El segundo juicio por la muerte de Lucía Pérez y una operación política para lograr una sentencia a la medida de un sector de la sociedad. Jaque a la independencia de poderes, y a la administración de justicia.
La aparición pública del presidente de la nación, Alberto Fernández, en las redes sociales de Presidencia recibiendo en la residencia de Chapadmalal a los padres de Lucía Pérez es el reflejo elocuente de todo lo que un mandatario no debe hacer en el ejercicio de la primera magistratura del país.
Como se sabe, días atrás, Fernández se fotografió con una remera con la imagen de Lucía Pérez, que simboliza la lucha de la familia en el plano judicial. Y esa foto se comunicó por la cuenta oficial de Twitter de Presidencia, acompañada de las expresiones de Fernández dando su apoyo y diciendo que la familia «puede contar con la fuerza y la presencia del Poder Ejecutivo» en este nuevo juicio «luego de la escandalosa absolución de los imputados en 2018».
Además, anticipó la calificación de los hechos que motivan el debate como un «femicidio», cuando es el actual tribunal, integrado por los jueces Gustavo Fissore, Alexis Sima y Roberto Falcone, el que debe decidir —justamente, y después de la polémica del primer juicio— si acredita y aplica dicha tipificación en su futura sentencia, así como la eventual responsabilidad penal sobre los imputados.
Vale recordar que hay un segundo juicio porque el primero absolvió de femicidio a los imputados Matías Farías, Juan Pablo Offidaniy Alejandro Maciel, quien ya falleció. Y que, por ese primer fallo, los jueces Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas atraviesan un proceso de jury en el Senado de la Provincia de Buenos Aires.
Luego de ser elevado un recurso a la Cámara de Casación Penal, ésta entendió que el primer juicio se resolvió sin que se contemplara la perspectiva de género, por lo cual se abrió una puerta para el reclamo de diversos sectores de la sociedad que entienden que le faltó, al fallo, una mirada acorde a los preceptos de la vulneración de derechos que sufren mujeres y disidencias. Sin embargo, lo que no hizo la casación fue opinar sobre «impunidad» porque, al respecto, hubo una sentencia.
Operación de pinzas
Desde otro de los poderes del Estado también llegaron presiones: la diputada del Partido Obrero, Romina del Pla, se refirió al «aberrante fallo misógino que en 2018 absolvió del femicidio a Farías, Offidani y Maciel».
Desde la web del PO, la legisladora presionaba anunciando que iba a estar presente el pasado 14 de marzo en el Salón Dorado del Senado bonaerense, donde se iniciaría el proceso de juicio político (jury) a los jueces Gómez Urso y Viñas. El jury fue suspendido hasta nuevo aviso, pero Del Pla ya los catalogaba como «responsables del fallo machista que centró la responsabilidad del femicidio en la vida de Lucía y no en los acusados».
Casi como si se tratase de una operación de pinzas, Fernández y Del Pla calibraban sus opiniones desde un lado y el otro de los poderes de estado. El fin o la tuerca para ajustar con esa pinza es la misma: el inminente fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata. Así, desde dos de los tres poderes se intenta imponer un criterio al respecto de lo que debería ocurrir en este segundo juicio, dejando en claro que en esta nueva ocasión el fallo debería conformar a los actores políticos. Poco parece importar si en el medio se llega a administrar correctamente justicia.
Refutaciones varias
Desde diferentes espacios del entramado judicial se han expresado al respecto de las declaraciones presidenciales, las mismas que motivaron que la Defensoría General de Mar del Plata pidiera la anulación del juicio ante la intromisión de Fernández, la que caracterizó de una «inusitada gravedad». Sin embargo, ante la evidente «jugada» del primer mandatario en la causa, el tribunal rechazó el pedido de anulación.
Afirma la Dra. Cecilia Boeri a cargo de la Defensoría, que «la injerencia denunciada no ha sido con el fin de liberar a alguien de la persecución penal, sino para impulsar su condena y la pérdida de libertad» (sic) y resalta que este es un hecho de gravísimas consecuencias.
En diálogo con la FM 99.9,Boeri explica que «Hay dos temas: Uno central que es la invasión de un espacio que corresponde sólo a la justicia y compromete la imparcialidad del tribunal por parte del Poder Ejecutivo, pero, además, esa intromisión está expresamente prohibida en el artículo 109 de la Constitución Nacional referida al Presidente de la Nación. Esto invalida el juicio porque es una situación objetiva, no puede haber una intromisión del Poder Ejecutivo en una causa en trámite».
En el contexto del rechazo del pedido de nulidad que le negaron los jueces Fissore, Sima y Falcone, la Defensora sostiene que debería ponerse sobre la mesa el temor de los judiciables a no recibir justicia. Es fácil imaginar la desigual potencia que tiene la opinión de un Presidente de la Nación contra la palabra de un ciudadano común. A eso debe sumarse que Fernández habla de un «crimen» siendo que todavía no hubo sentencia y ya lo caracteriza como «femicidio».
También desde la Red de Jueces Penales de la Provincia de Buenos Aires se levantaron voces discordantes con lo realizado porel Presidente. En este caso, la Dra. María José Lescano, vicepresidenta de la entidad, expresó su preocupación y coincidió en que se trata de una intromisión en el tema.
Dijo en los micrófonos de la FM 99.9 que «es grave que los representantes de las víctimas indiquen que si no se resuelve como ellos deciden, se iniciará un jury. Los jueces deben tener libertad de valoración de la prueba». En este sentido, aclaró que los tres poderes del estado deben tener libertad e independencia para resolver las situaciones que le llegan.
En un extenso comunicado, la Red de Jueces Penales califica el accionar del Presidente de «intolerable intromisión en la labor de los magistrados» y afirma que los miembros del poder del Estado —todos— deben «tener la suficiente templanza como para poder afrontar la propia presión que implica de por sí administrar justicia» y agrega que se les debe reclamar «responsabilidad» en todos los niveles de la esfera pública.
Para Lescano, todo esto «implica una verdadera intromisión en la Administración de Justicia que debe exponerse para evitar situaciones similares a futuro» y detalla que «acompañar a las víctimas no puede ser justificación para burlar las garantías de independencia judicial e imparcialidad» menos cuando quien ejerce ese quiebre de reglas es el Presidente de la Nación, el que «tiene prohibido, por expreso mandato constitucional, el ejercicio de funciones jurisdiccionales (art. 109 CN)». Ergo, Alberto Fernández no se puede meter en la opinión pública a comentar los hechos como si se tratase de un parroquiano en un café, porque su cargo y su rol no se lo permiten.
En libertad condicional
Los jueces siempre están tratando temas que, de uno u otro lado, implican dolor. Y eso requiere templanza de parte de los magistrados en el tratamiento de los casos y la posterior decisión que se plasma en un fallo.
Si el juicio termina como Alberto Fernández, el Partido Obrero y los diferentes colectivos sociales, agrupaciones feministas y expresiones políticas de izquierda impulsan, más allá de cualquier razonable administración de justicia, como nunca habrá quedado en evidencia que los judiciables están bajo libertad condicional y que, con pretendidas ínfulas de monarca, cualquier sujeto que llegue a la primera magistratura nacional puede arrogarse el derecho de decidir sobre la libertad de las personas, dictar sentencia previa en una causa en trámite, burlar la división de poderes y diseñar fallos a medida, según las condiciones y la oportunidad del momento.
Tal como dicen la Defensoría General y la Red de Jueces Penales, dejar pasar como agua bajo el puente la imprudente manifestación del Presidente reviste el peligro de que pueda repetirse a futuro. Y eso coloca en serio riesgo el normal desempeño de las instituciones y particularmente la salud de la república.