
Los síndicos de la quiebra de Ariel Schneir vendieron el único inmueble de Latic Argentina SA por una fracción de su valor, perjudicando así a los acreedores de la escandalosa quiebra de la empresa.
Desde este medio expusimos, hace algunos años, el escándalo Latic: una megaestafa con la venta de automotores en Mar del Plata, cuyo responsable ya arrastraba un proceso judicial en el distrito Sur de Florida, estuvo detenido en Batán y recuperó la libertad con la promesa de pagar. Pero durante esos años, Schneir construyó un patrimonio que debería haber servido para resarcir a los damnificados, cosa que nunca ocurrió. Uno de esos bienes, es un inmueble sobre avenida Colón, a media cuadra de plaza Mitre.
Precio írrito
En una entrevista para la FM 99.9, el abogado Hernán Gozzi, que representa a uno de los damnificados, fue terminante: «Ahí hay una situación que, como queda corto decirlo, irregular. Estoy convencido de que hubo una conducta delictiva por parte de la sindicatura». La sindicatura está integrada por los contadores Eduardo Henderson, José Luis Lastra y José Eugenio Martín Zotes. «Los síndicos, de manera excediendo toda facultad, procedieron a venderlo. El juez no convalidó esa venta y entonces la cuestión está en discusión», explicó. Y agregó: «Los síndicos se han manejado con una absoluta impunidad».
Las acciones de Latic Argentina SA forman parte del activo de la quiebra de Schneir, y el inmueble, según el escrito con el que el propio fallido se opuso luego a la maniobra, «resulta ser su único bien y el 100% de integrante del patrimonio de Latic Argentina SA». En un principio, los síndicos resolvieron «ofrecer una locación, lo cual suele hacerse y estaría bien», contó Gozzi. Pero cuando la sindicatura pidió autorización para alquilarlo con opción a compra a favor de Coliri SA, el juez lo rechazó: «no pueden incluirse cláusulas que -apartándose de las condiciones normales de la locación comercial- otorguen ventajas indebidas a un tercero, comprometan en venta el inmueble, limiten o restrinjan de cualquier manera la forma en que -eventualmente- se disponga la liquidación del inmueble».
Según la denuncia, al año siguiente se habría firmado igual un convenio de crédito por inversión entre Coliri y Latic: «Dicho convenio fue oculto y celebrado a pesar de que el Juez de la quiebra prohibió celebrar actos de tal tipo». Gozzi lo resumió así: «nadie sabe por qué de la inversión, es decir, no hay una pericia sobre el inmueble». El escrito agrega que Coliri «ha estado explotando el inmueble y nunca ha abonado un alquiler por la explotación de las cocheras, local comercial y departamento que se encuentra en el primer piso».
El desenlace llegó una década después. «Los síndicos resolvieron que la mejor forma entonces era directamente venderle», para «compensar el crédito» y «venderlo por fuera de la quiebra, sin conocimiento del juez», describió Gozzi. En asambleas de Latic donde los síndicos votaron en representación de los fallidos, se aprobó la oferta de Coliri por «USD 800.000, pagaderos de la siguientes forma USD 202.134,22 por convenio de compensación convenio de inversión del año 2013, USD 577.865,78 transferencia cuenta Santander Rio en pesos a dólar oficial y USD 20.000 recibo de entrega para gastos», según la denuncia.
Los 800 mil dólares, además, nunca fueron tales. Gozzi advirtió que la operación se hizo en pesos al dólar oficial, en plena brecha cambiaria: «O sea que además de una venta totalmente irregular, se hizo por un precio irrisorio». El escrito del fallido pone los números: «a la fecha del depósito 30 de noviembre de 2023, estaba el dólar oficial a $375, dólar MEP a $858,82 y el dólar informal a $900». La conclusión es que «Coliri SA habría desembolsado únicamente la suma de USD 252.322,56 para adquirir una propiedad valuada en un 500% más que lo que realmente pagó». En el propio expediente de la quiebra, una martillera había tasado el inmueble «en la suma de 1.050.000 USD».
El juez de la quiebra, Maximiliano Colangelo, reaccionó con la venta ya consumada: dictó una prohibición de innovar sobre el inmueble y le reprochó a la sindicatura que la convocatoria a la asamblea «no se condice con la seriedad y trascendencia que ese acto importa, en cuanto acto de disposición que no está autorizado en este proceso». Días después la intimó «por última vez», «bajo apercibimiento de remoción», y le hizo un «llamado de atención». Meses más tarde insistió: «parece olvidar la sindicatura que no es un socio en la sociedad Latic Argentina S.A.y, por ende, no puede comportarse como tal».
Justicia lenta
Todo lo que rodea a Schneir parece regirse bajo el principio inspirado en el arte de René Lavand de «no se puede hacer más lento». Sobre la condena que recibió hace pocos días, en una causa distinta de la principal, Gozzi fue lapidario: «Se trata de una causa de mínima complejidad. Sin embargo llevó 16 años llevarlo a juicio a Schneider, lo cual es una locura en términos de mora judicial».
La denuncia contra los síndicos por la venta del inmueble cayó en la Unidad Funcional de Delitos Económicos, a cargo del fiscal Carlos David Bruna, que notificó a los tres contadores el inicio de la causa en su contra, pero después la archivó. Gozzi pidió la revisión y el fiscal general Fabián Fernández Garello revocó el archivo «por prematura»: «entiendo prematura la obturación de la pesquisa, cuanto menos respecto de los referidos síndicos, puesto que existen elementos que permiten concluir que su accionar excedió el mero ejercicio de facultades ínsitas a su función de auxiliares del servicio de justicia».
Apoyado en un informe de los contadores de la Policía Judicial, el fiscal general concluyó que «los denunciados habrían asumido una intervención indebida, gestionando la realización de un acto de disposición sin contar con facultades suficientes para ello». Y sumó el precio: «Tales circunstancias ameritan una profundización de la pesquisa, máxime cuando el denunciante refiere además que la operación se habría realizado por un precio írrito, por debajo de las tasaciones del mercado, extremo sobre el que también debería indagarse». En cambio, descartó reproche penal para el juez civil, «ya que aquel accionar en exceso de los síndicos no fue sostenido jurisdiccionalmente, antes bien, todo lo contrario, una vez advertida la maniobra».
Desde entonces, poco. «La investigación penal está avanzando muy lentamente», explicó Gozzi. «Se han tomado una serie de testimonios», pero a los síndicos solo se les informaron las previsiones del artículo 60: «todavía no se les ha tomado declaración indagatoria, por lo cual técnicamente todavía no estarían procesados».
Para el abogado, el material sobra: «Solamente con la prueba documental del expediente de la quiebra sería suficiente como para citarlos a que den explicaciones». Según su cálculo, «estaríamos en condiciones ya desde hace unos cuatro meses». «La primera intención era archivar directamente las actuaciones y ahora existe una injustificada demora en citarlos a una audiencia indagatoria», cuestionó.
Claramente, la mora judicial no debería ser inocua para quien la provoca. Gozzi lo planteó así: «Ese estado de sospecha está más que satisfecho a partir de las propias actuaciones judiciales de la Justicia Civil y Comercial. Con eso es suficiente como para decir: ‘Bueno, explíquenos acá qué pasó, cuál es su versión de esto’».
