A pesar de un fallo judicial en contra, mapuches usurparon los terrenos de un hotel en Villa La Angostura

La empresa propietaria de la hostería inició una acción reivindicatoria y la justicia falló a su favor en varias instancias. Sin embargo, la comunidad Lof Paichil Antriao se resiste a acatar la resolución alegando que tienen el derecho ancestral.

Un grupo de mapuches usurpó este sábado los terrenos pertenecientes a un hotel en Villa La Angostura, Neuquén, pese a un fallo judicial en su contra en el marco de una causa que se inició hace 16 años. Se trata de un lote cuya posesión la disputan integrantes de la comunidad mapuche Lof Paichil Antriao y los titulares de las tierras. El caso llegó a la Justicia y ya tiene sentencia con doble conforme, tanto de la Cámara de Apelaciones como del Tribunal Superior de Justicia provincial, en favor de los dueños.

El predio del hotel La Posada es propiedad de la empresa de servicios de alojamientos TIJE Inversiones y abarca una extensión de 10.000 m2 que incluye un lote aledaño, donde decenas de miembros de la Paichil Antriao se reunieron esta mañana para realizar distintas actividades a modo de protesta y resistencia porque la Justicia ordenó que ese lugar sea restituido a los titulares.

La causa judicial por estos terrenos comenzó en 2005, cuando se inició una acción de reivindicación contra Elma Quiroga y José Miranda, ambos de la comunidad aborigen, quienes se instalaron en el lugar y lo bautizaron como Puerto Elma.

En aquella oportunidad, el demandante y por entonces dueño del terreno en cuestión, un hombre llamado Carlos Alberto Popik, sostuvo que había adquirido el lote mediante escritura pública. Y aseguró que cuando había intentado tomar posesión del predio no pudo hacerlo porque se hallaba ocupado por los mapuches.

Este planteo fue rechazado por Quiroga y Miranda, que alegaron que como miembros de la Paichil Antriao ejercieron la posesión pacífica del predio durante más de 20 años y que les correspondía la propiedad. Se amparaban en las bases del instituto de la usucapión del Código Civil, según el sitio La Angostura Digital.

A medida que transcurrieron los años, los actuales propietarios (TIJE) le compraron la tierra a Popik con el juicio en curso. Posteriormente, la empresa alegó que era cesionaria de los derechos que Popik tendría sobre el inmueble. Luego de que la Justicia aceptara su intervención en el litigio judicial, el 14 de febrero de 2019 fue admitida la demanda contra Quiroga, Miranda y la comunidad mapuche. La Cámara de Apelaciones en lo Civil de San Martín de los Andes confirmó ese fallo seis meses más tarde.

La comunidad mapuche recurrió al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén que declaró inadmisible el 27 de julio del año pasado el recurso de queja que había presentado contra la sentencia de la Cámara y, mediante su abogado, pidió que el caso sea analizado por la Corte Suprema de la Nación. Sin embargo, los jueces de la Sala Civil del TSJ Roberto Busamia y Evaldo Moya rechazaron el 18 de diciembre del año pasado ese recurso extraordinario.

Recientemente, la jueza Andrea Di Prinzio Valsagna, a cargo del juzgado Civil y de Familia de Villa La Angostura, ordenó ejecutar la restitución de las tierras a la empresa e intimó a Quiroga, Miranda y la Paichil Antriao a entregar el inmueble dentro de un plazo de 10 días que se cumplirá la semana que viene.

Pese a ello, la comunidad ya adelantó que resistirá. Una muestra es lo que sucedió hoy. “Ante la amenaza de desalojo judicial de una porción del territorio tradicional de la lof Paicil-Antreao (…) nos autoconvocamos y reafirmamos el legítimo derecho al territorio Puerto Elma. Rechazamos el fallo judicial que desconoce los derechos de los Pueblos Originarios (PO) consagrados por toda la legislación vigente; ratificamos la decisión comunitaria de permanecer en el territorio en conflicto; constituimos un resguardo para exigir el cumplimiento efectivo del artículo 2 de la ley 26160 de emergencia comunitaria que suspendió los desalojos en 2006”, indicaron desde la Paicil Antriao a través de un comunicado.

El abogado de TIJE, Héctor Vénica, explicó en diálogo con Infobae que en este caso no cabe la aplicación de la ley 26.160 que suspende los desalojos de comunidades aborígenes porque durante todo este tiempo no pudieron demostrar su pertenencia a una comunidad ancestral y que esas tierras hayan sido heredaras. De hecho, el CEO de la agencia dueña del lote, Sebastián Felus, dijo que “incluso el INAI declaró en la causa que no hay comunidad ancestral sino urbana. Ellos no presentaron prueba alguna, ya que como quedó probado recibieron esos lotes de Puerto Elma y otros, valuados en más de 2 millones de dólares, en donación en el año 87 y están las firmas de todos ellos”.

“En los últimos años, TIJE radicó varias denuncias en la Municipalidad, Parques Nacionales y Prefectura por la realización de actividades comerciales no habilitadas en Puerto Elma, donde los mapuches deforestaron la zona y hasta construyeron una refugio en el no vive nadie”, aseguró Vénica. El letrado que representa a los dueños dijo que esperan “que el Estado actúe como corresponde” ante la reciente intimación.