El caso más rutilante de lavado de activos y tráfico de drogas de la ciudad en la década pasada termina con condenas de ligera aplicación y un expediente de casi 150 fojas donde no se pudo probar todo lo que se pretendía.
Hay que remontarse años atrás, a 2019, para recordar aquel mega operativo al que se lo denominó Poseidón, donde Sergio «Cocón» Sala —personaje caracterizado como «el» mito de la droga en Mar del Plata— encontraba final a su operación criminal en el ámbito local, luego de que se promocionaba en los medios la desarticulación de su tarea.
Secuestros y embargos de propiedades (15) y vehículos (casi cincuenta) configuraron una historia mediática tribunalicia con todas las características propias de un culebrón que serviría para alimentarles el ego a algunos dentro de los pasillos de los tribunales, y poner en zozobra a otros fuera de los edificios de la justicia.
Pero, con el paso de los años, las acusaciones se fueron debilitando ya que no se pudieron comprobar algunas de las cosas que se les achacaba a Sala y varios de los imputados en la causa que se investigó, mostrando —otra vez— una lábil tarea en la sustanciación de la prueba que habían llevado adelante desde el Ministerio Público Fiscal.
Incluso —dice en un tramo la sentencia del juicio abreviado con fecha 20 de agosto— no se pudo acreditar con la prueba todo lo que se intentaba cargar contra los imputados, dejando al descubierto la incapacidad de quienes procuraron las tareas, en cuanto a la magnitud del despliegue periodístico exhibido desde el momento de las detenciones como así mismo la usina de informaciones operadas que surgieron con el devenir del tiempo y que fueron divulgadas en diferentes medios locales.
«Cocón» Sala es un personaje que bien merece su guión cinematográfico: mencionado o señalado en otras causas investigadas por la Justicia, nunca se le había podido encontrar culpabilidad. Eso hacía que creciera lo del «mito» y que fuera proporcional a la ambición de los pesquisas por ponerle el cascabel al gato. Al menos, eso parecía.
Bajándole el precio
Una mirada general implica sintetizar como concluyeron todos estos años de investigación y dispensación de los recursos públicos. Arrojaron como resultado la pena, para Sala, de seis años de prisión de cumplimiento efectiva pero en su casa, es decir, con el monitoreo de un dispositivo remoto. Ergo, tobillera. Sin más.
Vale decir también que, por el paso del tiempo entre la detención y el resolutivo del juicio al calor de la pena, «Cocón» quedó a las puertas de haber cumplido con la responsabilidad penal. Eso sí: no se las podrá llevar todas de arriba, ya que también va a tener que pagar una multa que es 3 veces la cantidad del dinero lavado, ascendiendo a $13.525.500.
Todo esto pese a haber sido encontrado —ni más ni menos, según puede leerse en la sentencia del caso— «autor penalmente responsable del delito de lavado de activos, agravado por ser realizado con habitualidad y en el marco de una organización destinada a cometer delitos de esa naturaleza». ¿Quiere decir que la pena misma es desproporcionada, a juzgar por el ruido que generó todo el transcurso de la investigación? Si así fuere, deja en ridículo a quienes estuvieron a cargo de procurar el proceso, por un lado, y en una situación harto incómoda, por otro, a todos aquellos que pasearon su nombre por decenas de artículos periodísticos durante los años subiéndolo a ribetes de los que el propio Fiscal General Juan Manuel Pettigiani terminaría por bajarlo.
En ese punto no puede dejarse de observar que la causa, presentada de manera rimbombante como «Operativo Poseidón», contó con un amplio despliegue de fuerzas federales, funcionarios nacionales del fuero y recursos logísticos para el secuestro de supuesta prueba, entre ella estupefacientes, dinero en efectivo —pesos, dólares y euros— y decenas de vehículos. Pero todo termina, como primera medida, sin poderse comprobar la existencia de una asociación ilícita para la venta de drogas y lavado de activos, siendo que hubo, además, una profusa conformación de un rompecabezas judicial intrincado que involucró a Sala y casi una docena más de individuos. Por todo lo alto, un fracaso de los agentes fiscales Laura Mazzaferri y Santiago Inchausti, que son quienes instruyeron en la causa que derivó con la tramitación en el juicio abreviado del Fiscal General en el fuero federal.
Felices los pibes
Además, se condenó a la pena de cinco años a Cintia Taverna, aunque también podrá cumplir desde su casa y monitoreada por una tobillera. Taverna era su pareja más reciente. No obstante la pena, deberá pagar una «multa de 2 veces el monto de dinero producto de la operación de lavado que se tuvo por probada en relación al estupefaciente hallado en la camioneta de su propiedad, de $2.430.000». En mejor situación que Sala, por el tiempo transcurrido Taverna ya quedó en condiciones de ser liberada de la carga condenatoria.
Sería risueño si no fuera por la gravedad del caso. Pero en todo esto, también, hay una entidad sin fines de lucro que se verá favorecida por llevarse una tajada de dinero impensada y como resultante del caso: el Desayunador de Cáritas de la Obra Don Bosco. Porque cuatro de los imputados, María Lorena Sala; Sofía di Norcia; Brenda Maldonado y Gustavo Fernández, respectivamente, eran partícipes secundarios del delito de lavado de activos y la pena podría ser suspendida condicionalmente. Por eso, en el desarrollo del acuerdo alcanzado entre la Fiscalía General y los representantes de los encartados se resolvió suspender el proceso a prueba por el término de tres años con la imposición de la condición de donación de $100.000, por cada uno de ellos, a ser direccionada a desayunador.
Finalmente, fueron absueltos el resto de los imputados debido a que los delitos por los cuales fueron requeridos a juicio no habrían sido cometidos por ellos. Esto valió para Bettina Romina Sala, Santiago Carrivale, Johana Matilde Taberna, Walter Josserme e Ignacio Luzuriaga.
¿Sabor a nada?
Por otro lado, les decomisaron los bienes que la Justicia consideró que no podrían haber sido adquiridos, de manera correcta, con el resultado de las actividades que detentaban al momento de la investigación. Es decir, «no les cerraba el blanco», por eso perdieron el dominio de algunos de los vehículos cautelados durante estos años. Y aquí parte de lo importante: el decomiso es considerado una consecuencia accesoria a una pena principal, de carácter retributivo. Esto derriba el mito popular que da idea de que el ladrón paga una baja pena al considerarse que podría quedarse con el botín alzado, para el disfrute por el resto de su existencia. En este caso, esa máxima no aplica.
La medida alcanzó al decomiso del dinero en efectivo que había sido secuestrado durante la investigación que alcanzaba a $1.155.580, más US$30.750, y, €50. Se ordenó, también, el decomiso y embargo preventivo, respectivamente, de dos propiedades inmuebles, uno en La Caleta, partido de Mar Chiquita, y el restante en Pinamar. En tanto que se decomisaron 2 Toyota Hilux, 1 Toyota SW4, 1 Wolkswagen Amarok, 1 Ford Ranger, 2 utilitarios, 1 Ford Focus, 1 moto Honda, 2 cuatriciclos Suzuki y otro Yamaha. El resto de los vehículos deberán ser devueltos a los titulares y poseedores en el momento del secuestro, como así también el caso de las propiedades.
¿Hubo más humo mediático que prueba? ¿Fue la habilidad de Sala para que no le pudieran comprobar muchos más de lo que se suponía? ¿Existió una sobreactuación de algunos funcionarios judiciales en el proceso? Del Operativo Poseidón que los encartaba a todos al desposeer a los imputados —los condenados, en alguna medida, y los absueltos, en todo— de algunos de los conceptos y prejuicios que rodearon sistemáticamente el caso.