La Court of Session declara ilegal el marco aplicado por el servicio penitenciario escocés que habilita el traslado de hombres que se identifican como mujeres a prisiones femeninas tras asumir la interpretación del Tribunal Supremo del Reino Unido sobre el sexo biológico.

Un pronunciamiento judicial de gran calado altera el funcionamiento del sistema penitenciario en Escocia al cuestionar la validez de un modelo administrativo que, hasta ahora, permitía decisiones individualizadas sobre el destino de determinados internos en función de su identidad de género y de evaluaciones internas de riesgo.
Decisión del máximo tribunal civil escocés
El órgano superior en materia civil del país establece que el Scottish Prison Service no puede mantener un sistema que contemple el ingreso de personas nacidas varones que se identifican como mujeres en establecimientos penitenciarios femeninos bajo criterios discrecionales de evaluación.
La resolución, dictada por la jueza Lady Ross en la Outer House de la Court of Session, responde al recurso presentado por la organización For Women Scotland, que impugna la legalidad de la normativa aprobada en 2024 y cuestiona su compatibilidad con el régimen jurídico de separación de internos por sexo.
Estructura legal de la separación penitenciaria
El tribunal analiza el marco normativo vigente en Escocia y se apoya en las Prisons and Young Offenders Institutions (Scotland) Rules de 2011, donde se establece la obligación de mantener separadas las instalaciones destinadas a hombres y mujeres dentro del sistema penitenciario.
La interpretación judicial concluye que esta separación no constituye una opción organizativa flexible, sino una exigencia legal vinculante que estructura el funcionamiento del sistema carcelario y que responde a criterios de seguridad, privacidad y protección de las internas.
Cuestionamiento del sistema de evaluación individual
La política ahora invalidada permitía que determinados internos varones fueran considerados para su ingreso en prisiones femeninas en función de una evaluación caso por caso, basada en la ausencia de antecedentes violentos o sexuales, así como en otros factores de riesgo.
Incluso en supuestos con antecedentes relevantes, el sistema contemplaba mecanismos excepcionales que podían autorizar el traslado al entorno penitenciario femenino tras una valoración específica de las circunstancias personales.
El tribunal determina que este enfoque introduce una flexibilidad incompatible con la obligación legal de separación estructural por sexo, tal como queda recogida en la normativa penitenciaria vigente.
Influencia del precedente del Tribunal Supremo británico
La resolución escocesa se apoya directamente en el fallo del Tribunal Supremo del Reino Unido de abril de 2025, que establece que los términos “hombre”, “mujer” y “sexo” en la Equality Act de 2010 deben interpretarse en función del sexo biológico.
A partir de esta doctrina, el tribunal considera que la política penitenciaria impugnada se construye sobre una interpretación jurídica que no se ajusta al estándar legal vigente, lo que refuerza la conclusión de su ilegalidad.
Argumentación del Gobierno escocés
El Ejecutivo escocés defiende la necesidad de mantener un sistema flexible que permita evaluar casos individuales para proteger derechos fundamentales de personas trans, especialmente en situaciones de vulnerabilidad extrema o riesgo de autolesión.
Además, sostiene que el Convenio Europeo de Derechos Humanos obliga a realizar análisis individualizados que eviten consecuencias desproporcionadas dentro del entorno penitenciario.
Sin embargo, el tribunal rechaza que estas consideraciones puedan modificar el contenido esencial de la normativa de separación por sexo, al entender que las obligaciones de protección no alteran la estructura legal básica del sistema carcelario.
Intervención de la autoridad británica de igualdad
La Equality and Human Rights Commission (EHRC) interviene en el procedimiento judicial y respalda la necesidad de revisar la normativa penitenciaria escocesa tras el criterio fijado por el Tribunal Supremo.
El organismo sostiene que la inclusión de hombres en prisiones de mujeres dificulta la aplicación coherente del principio de separación por sexo establecido en la legislación y expresa una posición alineada con la parte demandante, al advertir de posibles distorsiones en la interpretación del marco legal vigente.
Alcance jurídico de la resolución
El fallo trasciende el caso concreto al consolidar la aplicación del criterio del sexo biológico en un ámbito especialmente sensible como el sistema penitenciario. El tribunal establece que las prisiones femeninas existen como categoría jurídica vinculada al sexo y no a la identidad de género, y que su separación constituye una obligación estructural del sistema.
Este pronunciamiento fija un precedente relevante en la interpretación de la normativa penitenciaria escocesa y condiciona futuras políticas públicas en materia de clasificación de internos.
Contexto político y debate social en Escocia
La decisión se enmarca en un clima de controversia sostenida en Escocia sobre la gestión de la identidad de género en servicios públicos segregados por sexo, un debate que ha adquirido especial intensidad en los últimos años.
El caso se ve precedido por episodios que generan una fuerte repercusión social y política, entre ellos el traslado inicial de un interno condenado por delitos sexuales a un centro penitenciario femenino, lo que provoca una revisión de los protocolos y una intensificación del debate público sobre los criterios de asignación en prisión.
Consecuencias institucionales del fallo
La resolución obliga a replantear los procedimientos del sistema penitenciario escocés en lo relativo a la clasificación de internos, al tiempo que refuerza la aplicación del marco interpretativo fijado por el Tribunal Supremo del Reino Unido en 2025.
El resultado es un cambio de orientación jurídica que impacta directamente en la organización de los centros penitenciarios y en la forma en que se gestionan los criterios de ingreso y separación dentro del sistema.