ubicado en la calle Garay 1219, que los agentes Bargas y Tonello clausuraron el 10 de julio de 2013, entre las 9 y las 11.
La decisión judicial de garantías dijo que nada estuvo apartado de la aplicación de la ley, que el actuar tanto de los inspectores Bargas y Tonello como de la Adrián Alveolite refrendando la intervención de los funcionarios, no puede considerarse abusivo, ya que se habían comportado “convencidos de que correspondía disponer la clausura”. Agregaba que Alveolite se manejó dentro del marco de sus legales atribuciones al enviar inspectores de su confianza, a efectuar un relevamiento al local ante una denuncia por una habilitación irregular.
A pesar del detalle de la acusación, para Lucrecia Bustos no se encontraba probado que los tres imputados hayan actuado con un propósito deliberado de clausurar antes de que se hubiera efectuado la constatación, sino que eso se decidió por las deficiencias encontradas en el local comercial, consignadas en el acta de clausura: “No advierto que en el supuesto en examen, los inspectores Bargas y Tonello, y menos aún Alveolite, que aparece dando un visto bueno al informe labrado por aquellos, hayan insertado intencionalmente manifestaciones falsas con la finalidad de causar perjuicio”.
Feliz de la vida,  Adrián Alveolite creyó que zafaba para siempre, y dijo: “Siempre creí, como dice el intendente Pulti, que cuando la Justicia pregunta, los funcionarios públicos tenemos que responder todo. Y una vez que las cosas se aclaran, seguir trabajando con toda la fuerza y la humildad que corresponde, por el bien de nuestros vecinos”.
Sin embargo, para los fiscales que llevan adelante la apelación, las cosas no son tan claras. Es oportuno recordar que la denuncia contra Alveolite fue presentada por una comerciante, en julio de 2013, y coincidió con un allanamiento ilegal conducido por el propio Alveolite junto a otros funcionarios municipales en la casa lindera, lo que terminó en una clausura indebida que había sido prepactada por todos. Por esa razón, ya en aquel momento, los fiscales Pablo Pizzo, David Bruna y Fernando Berlingieri determinaron la naturaleza criminal de la conducta de Alveolite.
Pero Alveolite continúa en su cargo: no hay exoneración, ni apertura de sumario administrativo en la sede municipal. Los medios de prensa de la ciudad se explayaron a gusto con el sobreseimiento, pero no dijeron una palabra de la apelación

Cómo fue

El caso atañe a Carolina Beratz, dueña de un pequeño comercio de ropa femenina que funcionaba en el garage de una casa, un local alquilado en Garay 1219. En aquella oportunidad, el inspector general municipal Gustavo Tonello y la jefa de Departamento de la Subsecretaría de Control de la Municipalidad, Mónica Bargas, llegaron requiriendo los certificados de la habilitación; ambos funcionarios dependían jerárquicamente de Alveoliote, y eran además su gente de confianza. Como se certifica en la presentación de los fiscales, ninguno de los funcionarios mencionados realizaba este tipo de tareas de manera habitual, al menos no en locales pequeños y con actividades de las llamadas de bajo impacto; menos aún con presencia policial, inexplicable en un local de menos de 100 metros. Y para completar la idea, el mismísimo juez de faltas Pedro López Martucci afirmó que no era habitual en absoluto que el subsecretario de Control Municipal acompañara con su firma una nota de elevación de este tenor; es decir nadie sabe qué hacía Alveolite allí.
La propietaria Beratz tenía sus papeles en regla: para iniciar las actividades comerciales debió completar su declaración jurada, presentar comprobantes de impuestos municipales, y así conseguir su habilitación bajo el número 504.404, con fecha de vencimiento 9 de diciembre de 2010. Pero también realizó la renovación del trámite, por lo que obtuvo la oblea de habilitación, que es el documento que los inspectores deben consultar en su visita para establecer el estado de regularidad de un comercio.
La oblea de Carolina dice que su comercio está habilitado bajo el rubro boutique, y que su validez se extiende hasta el 9 de diciembre de 2015. ¿Qué sucedió entonces? Que los funcionarios llegaron a ejecutar órdenes del jerarca mayor, y dijeron que clausuraban el local por habilitación vencida en 2010, y porque su declaración jurada estaba incompleta. En realidad, dice el fiscal en el momento de denunciar la pésima conducta manifestada en estas actuaciones que terminaron en el evidente abuso de autoridad, que había otras razones: “el designio que habían pactado con anterioridad: clausurar el local comercial”. Es decir que quienes concurrieron, tenían la orden de Alveolite de clausurar encontraran lo que encontraran, y agrega el fiscal: “aparecía ciertamente llamativo que el propio subsecretario de Control Municipal hubiera ingresado a la propiedad privada lindera al local comercial instantes después de producida la clausura”. Decían los fiscales que sólo se explicaba porque el comercio formaba parte de una vivienda cuyo estado de ocupación era cuestionado, problema al que era ajena Beratz, la locataria.
Los inspectores Tonello y Bargas ignoraron la existencia de la oblea identificatoria que les fue exhibida, así como el cumplimiento de los requisitos para su expedición. Ignoraron que podrían haber accedido a un sistema informático de consulta si tenían alguna duda, antes de clausurar. Sólo mostraron una hoja de su expediente que decía que la habilitación había vencido y que tenían que clausurar, porque además el formulario estaba incompleto. Otras tres personas que llegaron con ellos solicitaron la facturación del comercio, y se dispusieron a controlarlo.
En aquel 10 de julio de 2013, la empleada que estaba a cargo del local fue quien presentó la oblea reglamentaria y los talonarios. Ella misma se comunicó telefónicamente con la dueña, Carolina Beratz, quien quiso hablar por teléfono con los funcionarios. Ellos se negaron, y le dijeron: “no tenemos nada que conversar”. Le informaron que le iban a clausurar el local, que ya estaba decidido, y le indicaron que juntara toda la documentación para el Tribunal de Faltas, porque pasados 5 minutos no iba a poder volver a entrar allí.
La empleada pidió que esperaran a un empleado del estudio contable que se haría presente, pero le dijeron que no, y que si no se iba, la sacaba la policía. Ellos decían e insistían en que la oblea no quería decir nada, porque podía ser falsa; para el fiscal, no es posible realizar una imitación apócrifa de ese documento, ni adulterar sus datos.
La situación fue sumamente irregular. Nunca hubo una intimación previa a la clausura, ni se realizan clausuras de estas características por falta de una declaración jurada, menos aun con apoyo policial. Por esa razón, la dueña y su marido fueron a la municipalidad a tratar de entender, y allí se entrevistaron con Bruzzeta, de Inspección General, quien dejó caer la frase que aclaraba todo: “esto fue un decisión de Alveolite”, y mostró un papel dentro del expediente que nunca más volvió a aparecer.

A la carga

Ahora los fiscales de la UFI 10 de Delitos Económicos vuelven a explicar los hechos para pedir la intervención de la Cámara de Apelaciones, pues a su criterio estos hechos deben ser discutidos en una instancia oral. Fundamentan su posición diciendo: “los funcionarios, abusando de la autoridad que les fuere concedida, procedieron sin fundamento legal alguno a la clausura e inmediato desalojo del comercio que inspeccionaban, y posteriormente, a fin de dar mayor certeza a las afirmaciones que habían insertado en el acta de constatación, confeccionaron y presentaron en el Juzgado de Faltas municipal nº3 un informe en el cual consignaron circunstancias falsas”.
La apelación al sobreseimiento es contundente, porque indica que el error en el análisis consiste en considerar todos los elemento irregulares que rodean al acto de clausura de manera fragmentaria sin unirlos en un todo, ya que es la observación del conjunto la que demuestra que los hechos no pueden haber confluido repentinamente sin que los rodee una verdadera intencionalidad. Es imposible que los inspectores hayan decidido no prestarle atención a una oblea de habilitación que no se puede adulterar, ni hayan consultado el sistema informático, que es la vía legal para la obtención de información inmediata.
Como las circunstancias no los acompañaban, los acusados presentaron con posterioridad un nuevo argumento: que el empleado Meijido, que firma la oblea, no estaba habilitado para hacerlo. En la nueva presentación, los fiscales demuestran que la misma persona firmaba habilitaciones en oblea desde hacía años, y que además ninguno de los otros comercios que presentan obleas firmadas por el mismo empleado fue clausurado. Para el ministerio público, podría haber resultado extraño pero legal que el jefe mayor se hiciera presente en la clausura de un pequeño local que no había ofrecido siquiera resistencia, pero es necesario agregar además que el mismo Alveolite acababa de participar de un allanamiento ilegal en la casa de al lado, y no hace falta decir que un funcionario municipal no puede allanar una casa.
Y por supuesto, que les llama mucho la atención que la jueza no haya tomado en cuenta la declaración de ninguno de los particulares, no de los testigos ocasionales, sólo porque no podía dar crédito a su veracidad, pero sí haya tomado como verdad revelada los testimonios de los municipales. No es para menos.
Para completarla los municipales declararon: “si hubiéramos querido que no lo habilitara nunca más, hubiéramos mencionado que tenía un entrepiso de madera”, lo cual -lejos de disculparlos- pone en evidencia la absoluta arbitrariedad con la que pueden manejarse, y su derecho incuestionable de mencionar o negar una irregularidad en un acta.
Alveolite y su banda son los dueños y señores. Hacen lo que quieren a patadas o a golpes policiales, y nadie les puede cuestionar nada. Como única respuesta, la jueza de faltas dijo que no era ilegal sino solamente antipático. Pero ahora los fiscales vuelven a la carga contra la impunidad, poniendo en evidencia la ilegalidad de los hechos. Veremos si pueden contra el poder de los dueños de la estancia.