Sentencia contra el PAMI | El Programa de Asistencia Médica Integral incumple todas las medidas judiciales y no paga las multas consecuentes. Un organismo ineficiente que sólo hace padecer a sus afiliados, a quienes tienen este servicio, simplemente, porque no pueden acceder a otro.
El PAMI —con esta gestión o con muchas otras— tiene la costumbre de no entender razones: no obedece mandas judiciales, ni deberes del sentido común cuando le indican ocuparse de las necesidades extremas de sus afiliados. No hablemos ya de los ancianos con enfermedades psiquiátricas o degenerativas neurológicas, cuyos familiares tienen que recurrir a tribunales para que los internen compulsivamente, con todos los traumas que la situación implica. Cuando se cumplen los plazos judiciales, en general el anciano está tan deteriorado que sobrevive a duras penas, o muere en una guardia. Igual, vayamos mucho más cerca, con la atención a los discapacitados, por ejemplo.
Nos informa CREDE-ADERMAD —una asociación civil que trabaja con personas con discapacidad en Mar del Plata— que a PAMI poco y nada le importan los afiliados que requieren una atención diferencial. Y la llamamos así, porque no hay manera de que las condiciones de vida de estos afiliados sean mínimamente adecuadas si no disponen de servicios especiales.
La abogada de la entidad, Gabriela Debenedetti habló, en una entrevista para la FM 99.9, de los servicios que ellos brindan: además de la actividad que realizan en el Hogar de Día, cuentan con un servicio de transporte especial y prestaciones de apoyo para personas con discapacidad. Pero, su funcionamiento se ve complicado por la cobertura de PAMI. Explica la abogada: «los afiliados inician los trámites para la cobertura de las prestaciones de apoyo, entre ellas el acompañamiento terapéutico que se realiza sobre todo fuera del horario de los Hogares de Día. Esta tarea busca la autonomía del paciente para circular por la vía pública. Hay un trabajo individual que se hace con cada joven, y PAMI deniega la cobertura de la prestación. Por eso nos vemos en la necesidad de ir a la justicia para discutirlo».
Luego de cualquier reclamo llevado adelante por las familias de los afiliados con discapacidad la justicia les da razón porque PAMI, como institución, está incumpliendo con lo que dice la ley N° 24.901, que la obliga a brindar el servicio. Pero resulta que con una sentencia judicial no es suficiente para que la entidad se allane a cumplir, y les dé una solución. Como indica la letrada: «efectivamente se consiguen sentencias que hacen lugar al pedido, pero el organismo no da cumplimiento con la sentencia. No sólo con la medida cautelar y la sentencia de primera instancia: cuando no hay más discusión que dar, el juzgado ha intimado reiteradas veces a cumplir imponiendo incluso multas, pero deliberadamente el PAMI no hace lugar. Se resisten en la negativa alegando que no corresponde luego de haber perdido el juicio. Hay un par de casos que la sentencia tiene un año, y no se arbitran los medios».
Suele pasar que los organismos del Estado cuenten con una asesoría letrada que evalúe los costos económicos e institucionales de incumplir con lo establecido por la justicia y, si encuentra en sus autoridades una vía libre para no obedecer, porque se obtiene el apoyo político para hacerlo, lo incumplen: no brindan el servicio. Los abogados seguirán apelando y cuestionando las intimaciones hasta que la familia se canse, se quede sin dinero para honorarios, o el paciente muera. ¿No lo puede creer? Créalo.
Las multas
Cuando hablamos de PAMI se trata de un organismo que está negando derechos a personas con discapacidad y a ancianos. Agregó la abogada que hay al menos un delito, que es el incumplimiento de la sentencia judicial: «Las razones alegadas son de tipo administrativo, de registro de prestadores, cuestiones que pueden ser atendibles y podrían justificar alguna demora en el cumplimiento». Pero por supuesto que el extremo de la situación es que no se respeta a la justicia bajo ninguna circunstancia: Sentencia contra el PAMI
«hay multas corriendo por cada día de demora que tampoco pagan. PAMI ya no cumple ningún tipo de orden judicial».
Para muestra, un solo caso: un reclamo que llevó adelante la familia de una persona con discapacidad, Sebastián, que requiere que el PAMI cubra su asistencia a un Centro de Día de jornada completa de 9 a 17, el transporte especial de ida y vuelta desde el centro hacia el domicilio, y el acompañamiento terapéutico 3 veces por semana, a razón de 2 horas diarias.
El primer paso en la justicia fue la medida cautelar, porque la ley N° 24.901 resultaba plenamente aplicable al caso, ya que dispone que las obras sociales tendrán a su cargo con carácter obligatorio la cobertura total de las prestaciones básicas que necesiten las personas con discapacidad que sean afiliadas. Dentro de estas prestaciones se encuentran comprendidas las de rehabilitación, la de centro día y las de transporte especial. Así lo reconoció el juez federal Santiago J. Martín en 2019, cuando determinó que, más allá de los argumentos con los que la entidad había intentado desentenderse de sus obligaciones, debía hacerse cargo de sus deberes de atención con el demandante. Pero no hicieron caso, por más que recibieron numerosas intimaciones, que además establecían las multas que debería pagar el PAMI si no se ocupaba de respetar los derechos del afiliado a recibir los servicios que requiere para otorgar una calidad de vida. Tampoco las pagaron.
La Cámara de Apelaciones integrada por los magistrados Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez respondió en julio 2020 el recurso presentado. El PAMI no quería brindar el servicio y la familia insistía, así que el resultado fue que la Cámara confirmó la sentencia y el recurso de apelación fue declarado desierto. Hasta ahora, no brindaron el servicio ni pagaron las multas.
Sin ambulancias
Pero, como el PAMI no deja desaire por cometer, la filial de Tandil en las últimas semanas decidió dar de baja el acuerdo que mantenía con la empresa local Usicom, que proveía de servicios de emergencias médicas y traslados a los 22 mil abuelos afiliados. El anuncio fue realizado a través de un comunicado y sin explicación para todos los pacientes que lo requerían, y menos aún para la firma que hasta el momento brindaba el servicio, respecto de la cual no había quejas. Hablamos del traslado de adultos mayores de la zona, y de un servicio que había funcionado sin inconvenientes durante los últimos treinta años.
Pero resulta que Usicom es la única empresa de la ciudad que está habilitada, y que cuenta con un médico en cada una de las ambulancias. Por eso, en su lugar, el PAMI contrató a la compañía Serem, cuya sede se encuentra en Mar del Plata: muy práctico.
Lo que sucedió fue que, a los pocos días de su debut como prestador del PAMI, la empresa Serem comenzó a recibir numerosos reclamos por lo defectuoso del servicio. Por todas estas razones, la dirección se vio obligada a brindar un 0800 para recibir esos reclamos de los familiares de afiliados de Tandil que no conseguían ambulancia, pero en ese número nadie contesta, por lo que es imposible plantear la queja. El servicio continúa haciendo agua, y el número habilitado es un fusible para que el afiliado se crea que alguien escuchará lo que tiene para decir.
Ni las autoridades ni los prestadores atienden el teléfono porque —por supuesto— están de vacaciones. El PAMI sigue siendo la caja con la que se otorgan trabajos en forma de pago por ciertos favores políticos. Y, por lo tanto, llega permanentemente gente que no sabe nada acerca de los servicios que allí se brindan y sin embargo tiene un cargo.
Los otros empleados, los que sí saben, tampoco tienen demasiado interés en asistir a los más vulnerables de la sociedad que resultan ser sus afiliados. Porque total, si la justicia los condena, no se le hace caso y listo: abogados tienen muchos.