Cinturón frutihortícola | El juez dejó sin efecto la acusación de trata y explotación laboral que se seguía a dos trabajadores rurales. Uno de los acusados pasó dos años detenido en el penal de Ezeiza, porque los integrantes del juzgado federal no tienen idea de cómo se vive en el campo. Hay vida más allá del asfalto.
Aquellos que tienen en sus manos decidir sobre la libertad y la prisión de los trabajadores rurales desconocen una realidad que acontece a apenas unos kilómetros del centro de la ciudad. Desconocen cuáles son los términos que implica la vida en el campo de generaciones de peones rurales. No saben que los peones golondrinas viven muchas veces en los campos, cuando se les puede brindar alguna barraca para el descanso, porque nadie pide un Uber cuando termina de cosechar kiwis para dirigirse a un departamento.
Los jueces desconocen que la mayoría de las parejas de trabajadores crían a sus hijos en el mismo sitio, porque el Estado no ha previsto una forma de disponer transporte para que los chicos del campo concurran a una guardería que les dispense los cuidados que requiere un pequeño que aún no está en edad escolar. ¿Y si está en edad de ir a la escuela? ¿Quién lo lleva? ¿Cómo se hace para que los niños vayan al colegio más cercano cuando los padres dependen de los jornales que da la cosecha temporal, dinero con el cual vivirán bastante tiempo? ¿Quién cuida a los hermanos menores?
Recientemente, el tribunal del juez Ruiz Paz resolvió absolver a Toribio Jesús Gareca Gutiérrez y a Lucrecia Arenas Baldiviezo del delito de trata de personas con fines de explotación laboral, que se consideraba agravado por la cantidad de víctimas afectadas en estas acciones, y por la situación de vulnerabilidad a la que estaban sometidas. Se agregaba el agravante de haberse consumado la explotación, y por haber sido cometido contra menores de edad. Junto con el sobreseimiento se estableció que debía cesar el arresto domiciliario así como el control del programa de asistencia a personas bajo vigilancia electrónica.
El tribunal oral federal tomó la decisión mencionada respecto de los dos acusados de nacionalidad boliviana, quienes vivían en un campo de la zona de Laguna de los Padres, en cercanías de la ruta 226, sitio en el cual llevaban adelante las tareas de siembra de un predio rural arrendado, en el cual trabajaban con una serie de personas.
La historia
En un primer momento, tras un allanamiento realizado en el lugar, los integrantes de la justicia federal habían dado en creer que allí se consumaban los delitos referidos, a pesar de que todos los trabajadores se encontraban en libertad. No podían pensar más allá de sus propias experiencias en el trabajo, ni podían escuchar nada acerca de las costumbres que imperan en la comunidad frutihortícola. Pero ahora, el juez Ruíz Paz expone las razones por las cuales da por descartado que tales delitos hubieran estado sucediendo.
En primer lugar, indica que todas las personas que se encontraban en el lugar —aunque residieran allí— tenían consigo sus DNI, es decir que podían retirarse cuando lo consideraran pertinente. También se explicó que los trabajadores mencionados y catalogados como peones rurales temporarios desempeñaban una tarea a cambio de lo cual se les otorgaba un pago que ellos mismos habían convenido y aceptado, aunque fuera un porcentaje.
“Ninguna de las personas relevadas en el marco del operativo efectivizado en la quinta perdió su libertad”, indicaba el fiscal de la causa, Juan Manuel Pettigiani, quien se adelantaba a solicitar el sobreseimiento. A la vez, el fiscal valoraba en el documento la importancia de los testimonios, tanto de los trabajadores como de Ricardo Velimirovich, el titular de la Asociación Frutihortícola de Productores y Afines de General Pueyrredon.
Todas las explicaciones aportadas permitieron que este tribunal sí comprendiera la modalidad particular de trabajo que siguen los obreros del sector así como sus encargados, y comprobara que no hubo en efecto, ninguna acción de captación, secuestro ni explotación laboral.
Velimirovich dialogó extensamente con la 99.9, y dio detalles acerca de lo acontecido: “expliqué cómo funciona el sector en una charla directa con el juez, porque a veces esta confusión lleva a entender mal lo que sucedió. La denuncia nacía en una sala de primeros auxilios, y se comprendió que el problema que había tenido la menor tenía que ver con el interior de su familia y no con el campo”.
Relata en su entrevista la preocupación que le genera que —si bien se ha hecho justicia— el antes imputado Gareca Gutiérrez pasó dos años detenido sin que fuera escuchado. Se trata de un hombre de familia, con una nena de corta edad, que en ocasión del juicio lo esperaba en el hall de Tribunales para saber si su papá por fin estaría libre.
Pero de todas maneras, los hoy sobreseídos no podrán recuperar lo perdido rápidamente, ya que ambos fueron expulsados del campo en el que vivían. Es decir, se quedaron sin hogar y sin trabajo. Según explica Velimirovich, muchos de los trabajadores que fueron considerados víctimas en aquel operativo tampoco fueron nunca asistidos, y siguen trabajando en las mismas condiciones porque en definitiva son familiares de los dueños del campo.
Una situación similar se dio en la causa que se seguía a Juan Porco, a quien se había acusado de las mismas figuras legales en condiciones similares, y fue recientemente absuelto. Pero aún permanecen en curso unas seis causas más en las que se habló de trata de personas en diversas fincas, en las cuales se encontraron trabajadores rurales residiendo con sus familias.
Así fue
Liberado ya el trabajador boliviano, trascendió que tuvo una conducta excelente en la prisión, que realizaba tareas de cultivo de quinta en la cárcel de Ezeiza, y que sólo al final le permitieron superar la preventiva y volver al campo a esperar el juicio en libertad vigilada.
De todas maneras, el daño está hecho, y los funcionarios judiciales que dependen del juzgado de Santiago Inchausti deben comenzar a aprender sobre las distintas maneras de vivir que tienen las variadas comunidades humanas que conviven en la provincia de Buenos Aires. Porque sí bien es cierto que se vive en las plantaciones en tiempos de cosecha, es cierto también que nadie concurre a mejorar sus condiciones de vida. Hay allí familias trabajadoras que un día son sorprendidas por fuerzas de seguridad que tiran la puerta abajo, a veces insultan, despojan a las personas de sus posesiones y de su libertad, y sobre todo, dejan a esos peones también sin trabajo y sin casa. Porque nadie se ocupa de ellos.
De hecho, nadie se ocupó de mejorar nada después de que se realizaron varios allanamientos, entre ellos el del predio rural conocido como Quinta Gareca, ubicado a tres kilómetros de la ruta provincial 226, a la altura del kilómetro 17.7, Pasaje El Coyunco, sobre la mano que va sentido a Tandil. A pesar de que allí se encontraron ocho personas que provenían de Bolivia, entre ellas dos adolescentes de 17 años, uno con una situación migratoria irregular. Por supuesto que vivían en precarias condiciones habitacionales, como muchísimas personas más a lo largo de todo el país.
Entonces el magistrado Inchausti mandó a trabar embargos sobre los bienes y dinero de los procesados por un millón de pesos, y el decomiso preventivo que garantizara el reparo a las víctimas, del predio rural y de la camioneta 4×4 de los dueños de la quinta.nA su vez, dio intervención a la Defensoría General de la Nación para que se evalúe la posible representación de las víctimas, ya que consideraba que el extremo grado de vulnerabilidad que atravesaban implicaba que no puedan ejercer su derecho a una eventual indemnización o reparación civil. Nadie hizo nada, los dejaron sin trabajo y nada más.
Las personas nombradas en este proceso estaban abocadas a realizar tareas de producción y cultivos de verduras tales como lechuga, radicheta, choclo, acelga, remolacha, repollo, verdeo. Ninguna estaba registrada, eran trabajadores en negro o clandestinos, y las jornadas laborales le resultaron al juez excesivas ya que señaló la falta de horas y días de descanso, y la manipulación sin elementos de seguridad adecuados. El juez dejó sentado que hubo víctimas que dijeron manejar sus propios horarios y que la modalidad de pago era a través de un porcentaje de las ventas de lo producido, es decir que los trabajadores no pudieron precisar una cifra exacta o aproximada del dinero que recibían a cambio: un 30% de lo que se vendía.
La descripción del tribunal federal que justificó la intervención refiere unas condiciones que son aplicables a muchas de las familias trabajadoras de este país. Las familias de cosecheros se acomodan a soportar esta incomodidad a cambio de sostener este trabajo temporal que –obviamente– requiere de mejores condiciones y de intervención del Estado para ser mejorado: “las precarias viviendas dentro del predio rural son de madera y chapa, algunas tienen colchones sostenidos con cajones de madera; las instalaciones eléctricas son a la vista inestables, la luz es escasa y no tienen ventanas ni ventilación. Estas casillas además no poseen gas natural —por lo que las víctimas utilizan garrafas que ellos mismos pagan—, mientras que el baño se encuentra afuera y no posee agua corriente, por lo que para bañarse adultos y niños extraen agua de la bomba y utilizan un balde”. Pero no es trata de personas.