Tribunales de Familia | Un abogado exige que se ajuste el protocolo de Cámara Gesell para que sus resultados sean más confiables. Se dice que la justicia de familia solo escucha a la denuncia, y que los defensores no tienen las mínimas oportunidades.
Recientemente, un abogado de la matrícula local, Martín Ferrá, se dirigía a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, sala I, con el fin de solicitar que se tomen medidas para garantizar el debido proceso en relación con el uso de la Cámara Gesell. Se trata específicamente de una una habitación acondicionada para permitir la declaración de las víctimas más vulnerables ante personal especializado, mientras son observadas por agentes de la justicia: en el caso que nos ocupa, se utiliza especialmente con menores de edad e incapaces.
La Cámara Gesell está conformada por dos ambientes separados por un vidrio de visión unilateral, los cuales cuentan con equipos de audio y de video para la grabación de las diferentes experiencias. Su utilización implica ya un primer inconveniente en nuestro medio que es la espera de turnos en la abultada burocracia de la Justica, lo que obviamente afecta el ritmo de realización del proceso en búsqueda de definición, y muchas veces expone a la víctima a permanecer en situaciones inseguras, o a que el paso del tiempo afecte la memoria de los hechos.
Pero, en este caso, lo que solicita el letrado no es que este departamento judicial construya más de una Cámara, lo que ya sería un enorme logro, sino que por lo menos se aúnen criterios en su utilización práctica. Solicita: «se corrija, clarifique y uniforme el protocolo de actuación para la recepción de testimonios mediante sistema de Cámara Gesell por parte de la Asesoría de Incapaces departamental, ello a fin de evitar violaciones y discriminaciones, privilegios o exclusiones de partes, que afecten el Derecho de Defensa y la garantía constitucional del Debido Proceso Legal, y la totalidad de principios procesales que lo componen». Quiere decir que, mínimamente, hace falta ponerse de acuerdo con la modalidad por la cual se va a usar, porque cada uno se está manejando como le parece.
Los casos
En particular, el abogado indica que ha podido verificar distintas disfuncionalidades procedimentales en la realización de varias audiencias testimoniales en Cámara Gesell, que se llevaron a cabo en la sede de la asesoría de incapaces departamental. Y que el propósito que lo lleva a realizar esta presentación es «resguardar en forma efectiva las garantías constitucionales y procedimentales del Derecho de Defensa y del Debido Proceso Legal».
Se pone por ejemplo que, en determinados casos, se realizaban dos entrevistas previas de la Perito Oficial de la Asesoría de Incapaces departamental, a solas, con menores, presuntas víctimas. La primera de ellas, con el fin de determinar si el niño está en condiciones de declarar, antes de la resolución del anticipo probatorio de Cámara Gesell. La segunda entrevista privada se llevó a cabo media hora antes de la audiencia fijada, y encima sin control de legalidad por parte de la defensa, ni de la perito de parte designada. Lo que quiere decir que la defensa no puede saber qué método o test psicológico administró o utilizó la perito en la entrevista previa, o qué tipo de evaluación, interrogatorio o intercambio realizó esa perito oficial con la presunta víctima, ni menos aún controlar que no se ejerza una forma de influencia, inducción o direccionamiento de cualquier naturaleza sobre el niño o la niña.
Para que se entienda, en uno de los casos de referencia, tanto la fiscal, la parte denunciante con su perito y los acompañantes de la presunta víctima (es decir, todos los integrantes de esa familia) ingresaron al área de entrevista previa y recepción de Cámara Gesell. Antes. Mientras tanto, la defensa y la perito de la parte imputada esperaban en el hall de entrada de la asesoría departamental. Lo que indica Ferrá es que solamente esto ya es suficiente para afectar la objetividad, la imparcialidad y la asepsia procesal y procedimental que debe imperar. El fin es: «resguardar la solemnidad del acto y evitar cualquier tipo de contaminación o perturbación del mismo, como verdadero anticipo probatorio irreproducible que es la audiencia testimonial en Cámara Gesell». Aclara el abogado que los jueces de garantías María Rosa Frende y Juan Francisco Tapia intervinieron e hicieron desalojar a todas las personas que se encontraban en esa sala, de esa zona especialmente reservada de la asesoría. Los hicieron esperar en el hall, que era lo que correspondía.
A lo expuesto se agrega una irregularidad más, que es que algunas fiscalías y juzgados entregan copias de la declaración en Cámara a los defensores, y otros sólo entregan una desgrabación del texto escrito, que ha sido realizada por la propia fiscalía, sin que la defensa pueda realizar ningún control de legalidad de la literalidad o fidelidad de transcripción. A cambio de eso, sí se ha ofrecido a las partes que concurran a la sede fiscal a observar el video porque se requiere resguardar la privacidad de la presunta víctima, pero esto genera inconvenientes, dispendio judicial y molestias a todas las partes.
Visión unilateral
Pero como el problema últimamente parece ser la manera en que funciona el fuero de Familia completo, han comenzado a abundar los casos en los que algunos padres sufren una separación preventiva de sus hijos por falsas denuncias de abuso sexual. Por eso, hay un grupo de personas que piden por los derechos de aquellos que son tratados injustamente ante la ley.
En particular, la abogada Patricia Anzoátegui es una de ellas, y habló ante el micrófono de la 99.9 acerca de la crueldad que tienen esos procesos, no sólo para quien es denunciado falsamente, sino también para los propios niños que son utilizados como elemento para distintos fines. Dijo al respecto: «los niños pasan por Cámaras Gesell, por revisiones médicas de la zona genital, todo por falsas denuncias. Ahora hay un agravamiento importante porque están deteniendo, la presunción de inocencia no existe y los jueces y fiscales deberían tener un poco de prudencia. Cuando lo quieren detener, quien denuncia dice que su hijo le contó que además hubo penetración y lo detienen. El problema es que lo admiten basado en la perspectiva de género».
Para la letrada, se están sobrepasando límites que no tendrían por qué ser rebasados, y esto se hace en nombre de la justicia: «se ha destruido el principio de igualdad ante la ley y todos los bastiones de la justicia». Explica que todos comparten el propósito de proteger a los niños, pero que algunas personas del fuero de Familia ponen a la perspectiva de género, a la madre, por encima de los niños. Dice la abogada: «Lo mismo que critican los colectivos feministas, lo terminan haciendo ellas. Esto viene de la mano de una política de género extremista».
En otras palabras, explica que el simple hecho de llevar a la justicia una denuncia, a veces es motivo para que se desate una ofensiva que nunca incluye a todas las partes: «cuando la madre hace una denuncia falsa, no se analiza a la madre. Argentina tiene síntomas de que algo no está bien. La muerte de Lucio Dupuy dejó en evidencia que estaban en custodia dos personas que no estaban capacitadas y no se hizo un análisis destratando al otro progenitor por ser un varón», ejemplificó.
Para la abogada Anzoátegui, hay que analizar y sancionar el accionar de la justicia porque hay muchos que, sin tener en cuenta todas las pruebas que se pueden recolectar y con un claro sesgo ideológico, avanzan en detenciones y condenas.
Dijo, además: «una de las cosas que estamos viendo son jueces que se repiten en conductas, no analizan nada y cuando salen bien los estudios oficiales, toman los privados… Luego pasan meses o años hasta que se puede comprobar o no. Tenemos que empezar a trabajar en cómo se percibe a la justicia». Eso también se genera por algo muy típico en los últimos años y en distintos ámbitos de la ideología de género: «los efectores judiciales están elegidos para tener un sesgo de género, porque así los forman. Son cursos que están hechos para eso».