El máximo tribunal tiene casi listo un fallo que podría hacer caer a los titulares de varias fiscalías a cargo de juicios de lesa humanidad y de procuradurías encargadas de lavado de dinero y violencia institucional. Se inscribe en el marco de la disputa con Gils Carbó.
La Corte Suprema tiene casi listo un fallo que pondría en tela de juicio el sistema que utiliza la Procuración General de la Nación para nombrar fiscales subrogantes en puestos que se encuentran vacantes. A simple vista podrá parecer una decisión meramente técnica y para entendidos. Pero en el contexto actual, y a pesar de que se trata de una metodología aplicada desde hace años, tendría impacto político porque hoy representa un cuestionamiento a la gestión de la procuradora Alejandra Gils Carbó, quien además fue denunciada penalmente por dirigentes de la oposición por esas designaciones. También traería consecuencias prácticas, porque podría hacer caer los nombramientos de quienes están al frente de al menos el ocho por ciento de las fiscalías (40 de 435), varias de ellas a cargo de juicios de lesa humanidad, y de los titulares de dos procuradurías clave: las que se ocupan de lavado de dinero (Procelac) y de violencia institucional (Procuvin).
Lo que está en discusión es la legalidad de que actúen como fiscales quienes no tienen ese rango otorgado con acuerdo del Senado, sino que son funcionarios (por lo general secretarios/as) a los que se designan en forma interina hasta que se cubra la vacante con un concurso, como paliativo para que el sistema siga funcionando. La Corte podría firmar el fallo en su próximo acuerdo, que será el miércoles. Todo indica que no le dará un efecto retroactivo, porque eso obligaría a declarar nulas cientos de disposiciones firmadas por fiscales subrogantes –lo que generaría un descalabro judicial– y además evitará poner en riesgo los juicios por crímenes de lesa humanidad que muchos de ellos llevan adelante. Lo más probable es que establezca parámetros y/o algún plazo para “regularizar” la situación con fiscales concursados.
La decisión suprema podría impactar sobre otra “categoría” de fiscales, los llamados ad hoc, que suelen ser secretarios/as que son designados para cumplir funciones de apoyo a fiscalías en juicios puntuales y a quienes se les delega la posibilidad de tomar decisiones. Con ellos se arman equipos de trabajo, en especial en procesos judiciales de gran envergadura. Estos nombramientos son habituales en los juicios de lesa humanidad –por ejemplo actualmente actúan en juicios en Tucumán y Jujuy– y otros que tienen trascendencia social: actuaron en el juicio por el asesinato de Mariano Ferreyra; en la causa sobre narcotráfico contra el ex jefe de policía de Santa Fe, Hugo Tognoli; y en la investigación por lavado de dinero del Grupo Alé derivada de la causa sobre el secuestro de Marita Verón, entre otros ejemplos.
Este tipo de nombramientos de subrogantes y ad hoc tiene una larga historia, no es un invento de la gestión actual de la Procuración, según señalan en el organismo. Ya en el Juicio a las Juntas, en 1984, Luis Moreno Ocampo fue designado como adjunto; también hubo un fiscal ad hoc, Martín Niklison, en el juicio por el levantamiento carapintada. Incluso el Estado argentino se apoyó en la posibilidad de este tipo de nombramientos ante el sistema interamericano de derechos humanos como forma de garantizar el avance de las investigaciones sobre el destino de los desaparecidos durante el terrorismo de Estado y la responsabilidad de los represores. Ese compromiso quedó documentado en el acuerdo de solución amistosa impulsado por la madre de Plaza de Mayo Carmen Aguiar de Lapacó en 1999 y ante una petición, en 2009, de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto.
A pesar de estos antecedentes, y de que incluso en las gestiones de los ex procuradores Nicolás Becerra y Esteban Righi operó el mismo sistema de designación, las denuncias sobre el tema empezaron a llover después de la designación de Gils Carbó, quien viene promoviendo algunas modificaciones estructurales en el mapa de fiscalías, que han restado poder a algunos viejos fiscales (muchos de la época menemista, cuando no había concursos) y generado espacios de acción a favor de otros. La discusión se recalentó a partir de la intervención del titular de la procuraduría antilavado, Carlos Gonella, en la causa donde se investiga si Federico Elaskar y Leonardo Fariña sacaron del país 55 millones de euros supuestamente vinculados al empresario Lázaro Báez. Gonella recién obtuvo acuerdo del Senado como fiscal hace dos semanas. Varios dirigentes de la oposición, entre ellos el radical Mario Cimadevilla y Elisa Carrió, sembraron la sospecha de que su actuación sólo buscaba limpiar a Báez y focalizar la imputación en Elaskar y Fariña.
Del planteo se hizo eco el fiscal titular del caso, Guillermo Marijuán, e impulsó una causa penal a partir de las denuncias. Hay causas penales contra Gils Carbó y contra 39 integrantes del ministerio público que cumplen funciones de fiscales. Una de ellas, impulsada por el fiscal Gerardo di Masi, también le apunta al juez Sebastián Casanello, quien había desestimado una de las denuncias.
En el medio de esta discusión, la Corte Suprema recibió un planteo de nulidad de un dictamen que estaba firmado por la procuradora fiscal subrogante, Alejandra Cordone Rosello. Ella actuaba en reemplazo de la titular del área de Derecho Privado de la Procuración que había renunciado porque era la que le seguía en la línea jerárquica. El reclamo fue promovido por Antonio Conrado Martino, titular de Automóviles Saavedra, en una causa del fuero comercial en la que el dictamen fiscal evidentemente lo dejaba disconforme. Esta es la causa en la que la Corte Suprema basará su pronunciamiento, al parecer bastante próximo, sobre la validez de los nombramientos de subrogantes.
El problema de las vacantes no es patrimonio exclusivo de las fiscalías ni mucho menos. Para la Corte es historia conocida, ya que desde hace muchos años existe un promedio que oscila entre el 20 y el 30 por ciento de juzgados acéfalos debido a deficiencias, demoras y manipulaciones (políticas y corporativas) en el sistema de concursos y a dilaciones del Poder Ejecutivo en elegir candidatos de las ternas que promueve el Consejo de la Magistratura. En el Ministerio Público Fiscal hay cerca del 25 por ciento de vacantes. En uno u otro ámbito (la Procuración o el Poder Judicial) queda un margen para dudar de la razón por la que subsisten tantos puestos vacíos. Una posibilidad es pensar que fallan los sistemas de nombramiento, pero otra para nada descabellada (incluso complementaria) es que el hecho de que haya cargos disponibles facilita que los ocupen de manera transitoria funcionarios afines a quienes tienen el poder de designarlos.
La Corte posiblemente inspire su criterio para las fiscalías en el que usó para los juzgados, cuando advirtió que la actuación de secretarios en el papel de jueces dejó de ser la excepción para convertirse en la regla. En 2007 el tribunal dictó un fallo en un caso conocido como “Rosza” donde estableció que se estaba violando la garantía del juez natural y que tampoco había garantías de un servicio de Justicia independiente. Sostuvo que era inconstitucional el sistema establecido por el Consejo que permitía nombrar subrogantes secretarios o abogados (sin acuerdo del Senado) y fijó un año para normalizar la situación. Una ley posterior delegó los nombramientos en las cámaras. En aquel caso no se anularon las decisiones que hasta entonces habían sido tomadas por los jueces suplentes. A pesar del paso del tiempo, no se revirtió el escenario, a punto tal que ante pedidos puntuales la Corte aceptó convalidar la actuación transitoria de secretarios al frente de juzgados. Lo hizo en resoluciones concretas, como la que firmó en 2011 ante un pedido de la Cámara del Crimen para que cinco secretarios quedaran a cargo de juzgados. Pero son por lo menos 13 los que siguen esa situación.
En la Procuración explican que hay diferencia en las reglas que se aplican para el nombramiento de jueces y fiscales. El Ministerio Público Fiscal tiene autonomía y cuenta con una ley que regula su funcionamiento y que le da al titular de la procuración la facultad de nombrar subrogantes o formar equipos de coadyuvantes o ad hoc. El artículo 11 de la ley dice que en caso de recusación, excusación, impedimento, ausencia, licencia o vacancia de fiscales, tendrán que sustituirlos otros fiscales hasta que se concurse el cargo, pero prevé que si eso no es posible podrán subrogar otros agentes del Ministerio Público o abogados ajenos a esa estructura.
Si el fallo de la Corte invalida designaciones vigentes, podrían quedar afectados los nombramientos de: Abel Córdoba, titular de la Procuraduría de violencia institucional, y Gonella, de lavado. En el primer caso, la Procuvin, se debilitaría el trabajo que en los últimos meses puso a la vista las condiciones inhumanas de detención, torturas incluidas, en diversos penales de todo el país, y existiría el riesgo de que se desconozcan sus procedimientos, ya que es una dependencia facultada, por ejemplo, para allanar. También el nombramiento de Cordone como fiscal ante la Corte quedaría en entredicho.
Según los alcances de la sentencia, podrían caer 40 nombramientos en fiscalías. Esto afectaría por lo menos a cinco juicios de lesa humanidad en curso en Tucumán, Catamarca, Formosa, Salta y Córdoba. Algunas jurisdicciones, como Mar del Plata, quedarían casi sin fiscales: hay subrogantes en Dolores, Azul, Tandil, Necochea, y en la propia Mar del Plata en fiscalías de juicio y cámara. Sólo Daniel Adler es titular allí. A todo esto, hay que sumar el impacto político de la decisión de cuestionar a Gils Carbó, lo que podría ser utilizado ante la Justicia federal para perseguir penalmente a quien es, además, una referente del movimiento crítico Justicia Legítima.