El primer ministro, el homosexual proaborto Leo Varadkar, ha anunciado que los hospitales católicos no podrán objetar en conciencia. Sin embargo, la resolución 1763 (2010) del Consejo de Europa reconoce el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario y de los hospitales e instituciones.
Tras la eliminación del la octava enmienda de la Constitución irlandesa por la que de facto queda permitido el aborto, ya sólo queda conocer los límites de la nueva ley irlandesa y, en especial, sobre el derecho a la objeción de conciencia.
El primer ministro del país, el homosexual y proaborto Leo Varadkar, ha anunciado que los doctores y las enfermeras podrán objetar en conciencia a la hora de practicar los abortos, pero que los hospitales católicos, por ejemplo, no podrán objetar en conciencia y estarán obligados a practicarlos. Y que incluso los médicos y enfermeras, aunque se acojan a su derecho a objetar en conciencia, estarán obligados a decir a las mujeres que quieran abortar dónde pueden hacerlo.
“No será posible para los hospitales financiados públicamente, sea quien sea el dueño o el propietario, optar por no ofrecer estos servicios necesarios que serán legales una vez la legislación sea aprobada por el Gobierno y el Senado”, ha avisado.
Según la BBC, el gobierno de Varadkar está redactando una ley que permitirá el aborto de bebés sanos hasta las 12 semanas y hasta las 24 semanas “en casos extremos”. En una encuesta realizada después del referéndum, casi el 70% de los médicos entrevistados afirmó que se acogería a su derecho a objetar en conciencia.
“Hospitales como por ejemplo el Holles Street, que es un hospital católico, el Mater, St. Vincent’s y otros se les exigirá, y es lo que se espera, que pongan en práctica cualquier procedimiento que es legal en este estado y ese es el modelo que vamos a seguir”, ha insistido Varadkar.
Sin embargo, el Consejo Europeo en el año 2010, en la resolución 1763, el conocido como Informe McCafferty sobre El derecho a la objeción de conciencia en la atención médica legal, recordaba a los Estados miembros del Consejo de Europa su obligación de reconocer la objeción de conciencia del personal sanitario. Pero no solo ya que en el primer punto afirmaba que “ninguna persona, hospital o institución debería ser coercionada, hecha responsable o discriminada de ninguna manera si rechaza la realización, la atención, la asistencia o la práctica de un aborto o de la eutanasia o de cualquier acto que cause la muerte a un feto humano o embrión, por cualquier razón”.