La Dra. Adelina Martorella planteó esta mañana en la 99.9 diferencias respecto de la fiscalía en la caratula de la causa de Melina Briz, cuyo juicio comenzó en el día de ayer. “Hay una pena diferente ya que de 8 a 25 años, pasamos a prisión o reclusión perpetua. Eso es lo que queremos acreditar”, analizó.
En el día de ayer comenzó el juicio en el caso Melina Briz. Después de la aberración jurídica que interpuso el Dr. César Sivo, llegará el momento de la verdad para Ariel Troncoso, el único imputado en la causa.
Esta mañana, habló en la 99.9 la abogada defensora Adelina Martorella y remarcó que por poco tiempo, este caso no será incluido como femicidio: “la ley que incorporó el femicidio fue posterior al hecho cometido por Ariel Troncoso. Se incorpora a fines del 2012 y el hecho por el cuál estamos en juicio se cometió en febrero del mismo año”.
Si la ley hubiera entrado en vigencia antes, sería sin dudas un caso para tratarlo como femicidio: “estarían dadas todas las condiciones para que se trate de un femicidio. Es una relación con un hombre 22 años mayor que la mujer, una decisión de una ruptura donde una chica de 18 años buscaba empezar a vivir cosas de su edad. Ante esta decisión, este hombre decide poner fin a su vida”, recordó.
También explicó como fue el camino de la causa que lleva demasiado tiempo en desarrollo: “una vez detenido el imputado y dadas todas las condiciones, hubo un vericueto jurídico. A Troncoso lo detuvieron el 14 de febrero de 2012 y el 16 de mayo del mismo año y por decisión de los jueces ante un recurso presentado por el Dr. Sivo. Plantearon la nulidad de todo lo actuado entendiendo que hubo un procedimiento irregular de los policías, el fiscal, el médico de la policía y un defensor oficial. Este planteo fue aceptado por los Dr. Madina y Dominella”. A partir de ahí, la investigación tuvo un borrón y cuenta nueva a punto tal de no reconocer el cuerpo que estaba enterrado: “eso produjo la nulidad de hasta el certificado de defunción. Melina estaba en el cementerio y para la justicia estaba como aparición de paradero. Esto terminó con la liberación del único detenido, separaron al fiscal de la investigación, hicieron sumarios contra los policías que investigaron y esclarecieron el hecho”, relató la Dra. Martorella.
Por suerte, apareció un poco de lucidez dentro de una justicia deslucida para dar vuelta atrás con ese fallo: “el 27 de diciembre de 2012 el tribunal de Casación entendió que todos los policías habían actuado en el marco legal y revocó toda la decisión previa. Puso las cosas en su lugar y el imputado fue detenido otra vez el 8 de enero de 2013 porque no se podía dar con su paradero”, señaló.
De todas maneras, la abogada señaló que no comparten el mismo criterio que el ministerio público: “Hay diferencias entre el particular damnificado y la fiscalía. Hasta ese momento, venía imputado como homicidio simple. Por la actividad del Dr. Moyano se le imputó por abuso sexual con acceso carnal con resultado muerte y luego abuso sexual con acceso carnal en concurso real con el homicidio simple”. Pero Martorella marcó distancia: “nosotros entendemos que es un homicidio calificado por haber sido cometido con alevosía. Hay una pena diferente ya que de 8 a 25 años, pasamos a prisión o reclusión perpetua. Eso es lo que queremos acreditar”.
Consideran que el escenario está claro y por eso, buscarán una carátula distinta: “el homicidio fue preparado, aprovechando la indefensión de Melina, ubicándola en un lugar donde el agresor no corría riesgo. Todo eso trataremos de acreditarlo durante el juicio”.