Indefendible

Procesan al fiscal general | Fernández Garello integra un grupo de ex agentes de inteligencia acusados de secuestro y tormentos agravados en perjuicio de tres militantes comunistas durante la dictadura. No tiene defensa, pero emite comunicados.

Ya en 2016, este semanario se hacía eco de las palabras del secretario de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), Roberto Cipriano, que daba información acerca de una denuncia contra el fiscal general de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello. Sorprendía afirmando que el funcionario había sido un agente que prestaba servicios en la DIPBA de San Martín, y que desde allí se infiltraba en reuniones para generar informes. Secuestraba y torturaba a militantes políticos.

Hoy la noticia es el efectivo inicio del proceso judicial: se concreta la elevación a juicio. El documento del juzgado de San Martín nos permite precisar los datos de aquella participación. El abogado —el mismo que hoy dirige el ministerio fiscal en este departamento judicial— no solamente supo infiltrarse en diferentes grupos civiles, sino que —según las declaraciones de al menos tres sobrevivientes— participó en las detenciones, allanamientos ilegales de domicilios, secuestro de bibliografía, apremios y tormentos agravados por la condición de militante político.

Junto con el oficial principal Marcos José Sztemberg, el suboficial mayor Roberto Abel Marcel, y el cabo primero Daniel Cammarota, de la Brigada de Investigaciones III de San Martín, y el oficial subinspector Eduardo Daniel Ríos, Fabián U. Fernández Garello representaba a la Delegación Regional de Inteligencia III (DIPBA) también con el grado de subinspector.

Hubo también otras personas en estos grupos de tareas tardíos, que no han podido ser identificadas dado que sus nombres no figuran en las actas labradas.

Los comunistas

Al menos tres militantes narran haber padecido un episodio similar: fueron detenidos ilegalmente por este grupo antes detallado, y cada uno de ellos fue llevado a un baño, donde fueron golpeados. En el lugar de la detención se realizó un allanamiento ilegal y se procedió al secuestro de documentación y bibliografía.

Cada uno de ellos fue trasladado a la Brigada de Investigaciones III de San Martín, donde fueron alojados dentro de un cubículo muy chico. Estuvieron agachados o sentados con las rodillas para arriba, pero muy incómodos.

Desde ese lugar fueron llevados a señalar los domicilios de otros integrantes del partido comunista en un auto. En un momento del recorrido, a uno lo bajaron y lo amenazaron con ponerle la cabeza debajo de la rueda si no aportaba los datos solicitados, lo agarraron del hombro, y le insinuaron que lo ejecutarían si no hablaba.

Relatan los detenidos que, al regresar a la Brigada, eran colocados en un calabozo cerrado, sin ventanas. También, que eran interrogados por personal de la DIPBA acerca de la actividad del Partido Comunista. Hubo diversas clases de torturas. Finalmente, fueron llevados al Juzgado Federal de San Isidro donde se les recibió declaración indagatoria, y fueron dejados en libertad.

Si bien los relatos de los diferentes militantes del partido comunista tienen diferencias, hay puntos comunes que permiten que el Juzgado Federal en lo Criminal 2 de San Martín estime que se encuentra debidamente acreditada la responsabilidad de Fabián Uriel Fernández Garello, Hugo Carlos Ramón Tresguerras, Daniel Eduardo Ríos, Daniel Cammarota, Ricardo Alberto Coronel, Guillermo Horacio Ornstein y Jorge Norberto Apa en los delitos que se le imputan, y por lo tanto no hace lugar al sobreseimiento que había planteado la defensa. No atendió a ninguno de los manotazos de ahogado de los abogados, que no tenían nada que decir.

De todas maneras, tras conocerse la elevación a juicio, el fiscal Fernández Garello volvió a defenderse de la acusación con un comunicado. Planteó que aún está a la espera de una resolución de la Cámara Federal de Casación, cuya sala segunda aceptó en marzo pasado un recurso de queja interpuesto por su defensa. Es decir que, acusado de un crimen de lesa humanidad que incluye el secuestro de varios militantes en una etapa tardía de la dictadura argentina, que incluye además tormentos y allanamiento ilegal, lo que tiene para decir es que prescribió. Han leído bien. No dice que jamás haría algo así, que cómo se les ocurre pensarlo, que él es una autoridad del poder judicial que imparte la ley. No, dice que es tarde para reclamarlo.

También dijo su abogado que él estaba aplicando la ley de la época, que era la ley antisubversiva, que ahora resultará antipática pero que en ese momento estaba vigente: la ley 20840 de 1974.

En marzo pasado, al aceptar ese recurso presentado contra la confirmación del procesamiento que estuvo a cargo de la Cámara de Apelaciones de San Martín, los camaristas Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci (con disidencia de Alejandro Slokar) plantearon que les correspondía analizar el caso en esta instancia ya que por el planteo de la defensa “podría verse afectado el principio de responsabilidad personal por el hecho, derivado de la garantía constitucional de culpabilidad”.

A esto apunta la defensa de Fernández Garello, que se centró en afirmar que en los tres hechos materia de acusación —el secuestro y tortura de los militantes comunistas— se realizaron investigaciones y allanamientos legítimos, en concordancia con las leyes vigentes en esa época, y en cumplimiento de órdenes amparadas en las normas. Ha sostenido que Garello y los otros seis imputados estuvieron dirigidos a la comprobación de un delito, sin violencia y con la comunicación inmediata a la autoridad judicial competente.

Parece ser que, en su momento, la Cámara de Apelaciones entendió que durante los sucesos que ocurrieron durante el gobierno de facto, si bien quienes actuaron en la lucha contra la subversión utilizaron y se valieron de las leyes vigentes, también, en gran medida, utilizaron una metodología ilegal. Resulta llamativo que necesitemos una resolución de la Cámara para que deje sentado que —más allá de cualquier ley— ningún tormento es metodología de interrogatorio en Argentina.

El anuncio

Ya en 2016, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) había realizado una denuncia contra el fiscal Fabián Fernández Garello, y había sido pionera en acusarlo de participar en delitos de lesa humanidad. El secretario Roberto Cipriano, había dicho: “El archivo de la Dirección de la Inteligencia de la Policía Bonaerense que la Comisión por la Memoria custodia desde el 98 es muy grande. Reúne espionaje de la década del 40 hasta 1998 incluyendo la Dictadura. Se ha ido digitalizando y nunca fue un archivo que se utilizó para hacer espionaje ni buscar antecedentes”.
Incluso relató que en realidad se toparon con la información sobre la actividad del fiscal general de casualidad: estaban investigando un crimen de lesa humanidad, que es la muerte de Ana María Martínez, asesinada en el año 81. Buscaban información de la DIPBA San Martín, y fue así que se enteraron de que Fernández Garello era un agente que prestaba funciones ahí. “Fue algo aleatorio, no lo salimos a buscar”, explicaba. Casi inmediatamente lo chequearon, lo informaron al juzgado e hicieron la comunicación junto con la presentación en la Justicia Federal.
Como parte del material archivado pudieron confirmar que la función principal que cumplía el fiscal general de nuestra ciudad era infiltrarse y generar informes, pero eso no fue anecdótico. El abogado se llegó a infiltrar en una reunión de Madres de Plaza de Mayo con el Episcopado, además de reuniones en cooperadoras escolares y en distintas organizaciones sindicales para después hacer los informes requeridos. 
A partir de la investigación que iniciaron, los integrantes del CPM pudieron llegar a la relación que había tenido Garello con distintos casos que terminaron en delitos. Hay informes suyos dentro de la delegación de Inteligencia que integraba, que se refieren al caso Martínez, pero fundamentalmente aparece claramente implicado en el caso de los tres militantes del partido comunista que está bajo investigación en el juzgado de San Isidro. Decía Cipriano que los acusados trabajaban de manera articulada con el Ejército, el Batallón 601. 
Ya en aquel momento, CPM consideraba importante reunir información para que el caso pueda llegar a juicio: “Fernández Garello aparece siendo parte del secuestro y la detención de estos tres militantes que declararon luego que eran las mismas personas quienes lo torturaban reconociendo voces porque estaban encapuchados”.

Ahora podemos decir que tantos años de impunidad centrada en el poder están llegando a su fin. Hay un juez que dice que Fernández Garello es responsable, que estos delitos no prescriben, y que no hay ley que ampare la tortura. Imperdonable, señor fiscal.