La orden alcanza a Angelici y a otros empresarios que obtuvieron una medida cautelar contra el adicional creado por el Presidente Macri.
Al final, todos los bingos deberán pagar el impuesto a las Ganancias , completo, sin recortes ni medidas cautelares. Así lo dispuso la Cámara en lo Contencioso Administrativo federal, que revocó la cuestionada medida cautelar que beneficiaba a los bingueros nucleados en la Unión Argentina de Empresarios de Entretenimientos (Uadee).
Los camaristas Rodolfo Facio y Carlos Grecco concluyeron que los bingueros no lograron demostrar que sea “confiscatoria” la carga adicional que el Congreso aprobó para la industria del juego en general, ni que los bingos afronten un peligro concreto de ir a la quiebra en el tiempo que le tomará a la Justicia evaluar su impacto real.
La decisión de la Cámara quedó plasmada en el juicio que inició la Uadee en representación de sus asociados, pero también alcanza a tres bingos del presidente de Boca Juniors y operador judicial de Cambiemos, Daniel Angelici, quien había iniciado su propio reclamo, en paralelo.
Facio y Grecco estimaron que todos los bingueros deberán continuar con sus reclamo en tribunales, donde el juez de primera instancia podrá ordenar peritajes contables necesarios para evaluar el impacto de la modificación tributaria y, llegado el momento, fijar su posición en una sentencia.
Al pedir la cautelar, los bingueros sostuvieron que era “confiscatorio” el aumento del 35 al 41,5 por ciento en el impuesto a las Ganancias dispuesto por la ley 27.346 y el decreto 179/17 que firmó el presidente Mauricio Macri, y afirmaron que esa suba podía llevarlos al quebranto.
El juez de primera instancia, Enrique Lavié Pico, compartió los criterios que la Uadee y Angelici plantearon en paralelo. Estimó que aplicarle ese adicional de 6,5 puntos porcentuales de Ganancias violaba, en principio, “el derecho constitucional de propiedad” y les concedió la cautelar, a mediados de noviembre pasado, hasta que dictara su sentencia.
Los abogados de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apelaron entonces ambos fallos. Pero Lavié Pico se inclinó otra vez a favor de los empresarios del juego y concedió el recurso al organismo tributario con efecto “devolutivo”. Es decir, que mientras se tramitó la apelación, la medida cautelar siguió en vigencia y los bingos no tributaron por ese adicional del impuesto a las Ganancias.
Al apelar, la AFIP centró sus reclamos en dos puntos. Por un lado, que la Uadee no tenía legitimación para intervenir por sí misma -y que cada empresa controlante de bingos debería reclamar por su propia cuenta- y que los bingueros nunca demostraron el impacto concreto de la recarga en la alícuota, ni que fuera “confiscatoria”.
Según la AFIP, Lavié Pico basó sus conclusiones en “una hipotética situación financiera de las [empresas] representadas, sin demostrar realmente la situación particular de cada una”, al punto que solo 5 de los 18 bingos representados por la Uadee presentaron certificaciones contables, mientras que los abogados de Angelici, acompañaron un cálculo hipotético que los técnicos del organismo tributario no pudieron corroborar.
“Grandes negociados”
Los letrados de la AFIP aprovecharon también su recurso de apelación para cargar contra la industria del juego en general y defender las atribuciones del Estado para regularla. “Es innegable la existencia de grandes negociados de quienes explotan y administran los juegos de azar y el perjuicio que esa actividad ocasiona a millones de personas que se encuentran afectadas por la adicción al juego”, indicaron. “Resulta de público conocimiento que la actividad concerniente a los juegos de azar es un negocio que maneja gran cantidad de dinero -añadieron- para beneficio de unos pocos en detrimento de muchos, especialmente de los más necesitados”.
En su fallo del viernes pasado, la Cámara convalidó el reclamo de la AFIP, pero con matices. Así, por un lado, revocó las cautelares que favorecían a los bingueros agrupados dentro de la Uadee -que alertó sobre un eventual “daño irreversible”-, y a tres empresas de Angelici: Bingo Ramallo SA, World Games SA, que controla un bingo en Pergamino e intereses en Brasil, y Desarrollos Maipú SA, con un casino en Mendoza.
Por el otro lado, los camaristas consideraron que la Uadee sí puede litigar en representación de todos los bingos que la integran, aunque estimaron que no logró demostrar “que las normas cuestionadas hayan establecido una carga tributaria que con relación a las entidades asociadas resulte confiscatoria”.
Ahora, indicaron Facio y Grecco, será decisión del juez Lavié Pico ordenar el peritaje contable que permita definir, en una sentencia de fondo, si el adicional de Ganancias para los bingos es o no constitucional, pero mientras todos los bingueros, Angelici incluido, deberán tributarle a la AFIP.