Casino del Mar | La empresa que explota el Casino del Mar corre el riesgo de que se suspenda la autorización para explotar el juego de azar. La municipalidad reverá el permiso provisorio y el canon mínimo que paga Aldrey. Él estaba acostumbrado a ser el único tragamonedas de la ciudad.
Como este semanario ya ha informado suficientemente, la justicia dio la razón al Municipio de General Pueyrredón en el conflicto que siguió a la clausura del Casino del Mar. Determinó que seguirá cerrado hasta tanto no se otorgue la imprescindible habilitación municipal, que la empresa creyó innecesaria.
El secretario de Gobierno de la comuna, Alejandro Vicente, dio detalles en la 99.9 acerca del contenido del fallo: “el juez contravencional confirmó la multa económica y la clausura que había dictaminado el juzgado de faltas, luego del proceso en el Casino del Mar, reprochando la falta de habilitación municipal”. Explicó Vicente que se legitimaba así el proceder del personal municipal, y se dejaba en claro que ante la falta de cumplimiento de las ordenanzas, el simple paso del tiempo no le da derecho a una firma a pretender funcionar sin la habilitación municipal para su establecimiento comercial. Por más que argumente lo que argumente.
El desarrollo de la cuestión ha sido muy complejo, no sólo por el paso del tiempo desde la licitación original, sino además por los diferentes criterios puestos en juego a la hora de otorgar prerrogativas que ahora son observadas minuciosamente por la justicia de faltas. El proceso determina que no queda otra posibilidad para la empresa que cumplir con las reglas legales para llevar adelante la actividad que se propone: “ahora tendrán que actualizar todos los pasos que tiene la normativa municipal para reabrir. Llama la atención porque, ni bien se llevó a cabo el procedimiento, la firma Boldt se comunicó con la Secretaría de Gobierno diciendo que iban a cumplir con todo el procedimiento para poder habilitarlo. Sin embargo, luego utilizaron todas las vías legales que terminan siendo favorables a la comuna”, recordó Vicente.
El canon
No obstante, la discusión no alcanza solamente a lo que atañe al Casino, sino que además se sigue trabajando en la concesión de todo el Paseo Las Toscas. Se ha dejado en claro que el concesionario paga por mes una cifra irrisoria. Remarcó Vicente: “hay otra situación que es la relación entre la Comuna y la empresa que explota el Paseo, que es Hermitage SA. El canon que se está pagando actualmente está por debajo de los valores que corresponden y se está haciendo un proceso administrativo para redeterminar el monto, y analizar a su vez la conducta asumida por la firma frente a la comuna, para evaluar las decisiones a tomar”, remarcó.
Recientemente, la Secretaría Legal y Técnica se propuso firmemente analizar la situación de la concesión otorgada oportunamente a la firma Hermitage S.A sobre la explotación del Paseo Las Toscas y el llamado Paseo Hermitage. Al respecto, se planteó que tal organismo asesor llevaría adelante un dictamen preliminar de acuerdo con la normativa vigente en la administración de la comuna en lo que respecta a las pautas que emergen del pliego de bases y condiciones. Es decir, reevaluar cómo es que se otorgaron los derechos y cuánto se paga por la explotación de todo el predio.
Recuerda así el documento emanado, que la comuna y el adjudicatario suscribieron un contrato el 21 de septiembre de 1999. Pero que según lo establecido por la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Planeamiento Urbano, es posible que se hayan falseado datos en la confección del mencionado documento, lo cual sería plausible de la aplicación de las sanciones previstas en la normativa vigente en materia punitiva. Es decir que cuando se otorgó un permiso de excepción para el juego de azar, no se haya dicho toda la verdad.
Una de las cláusulas del contrato prohibía expresamente la explotación de juegos de azar, lotería y demás, “aun cuando cuente con la autorización de la autoridad competente”. Pero se sabe también que en 2005, la Secretaría de Gobierno a cargo de la Dirección de Recursos Turísticos autorizó al concesionario para la cesión parcial de un área de explotación, aunque aclaró que esa autorización era provisoria, y que podía ser revocada.
Po lo tanto, con la firma de Gustavo Gil de Muro, se emite la disposición por la cual se propone evaluar la derogación de aquella ordenanza 16.429, que es la que autorizaba a la concesionaria a la vía de excepción, al traslado del anexo III del Casino Central, que funcionaba hasta ese momento en el Salón Doreé del Hermitage, cuando el dueño del hotel dijo que necesitaba el espacio para hacer más congresos. Dice el secretario que a criterio de aquel organismo asesor, el permiso se otorgó en contraposición con lo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones. ¿Se han cometido entonces infracciones que merezcan que se cuestione ahora aquella autorización precaria?
Los contratos
La administración municipal dice ahora que se puede verificar la existencia de un contrato firmado entre la empresa concesionaria -Emprendimiento Paseo Las Toscas y Paseo Hermitage- y la firma Boldt S.A. Pero que hubo otro contrato celebrado entre esta última y el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la provincia de Buenos Aires, que también incluye la firma del concesionario.
El detalle es que las firmas de estos contratos no fueron evaluadas a la hora de otorgar el permiso antedicho de explotación de juego. Es decir, en buen romance, una cosa es cambiar de lugar una mesa de ruleta, y otra cosa es que exista un contrato tercerizado con una firma profesional del juego, que va a llenar el espacio licitado de tragamonedas. De hecho, en la discusión del Concejo Deliberante para el otorgamiento de aquel permiso precario, que ni siquiera fue seguido de un permiso de habilitación municipal, en ningún momento se evaluó ni se discutió si se quería para esta ciudad un local enorme dedicado a la disposición de tragamonedas, que ni siquiera implicaba para la municipalidad un ingreso económico proporcional.
Para la comuna, este ocultamiento tuvo una finalidad concreta: ocultar también los verdaderos ingresos que percibiría el concesionario por el ejercicio de esta actividad que se autorizaba, lo cual iba a incidir directamente en el establecimiento del canon. Dicho de otra manera, a la hora de establecer en qué porcentaje se incrementaría el canon que Aldrey Iglesias pagaría por explotar el sector, no se tuvo en cuenta el porcentaje que le correspondería de las ganancias que otorgan las máquinas tragamonedas, ya que sólo se hablaba de trasladar la ruleta.
Entonces, la oportuna Ordenanza 16.429 arrastraría un vicio de origen que permite ahora cuestionarla. Por todo lo expuesto, aquel órgano asesor de la municipalidad indica que se revisará legalmente todo el procedimiento con el fin de determinar los pasos a seguir. No sólo en materia de sanciones previstas por la ley, sino además en la posibilidad de suspender la ordenanza que autorizó el permiso precario de explotación. Además, se determinará el canon que la empresa licitatoria debió haber pagado durante todos los años que realizó una explotación indebida del juego de azar, ya que el permiso otorgado no preveía que había firmado un contrato con Boldt para poner las dichosas máquinas que le iban a generar una ganancia no prevista en el cálculo del insignificante monto establecido. La firma que tragó monedas contantes y sonantes durante más de una década corre el riesgo de tener que devolverlas.