Causa de las jubilaciones falsas | Casación vuelve a prorrogar una prisión preventiva que ya lleva cuatro años. El juicio no empieza nunca, y las excusas son que la causa es muy complicada y que los jueces del tribunal no se pueden organizar entre ellos. Vergüenza ajena.
La comunidad marplatense recuerda —aunque, lejanamente— que en el estudio jurídico situado en avenida Paso 2882 de Mar del Plata funcionó una asociación delictiva denominada Organización Jurídico Previsional. Le suenan los nombres, ya que la agrupación estuvo integrada por Roberto Luis Balbuena, Rubén David Cagni, Luis Miguel Irós y Luciano Conrado Diez Suárez, con la que colaboraron otros imputados: José Ricardo Caliyuri, Miguel Norberto Coelho, Fernando Fernández, Daniela Livi, Rodrigo Jones, Luis Alberto Funes, Alejandro de la Torre Kristovich, Ramón Tula, Ariel Fati, Rodolfo Barone y Héctor Seri.
Las maniobras consistían en la utilización de empleadores falsos, o sin actividad comercial activa, para simular vínculos laborales con empleados que no trabajaron nunca, quienes se convertirían así en beneficiarios indebidos de jubilaciones a través de una trampa: fraguar períodos de prestación laboral haciendo una regularización extemporánea en el Sistema Integrado Previsional Argentino, sin realizar los aportes y contribuciones obligatorios. Los empleadores supuestos van desde la humilde panadería Nogal de calle Peralta Ramos al 600, hasta el Instituto Pueyrredon, un secundario privado que funcionó durante años.
Para lograr esto, los estafadores necesitaban un acabado conocimiento de los sistemas de la AFIP y el ANSES, y utilizar el CUIT de esos empleadores falsos por medio del cual se declararon servicios apócrifos en supuesta relación de dependencia. Es decir, que las contribuciones legales de aquellos supuestos trabajadores dependientes fueron cargadas fuera de término, y dentro de un mismo período. Pero, en muchos de los casos, se declararon remuneraciones de importes bastante elevados que se tradujeron directamente en jubilaciones también altas.
En algunos casos, parece que el mecanismo defraudatorio tendría su punto de partida en la Comisión Médica Nº 12, a veces continuaba ante la Comisión Médica Central, y aún ante la Cámara Federal de la Seguridad Social. Se obtenía el beneficio en virtud de la invalidez dictaminada por alguno de los mencionados organismos. Todos los nuevos casos presentarían entonces las mismas características de los anteriormente tratados. Así, actuarían indistintamente los profesionales médicos mencionados, mediante la suscripción de certificados, informes o dictámenes médicos que sirvieran para justificar la obtención de un beneficio previsional, como también los abogados investigados.
El preso
Uno de los implicados en la causa es quien ahora nos ocupa: Luciano Diez Suárez, quien fue detenido preventivamente el 25 de abril de 2018. Es decir, que lleva más de 4 años y medio privado de su libertad. La Cámara de Casación intervino más de una vez con el fin de prorrogar la medida de privación de la libertad, pero en la anteúltima había encomendado al Tribunal que le imprima la mayor celeridad al trámite de la causa.
El Tribunal Oral no ha acatado en lo absoluto, aunque el pasado 28 de julio, la Casación había indicado: «exhortar al tribunal de mérito a fijar audiencia de debate oral y definir la situación procesal de los nombrados dentro del plazo dispuesto».
Es decir, apúrense, fijen la fecha del juicio antes del 25 de octubre. No pudieron, no les salió. La solución que se les ocurrió es prorrogar la prisión preventiva por otros seis meses. Increíble.
Es por esto que el pasado 24 de octubre, el Tribunal Oral de Mar del Plata dispuso la prórroga de la prisión preventiva de Diez Suárez por seis meses más, al menos hasta el 25 de abril de 2023. Los fundamentos para disponer que siga en prisión preventiva —aunque domiciliaria— se pueden sintetizar así: complejidad de la causa, gravedad de los hechos, elevada pena en expectativa, proporcionalidad de la prisión domiciliaria, y aunque no lo puedan creer, «la dificultad del tribunal —conformado con jueces subrogantes de distintas jurisdicciones— para coordinar el inicio del juicio».
Es decir, que se le está diciendo a un joven padre de dos hijas menores de edad, con domicilio fijo en la ciudad, que vive con su esposa —que es, a la vez, garante del arresto domiciliario concedido— y que no posee antecedentes penales, pero sí un informe socio-ambiental favorable, que durante su breve permanencia en el centro de detención ha demostrado conducta ejemplar y siempre tuvo voluntad de someterse a la justicia, y que es el sustento económico de su familia, que va a seguir preso porque a los señores jueces no les sale organizarse entre ellos.
No les sale: dicen que es complicado, que trabajan en diferentes edificios, y tienen agendas muy ocupadas. No pudieron armar el juicio, por más que hace tiempo que la investigación está terminada. Parecen decir: «Usted siga preso, hasta que nos organicemos».
Los ocupados
En realidad, la mencionada resolución de prórroga se limitó a mencionar parámetros con los cuales decidía, pero se olvidó de vincular esos indicadores con el caso concreto de cada acusado. En efecto, no basta con aducir que la causa resulta compleja para negar la libertad, si no se explica cuáles actos del Diez Suárez incidieron para que se complejizara la investigación. ¿El en qué influyó él para que fuera compleja?
No alcanza con afirmar que los hechos son graves o que la pena en expectativa es alta, si no se demuestra que el acusado se ha sustraído de la justicia. Tiene prisión domiciliaria, pero como los jueces no se organizan no puede ni siquiera ir a trabajar, cuando la familia no tiene otra forma de generar dinero que el trabajo del padre.
El abogado defensor de Diez, Manuel Bailleau, entiende que los jueces están ocupados, y que Mar del Plata queda lejos de Buenos Aires, pero esto no puede hacer que una persona saiga presa, y agrega: «esta circunstancia no resulta un indicador de peligros procesales que deben ser neutralizados mediante la prisión preventiva, sino de la ineficacia del Estado en administrar la justicia con los recursos humanos suficientes. El Estado no puede justificar la prolongación de una prisión preventiva basándose en la imposibilidad de fijar una audiencia de juicio oral por razones de agenda de los jueces subrogantes». Dice que no pretende echar las culpas de esta demora en los propios magistrados, sino todo lo contrario. Que sabe de la capacidad, esfuerzo y dedicación que le imprimen a su tarea. Pero que dejen sin efecto la prórroga y excarcelen a su cliente.
Y este no es el único caso: la fiscalía actuante siguió sumando procesados. Entre ellos, Martínez Campos, quien está procesado e inhibido desde hace cuatro años por una supuesta pericia mal realizada. El acusado se encuentra transitando una enfermedad gravísima, pero no le han levantado la inhibición de los bienes aunque sea parcialmente para que pueda pagarse una operación. Para esto también, están muy ocupados.