“Argentina, última víctima en batalla legal de buitres para cambiar reglas de juego”

El premio Nobel de economía Joseph Stiglitz y el investigador argentino Martin Guzmán aseguraron que Argentina es “la última víctima en la larga batalla legal de los buitres para cambiar las reglas de juego” y analizaron, en ese sentido, la llamada “doctrina Champerty” que prohíbe la compra de deuda con la intención de presentar luego una demanda.

Joseph-StiglitzEn una nota titulada “El corte del pico de los buitre” y publicada este jueves en el sitio especializado “Project Syndicate”, el reconocido profesor de economía de la Universidad de Columbia y el investigador argentino en dicha institución, realizaron un análisis sobre la recomendaciones hechas por la Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA) sobre los nuevos términos para los bonos de gobiernos.
Por un lado, señalaron que si bien “la propuesta de ICMA deja sin resolver los cientos de miles de millones de bonos escritos bajo los términos viejos, el nuevo marco dice, de hecho, que la interpretación (del juez neoyorquino Thomas) Griesa ‘sobre la cláusula pari passu (de tratamiento igualitario),’ estaba mal y reconoce que dejarla en su lugar haría las reestructuraciones imposibles”.
Lo que la cláusula intenta “un componente estándar de contratos de bonos soberanos” era siempre asegurar que el país emisor trate a tenedores de bonos idénticos, de forma idéntica. Pero ha sido siempre reconocido que acreedores mayores ‘como por ejemplo el Fondo Monetario Internacional’ son tratados diferente”, detallaron los expertos.
Así es que, “Griesa, no pareció captar el entendimiento común de la cláusula”, dijeron explicando luego que la interpretación de la misma por parte del magistrado de Nueva York es que si el país paga intereses a los bonistas reestructurados debe también pagar a los fondos buitre en su totalidad.
En ese sentido, Stiglitz y Guzmán mencionaron que “el negocio de los buitre fue habilitado, en parte, por el litigio sobre la llamada doctrina Champerty basada en una doctrina inglesa de larga data adoptada luego por las legislaturas de Estados Unidos, que prohíbe la compra de deuda con el intento de presentar una demanda”.
Bajo este marco, “Argentina es simplemente la última víctima en la larga batalla legal de los buitre para cambiar las reglas de juego, para permitirles a ellos aprovecharse de países pobres que tratan de reestructurar sus deudas”, afirmaron los economistas tomando el caso de lo que le ocurrió a Perú en 1999 con el fondo buitre Elliot.
En ese año, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito “determinó que el intento de los demandantes de comprar deuda con descuento era ser pagados en su totalidad o si no demandar”, decidiendo entonces que el “intento de Elliot ‘porque era contingente’ no cumplía con el requisito Champerty”.
Sin embargo, los buitres “no estuvieron satisfechos y fueron a la legislatura de Nueva York, la que en 2004 eliminó efectivamente la defensa de (la doctrina) Champerty sobre cualquier compra de deuda por encima de 500.000 dólares”.
“Decisión ‘aseguraron’ que contradijo entendimientos según los cuales cientos de miles de millones de dólares de deuda ya habían sido emitidos”.
Abordando a su vez otro “cambio importante en el marco legal”, como es “el cambio de facto en `derechos de propiedad´”, Stiglitz y Guzmán concluyeron entonces que los buitres fueron “injustamente enriquecidos, por partida doble, con la nueva e injustificada interpretación de la cláusula pari passu”.
Por otro lado, los expertos consideraron otro aspecto en la “reforma” introducido por ICMA en cuanto a la Cláusula de Acción Colectiva (CAC), la cual deja aún “el campo abierto a los buitre” al no existir en deudas soberanas escritas en muchas jurisdicciones, mientras que además “sufren del problema de `agregación´.
Esto es que si una CAC requiere “digamos, el 75% de los tenedores de cada clase de bonos, los buitre podrían comprar 26% de sólo una clase de bono y bloquear toda la reestructuración”, tal como ocurrió con Grecia.
Ante esto, el nuevo marco presentado por ICMA dice que “la mayoría calificada se define por la aceptación del monto de capital total de los títulos de deuda en circulación de todas las series afectadas”, siendo las decisiones de este grupo mayoritario, “vinculante para todos los otros inversores”.
El premio Nobel de Economía y el doctor en Economía, Martín Guzmán, finalizaron su análisis advirtiendo sobre los “dos desafíos” que enfrenta hoy la comunidad internacional.
“Uno es lidiar con los cientos de miles de millones de dólares de deuda escritos bajo los términos viejos, que no puede ser reestructurada bajo el fallo de Griesa. El segundo ‘concluyeron- es decidir sobre los términos que deberían imponerse en el futuro”.