Alejandro Borawski: “Para la jueza Camadro la alcoholemia no era punitiva”

El abogado defensor de la familia de Dana Dominelli se refirió en la 99.9 a la resolución de la jueza en torno a la acusación sobre Rodolfo Ación considerando que una alcoholemia de 0.49 una hora después del accidente no es punitiva.

Paralelamente al juicio contra Federico Sasso por la muerte de Lucía Bernaola y físicamente en juzgados muy cercanos, se llevó adelante un caso paradigmático donde otro fallecimiento por un atropellamiento, ha tomado menor significancia mediática.

Se trata de Dana Dominelli que fue atropellada por Rodolfo Martín Acion, oriundo de Adrogué, en la Ruta 11 a la altura de Playa Serena el 1° de enero de 2018. Recientemente, la jueza Jorgelina Camadro no encontró una responsabilidad punible en el acusado pese a haberse acreditado que el hombre arrojó un resultado positivo en el test de alcoholemia de con 0,49 gramos de alcohol en sangre.

El abogado defensor de la familia fue Alejandro Borawski dio detalles a través de la 99.9: “la madre luego del fallo indicó que mataron por segunda vez a su hija”. Luego agregó que “Ación conducía su auto 0 kilómetro de Miramar a Mar del Plata y a la altura de Playa Serena embistió a Dana quitándole la vida. Tenía el carnet vencido y una alcoholemia que daba en el test 0.49, es decir a 0.01 de ser punitiva a las 4.48 de la madrugada cuando le hicieron la prueba”. 

Según lo que se puede comprobar en materia científica, al momento del accidente, tenía una alcoholemia superior que estaba dentro de los límites de lo que se considera punitivo: “los peritos que entienden de la materia, indican que uno toma alcohol y se evapora a razón de 0,10 ml por hora. A la hora del accidente, le daba 0.59 bajo esta observación teniendo en cuenta que una hora después le dio 0.49. La jueza indica que la alcoholemia no era suficiente para proceder a imputarle el homicidio culposo agravado”.

Otro de los datos llamativos en torno al caso, es que la fiscalía decidió retirar el cargo: “el fiscal Pablo Cistoldi se retiró. Esto fue tolerado y avalado por el fiscal general”, destacó.

El hecho de minimizar que estaba conduciendo sin registro, para Borawski es grave: “el mismo estado somete a un plazo de validez el permiso que da. Vencido ese plazo se debe volver para un nuevo examen. Conducir sin licencia, es hacerlo antirreglamentariamente y el delito culposo necesita, entre otras cosas, no observar reglamentos”, finalizó.